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Pág. 181336 NORMAS LEGALES Lima, sábado 11 de diciembre de 1999 EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD DE COMAS CONSIDERANDO: Que, el 12 de diciembre próximo se celebrará el Trigési- mo Octavo Aniversario de la creación política del distrito de Comas, en la provincia de Lima; Que, ante este singular acontecimiento, es deber del Gobierno Local estimular la participación ciudadana, relie- vando los auténticos valores nacionales y de compromiso, el respeto a nuestros antepasados y remembranzas a los suce- sos notables consecuentes con nuestra realidad; Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades que le confiere el inciso 6) del Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; SE DECRETA: Artículo Primero.- Disponer el embanderamiento ge- neral de todos los inmuebles del distrito de Comas, desde el jueves 9 hasta el domingo 12 de diciembre de 1999, con ocasión de conmemorarse el Trigésimo Octavo Aniversario de la creación política del distrito de Comas, en la provincia de Lima. Artículo Segundo.- El incumplimiento de este disposi- tivo dará lugar a las sanciones de ley. Artículo Tercero.- Encargar a la Dirección de Servicios a la Comunidad, Programa de Seguridad Ciudadana y De- fensa Civil; y, a la Unidad de Imagen Institucional, la implementación y difusión del presente Decreto, para su cumplimiento. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ARNULFO MEDINA CRUCES Alcalde 15372 Disponen recepción de terreno y auto- rizan adjudicación de lotes a favor del Ministerio de Educación RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 1053-99-A/MC Comas, 6 de diciembre de 1999 VISTO: Los Expedientes Nºs. 12348-99 y 20104-99, seguidos por URBANIZADORA Y DE SERVICIOS CARABAYLLO S.A., mediante el cual solicitan la recepción del terreno de 3,687.53 m2 constituido por la Mz. "P", de la urbanización Carabayllo, Segunda Etapa, sector "B", ubicado en el distrito de Comas, provincia y departamento de Lima, que resultó pendiente en la Resolución de Alcaldía Nº 1532 del 6 de octubre de 1988. CONSIDERANDO: Que, según el Art. 3º de la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26878 y Decreto Supremo Nº 11-98-MTC, dentro de las funciones de la Municipalidad Distrital está la de conocer y aprobar las solicitudes de Habilitación Urbana que presentan las personas naturales o jurídicas, Asociaciones, Cooperativas entre otros. Que, por Resolución de Alcaldía Nº 1532 del 6 de octubre de 1988 se declaró cumplida la ejecución de las Obras de Habilitación Urbana correspondiente al terreno de 221,175.85 m2 siendo parte de un área mayor de 225,403.00 m2 consti- tuido por la Segunda Etapa, Sector B de la urbanización Carabayllo, ubicado en el distrito de Comas, provincia y departamento de Lima. Que, la Resolución indicada dejó pendiente de recepción de un área de 4,227.15 m2 formando parte de ésta el terreno de 3,687.53 m2 que inicialmente correspondió al aporte para el Ministerio de Educación el mismo que al haber quedado de libre disposición por Resolución Ministerial Nº 521-86-VC- 5600 del 14 de noviembre de 1986 se aprobó su lotización en 18 lotes por Resolución Nº 389-MLM/AM-SMDU del 14 de setiembre de 1987. Que, posteriormente el Ministerio de Educación adquirió el terreno de 3,687.53 m2 vía dos operaciones de permuta; siendo la primera aprobada por Resolución Ministerial Nº 408-89-VC-5600 de fecha 30-11-1989 por el área de 1,175.50 m2 (lotes 1, 2, 17 y 18) y la segunda aprobada por ResoluciónSuprema Nº 071-94-PRES de fecha 17.6.94 por el área de 2,512.03 m2. (Lotes 3 al 16). Que, el sector Educación mediante Oficio Nº 880-98- OINFE del 29 de setiembre de 1988 ha señalado la necesidad de concluir con el trámite de recepción a efecto de proceder a la Inscripción Registral a su favor del área del recurso en forma total, considerando que el terreno de 1,175.50 m2. se halla inscrito en la Ficha Nº 1501982 del Registro de Propie- dad Inmueble de Lima. Que, de la inspección ocular practicada por el personal Técnico de la Dirección de Desarrollo Urbano y la División de Catastro, Habilitaciones Urbanas y Licencia de Cons- trucción se ha verificado que el área a recepcionar cuenta con Obras completas de Habilitación Urbana, estando totalmente construida y en actual funcionamiento el Cen- tro Educativo de Nivel Primario denominado C.E. Nº 8173, Santa Isolina, cumpliendo con el pago de inspección ocular mediante recibo Nº 307365, de fecha: 24 de noviembre de 1999. Estando al Informe Nº 302-99-DCHULC-DDU/MC de fecha: 10 de noviembre de 1999 de la División de Catastro, Habilitaciones Urbanas y Licencias de Construcción de con- formidad con lo previsto en el Art. 3º de la Ley Nº 26878. En Uso de las Facultades que confiere la Ley Nº 23853, Orgánica de Municipalidades; y contando con la visación de las Direcciones de Desarrollo Urbano, Asesoría Legal y Dirección Municipal; SE RESUELVE: Artículo Primero.- RECEPCIONAR de conformidad con el plano signado Nº 02-99-DCHULC-DDU/MC el terreno de 3,687.53 m2. Conformado por la Mz. "P" de la urbanización Carabayllo, segunda Etapa, sector "B"; actualmente denomi- nada urbanización Santa Isolina ubicado en el distrito de Comas, provincia y departamento de Lima, y en consecuen- cia autorícese la adjudicación de los lotes resultantes a favor del Ministerio de Educación. Artículo Segundo.- El terreno de 3,687.53 m2. que se recepciona pertenece en su totalidad a área útil distribui- da en dos (2) lotes de 1,175.50 m2. y 2,512.03 m2. denomi- nados: 1, 2, 17, 18 y 3 al 16 respectivamente, este terreno deberá incorporarse al radio urbano de la localidad de Comas. Artículo Tercero.- La publicación de la presente Reso- lución en el Diario Oficial El Peruano estará a cargo de los interesados debiendo efectuarlo en un plazo no mayor de (30) días calendario contados a partir de la fecha de su notifica- ción. Artículo Cuarto.- Transcríbase a la Oficina Registral de Lima y Callao para la inscripción correspondiente, a la Municipalidad Metropolitana de Lima y al Ministerio de Educación, para su conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ARNULFO MEDINA CRUCES Alcalde 15376 MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA Establecen tasa por servicio público de estacionamiento vehicular en el dis- trito ORDENANZA Nº 009-99/MDP Pucusana, 4 de diciembre de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUCUSANA DE LA PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE LIMA: El Concejo Distrital de Pucusana en sesión extraordi- naria de fecha 24 de noviembre de 1999 y por unanimidad de la sala en Acuerdo de Concejo Nº 163-99; CONSIDERANDO: Que, conforme al inciso 6) del Artículo 10º de la Ley Orgánica de Municipalidades, éstas son competentes