Norma Legal Oficial del día 10 de enero del año 1999 (10/01/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 24

Pag. 168746

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 10 de enero de 1999

bajo la presidencia del Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con el quorum de ley y actuando como secretario general el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, atendiendo el pedido de la Sra. Regidora NAIDA CARHUAVILCA MORDAZA, referente a la necesidad de declarar en emergencia y disponer la reorganizacion de la Municipalidad Distrital de Cieneguilla; CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su Art. 191º determina a las Municipalidades como Organos de Gobierno Local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, merituando las observaciones detectadas en la entrega del acta de transferencia de 31.DIC.98, se concluye que ha existido durante el periodo anterior, una deficiente utilizacion de los bienes y recursos publicos del Municipio, desconociendose los mas elementales niveles de control; Que, al asumir la nueva administracion MORDAZA, se ha evidenciado el grave deficit financiero y presupuestario, asi como la desorganizacion administrativa en la entidad; Que, es necesario iniciar inmediatamente una reorganizacion de la Administracion Municipal, a efecto de revertir el caos administrativo y financiero, que impera en la entidad y recuperar la credibilidad e imagen institucional que le corresponde al Concejo; Que, en consecuencia, se hace necesario adoptar las medidas correctivas que nuestro ordenamiento legal establece, para mejorar la situacion MORDAZA indicada, siendo una de ellas la de declarar en emergencia y disponer su reorganizacion; Estando a lo dispuesto por los Arts. 36º y 110º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, con el MORDAZA unanime de los senores Regidores; SE ACORDO: Articulo Primero.- Declarar en EMERGENCIA la Municipalidad Distrital de Cieneguilla y disponer su REORGANIZACION, por el termino de sesenta (60) dias utiles, otorgandose al titular amplias facultades en materia economica, financiera, administrativa y legales. Articulo Segundo.- Encargar al Secretario General, disponga que el presente Acuerdo de Concejo, sea publicado en el Diario Oficial El Peruano, y haga de conocimiento del mismo al Ministerio de la Presidencia, la Contraloria General de la Republica, Contaduria Publica de Nacion y Municipalidad Metropolitana de Lima. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 0408

Que, por otro lado la remuneracion mensual que percibe el MORDAZA, debe corresponder dentro de las medidas de austeridad, al de un titular que asume con responsabilidad y dedicacion el cargo; Estando a lo dispuesto por los Arts. 36º y 110º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, y, con el MORDAZA unanime de los senores Regidores; SE ACORDO: Articulo Primero.- Fijar en Quinientos cincuenta y 00/ 100 nuevos soles (S/. 550.00), el monto de la dieta que percibira cada Regidor, por su asistencia efectiva a las Sesiones de Concejo, abonandose hasta un MORDAZA de cuatro (4) sesiones al mes. Articulo Segundo.- Establecer la remuneracion mensual a percibir por el Sr. MORDAZA de esta municipalidad, en la suma de Cinco mil quinientos y 00/100 nuevos soles (S/. 5,500) hasta el mes de diciembre de 1999, en razon a la responsabilidad y dedicacion que su investidura demanda. Articulo Tercero.- El egreso que origine la presente resolucion, afectara las correspondientes partidas presupuestales de la Municipalidad. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 0409

Disponen otorgar Amnistia Tributaria a contribuyentes del distrito
ACUERDO DE CONCEJO Nº 003-99-MDC Cieneguilla, 2 de enero de 1999 VISTO; en Sesion Ordinaria de Concejo celebrado el dia 2.ENE.99, reunidos los senores Regidores MORDAZA Terreros MORDAZA, Naida Carhuavilca MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Barroz, MORDAZA MORDAZA Santibanez y MORDAZA Pedreros Fitzgerald, bajo la Presidencia del Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con el quorum de ley, atendiendo el pedido del Sr. Regidor MORDAZA TERREROS MORDAZA, referente a que se otorgue en favor de los contribuyentes Amnistia Tributaria. CONSIDERANDO: Que, el Art. 41º del Codigo Tributario, Decreto Legislativo Nº 816, establece que la deuda tributaria, solo podra ser condonada por MORDAZA expresa con rango de ley, excepcionalmente los Gobiernos Locales podran condonar, con caracter general, el interes moratorio y las sanciones respecto de los tributos que administren; Que, se debe brindar las facilidades necesarias a los contribuyentes para que puedan cumplir con la actualizacion y regularizacion de sus obligaciones; Estando a lo dispuesto por los Arts. 36º y 110º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, y, con el MORDAZA unanime de los senores Regidores; SE ACORDO: Articulo Primero.- Disponer que mediante Decreto de Alcaldia se otorgue de modo excepcional y por unica vez a favor de los contribuyentes del distrito de Cieneguilla, AMNISTIA TRIBUTARIA, a partir del 8.ENE.99 hasta el 8.FEB.99, del pago de multas y reajustes y/o intereses moratorios de todas aquellas deudas pendientes de pago vencidas al 31.DIC.98, respecto al tributo del impuesto predial, tasa de licencia de funcionamiento, licencias de construccion y arbitrios de limpieza publica, relleno sanitario y parques y jardines. Asimismo se comprende dentro de este beneficio a los expedientes que se encuentren en ejecucion coactiva suspendiendose su cobranza con caracter general, en cualquier estado en que se encuentre, hasta que dure la presente amnistia, cuyo plazo del beneficio vencera el 8.FEB.99, pudiendo inmediatamente la Municipalidad ejecutar la cobranza total del integro de los tributos adeudados de ser el caso con el procedimiento de cobranza coactiva. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 0410

Establecen monto de dieta que percibiran regidores por asistencia efectiva a cada sesion de concejo y fijan remuneracion de MORDAZA
ACUERDO DE CONCEJO Nº 002-99-MDC Cieneguilla, 2 de enero de 1999 VISTO; en Sesion Ordinaria de Concejo celebrada el dia 2.ENE.99, reunidos los senores Regidores, MORDAZA Terreros MORDAZA, Naida Carhuavilca MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Barroz, MORDAZA MORDAZA Santibanez y MORDAZA Pedreros Fitzgerald, bajo la Presidencia del Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, con el quorum de ley y actuando como Secretario General el Dr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, atendiendo el pedido del Sr. Regidor MORDAZA MORDAZA BARROZ, referente a la fijacion del monto de la dieta que percibiran los Srs. Regidores y el establecimiento de la remuneracion mensual del Sr. Alcalde; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 26317, establece que los Alcaldes perciben una remuneracion mensual y los Regidores perciben dietas por sesion; Que, en el caso de las dietas estas estan condicionadas a la asistencia efectiva del Regidor a la correspondiente Sesion de Concejo, abonandose proporcionalmente hasta un MORDAZA de cuatro (4) sesiones al mes;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.