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Pág. 168744 NORMAS LEGALES Lima, domingo 10 de enero de 1999 LA DIRECTORA MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO VISTO; el Expediente Nº 311340 del 28.10.93 y acumula- dos sobre Habilitación Urbana promovido por la Provincia Misionera de San Francisco del Perú (P.P. Descalzos) - Rímac y el Documento Simple Nº 12689-98, presentado por la Asociación de Propietarios del Conjunto Residencial "Los Jardines de San Francisco Solano" - Rímac, por el que solicitan la sustitución de la Provincia Misionera de San Francisco Solano - Rímac por ellos; CONSIDERANDO: Que, la Provincia Misionera de San Francisco Solano - Rímac, solicitó la Aprobación de los Estudios Preliminares del Conjunto Residencial "Los Jardines de San Francisco Solano", del terreno de 14,266.00 m2, ubicado en el distrito del Rímac, provincia y departamento de Lima; habiendo obtenido el Acuerdo Nº 08 de Sesión 36-93, de fecha 28.10.93, por el que se invita al proyectista a fin de que exponga su proyecto y el Acuerdo Nº 05 de Sesión 01-94, de fecha 6.1.94, por el que se aprueba los Estudios Preliminares de Habilita- ción Urbana para Uso de Vivienda "R-4", con construcción simultánea del terreno de 13,012.15 m2, ubicado en el distrito del Rímac, provincia y departamento de Lima, cali- ficando las obras como tipo "H"; Que, mediante Documento Simple Nº 9438-98, la Provin- cia Misionera San Francisco Solano - Rímac, solicita la reactivación del expediente para subsanar el error en el área del terreno, de conformidad con el área que corre inscrita en los Registros Públicos de Lima; Que, la mayoría de los lotes resultantes de la habilitación han sido adquiridos en forma individual; por lo que, ahora conforman la Asociación de Propietarios del Conjunto Resi- dencial "Los Jardines de San Francisco Solano" - Rímac, quienes han solicitado la autorización para la continuación del trámite de Habilitación Urbana del terreno de 14,266.00 m2 y se les reconozca como legítimos propietarios; Que, el Reglamento Nacional de Construcciones en su Art. II-XIV 4.2. indica que el mayor obligado a regularizar la Habilitación Urbana es el propietario del terreno materia de la Habilitación, lo que no significa que sea el único, siendo por ello que, la norma acotada permite la intervención de los compradores reunidos en una Junta o Asociación de Propie- tarios que cuenta con el mismo fin; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Art. II-XIV 4.3 de la norma legal acotada, la asociación recurrente ha acreditado la adquisición de más de la mitad más uno del total del número de lotes o parcelas vendidas por la propie- taria de la Habilitación, conforme queda acreditado con las copias literales del Registro de la Propiedad Inmueble de la provincia de Lima obrante en autos; Que, de acuerdo al Informe Nº 131-98-MML-DMDU- DGO-DHU-AL, se opina por la procedencia de la partici- pación conjunta de la Asociación de Propietarios del Conjun- to Residencial "Los Jardines de San Francisco Solano" con la Provincia Misionera de San Francisco Solano en el proceso de Habilitación Urbana; Estando al Informe de Asesoría Legal de la Dirección de Habilitaciones Urbanas, la visación de la Unidad Técnico Legal de la Dirección Municipal de Desarrollo Urbano y la opinión favorable de la Dirección General de Obras; De conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853 y el Reglamento Nacional de Construcciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Asociación de Propie- tarios del Conjunto Residencial "Los Jardines de San Fran- cisco Solano" - Rímac a PARTICIPAR CONJUNTAMENTE con la Provincia Misionera de San Francisco Solano, en el proceso de Habilitación Urbana para Uso Residencial de Densidad Media "R-4" - Conjunto Residencial, del terreno de 14,266.00 m2 ubicado en el distrito del Rímac, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- Publicar la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano,que estará a cargo de los intere- sados. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Oficina Registral de Lima y Callao, Municipalidad Distri- tal del Rímac, Sedapal, Electrolima y la Telefónica del Perú para su conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese y pase a la Dirección de Habili- taciones Urbanas. SUSANA RAMIREZ DE LA TORRE Directora Municipal (e) Dirección Municipal de Desarrollo Urbano 0144Declaran cumplidas obras de habilita- ción urbana para uso residencial de terreno ubicado en el distrito de San Borja RESOLUCION Nº 335-98-MML-DMDU Lima, 1 de diciembre de 1998 LA DIRECCION MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO: Visto, el Expediente Nº 601909 y los Anexos Nº 2411-98, Nº 2711-98, Nº 3326-98, Nº 5558-98, seguido por la COOPE- RATIVA DE VIVIENDA DE LOS EMPLEADOS DEL BAN- CO INTERNACIONAL DEL PERU LTDA., en el que solici- tan la recepción de Obras de Habilitación Urbana para uso Residencial de Alta Densidad "R-5" del Conjunto Residencial "Las Magnolias de San Borja" del terreno de 7,331.47 m2, que corresponde a la Manzana "A", segunda etapa del Plan de Ejecución de Obras, establecido por la Resolución MLM-AM- SDMU Nº 046, del 8 de febrero de 1988, ubicado en el ex fundo La Calera de la Merced, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima y visto así mismo el Documento Simple Nº 011853, solicitan la rectificación de la Resolución Nº 034-96-MLM/DMDU de fecha 6 de marzo de 1996 en su Artículo primero en la cual por un error material se consideró la Manzana "A" conformada por 2 lotes para Conjuntos Residenciales: lote Nº 1 con un área de 2,418.325 m2 y el lote Nº 2 con un área de 3,362.675 m2, debiendo ser esta última 3,363.675 m2. CONSIDERANDO: Que, con Resolución MLM/AM-SMDU Nº 366-86, de fecha 9 de julio de 1986, se aprueba los Estudios Preliminares de Habilitación Urbana para uso de Vivienda (Conjunto Resi- dencial), del terreno de 23,652.00 m2, constituido por los lotes Nº 03 con 13,588.00 m2, Nº 04 con 6,914.00 m2 y K-2 con 3,150.00 m2, del ex fundo la Calera de la Merced, ubicado en el distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima; Que, con Resolución MLM/AM-SMDU Nº 632-86, de fecha 23 de diciembre de 1986, se resuelve considerar cumplidos los aportes reglamentarios para Recreación Pública, Minis- terio de Educación y Otros Fines, correspondientes a la Habilitación Urbana de terreno de 20,502.00 m2, constituido por los lotes Nºs. 03 y 04 del ex fundo la Calera de la Merced, ubicado en el distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima, hasta por un total de 4,748.00 m2, al haber sido considerados éstos dentro de los equipamientos y áreas libres del Conjunto Habitacional Limatambo, ejecutado por la Empresa Nacional de Edificaciones, debiendo el déficit resul- tante de 1,607.62 m2, constituidos para Recreación Pública con 1,121.98 m2, Ministerio de Educación con 93.54 m2, Otros Fines con 187.08 m2 y el aporte para el Servicio de Parques de 205.02 m2, que no fueran incluidos dentro del planeamiento integral del referido conjunto habitacional, será redimido en dinero, así como los aportes para Recrea- ción Pública 756.00 m2, Otros Fines 126.00 m2, Ministerio de Educación 63.00 m2 y Servicio de Parques de 31.50 m2, correspondientes al lote K-2 de 3,150.00 m2 que no está considerado dentro de los alcances de la Resolución Nº 115- 86-ENACE-8100-SGG-RLM, como consecuencia queda mo- dificado al Art. 2º de la Resolución MLM/AM-SMDU Nº 366- 86, de fecha 9 de julio de 1986, en lo referente a los aportes totales a redimirse en dinero correspondiente a la Habilita- ción Urbana del terreno de 23,652.00 m2, aprobada en la citada resolución del cual forma parte el terreno permutado de 20,502.00 m2 y el lote K-2 de 3,150.00 m2 y que son los siguientes: Recreación Pública 1,877.98 m2, Ministerio de Educación 156.54 m2, Otros Fines 313.08 m2 y Servicios de Parques 236.52 m2, los cuales deberán ser ubicados para los efectos de su tasación correspondiente con frente a la avenida Aviación; Que, con Resolución MLM/AM-SMDU Nº 046-88, de fecha 8 de febrero de 1988, se resuelve renovar la Resolución Nº 336-86 de fecha 9 de julio de 1986 que aprobaron los Estudios Preliminares de Habilitación Urbana, además se aprueba de conformidad con los Planos signados con el Nº 02-88-MLM/ DGO-DU-DCO, los proyectos de trazados y lotización, pavi- mentación de aceras y calzadas de acuerdo con la autoriza- ción conferida por la Resolución MLM/AM-SMDU Nº 366-86, correspondiente a la Habilitación Urbana; Se establece el plan de ejecución de las obras en cuatro etapas distribuidas de la siguiente manera: a) PRIMERA ETAPA.- De 5,276.74 m2, de propiedad de la Asociación "Mariscal Castilla" Provivienda propia de los Servidores del Ministerio de Guerra.