Norma Legal Oficial del día 05 de febrero del año 1999 (05/02/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 5 de febrero de 1999

de Servicios Publicos don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, de Acondicionamiento Territorial arquitecto MORDAZA MORDAZA Rimari Mayorca, de Secretaria Tecnica contador publico colegiado MORDAZA MORDAZA MORDAZA y de Asesoria Juridica doctor MORDAZA MORDAZA Calixto; y 2 representantes de los mercados de abasto, segun el MORDAZA de que se trate. Articulo 3º.- Encargar a la Oficina de Secretaria General la publicacion de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MAJINO MORDAZA 1599

Articulo Cuarto.- Disponer la publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA CRUCES MORDAZA 1613

MUNICIPALIDAD DE PUNTA NEGRA
Sancionan con cese temporal a servidores de la municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 012-99/MDPN Punta Negra, 28 de enero de 1999 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA NEGRA VISTO, el Informe Nº 002-CPAD-CDPN-99, de la Comision de Procesos Administrativos Disciplinarios; CONSIDERANDO: Que, en merito a la Resolucion de Alcaldia Nº 23198/MDPN publicada en el Diario Oficial El Peruano el 15.12.98, se instauro MORDAZA administrativo disciplinario a los servidores municipales MORDAZA MARCATOMA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA CHUJUTALLE MORDAZA, por haberse establecido que el dia 19 de noviembre de 1998 a las 7.00 a.m., los citados servidores concurrieron a su centro de trabajo y marcaron su tarjeta de control, dirigiendose posteriormente a cumplir con sus labores cotidianas de servicio de baja policia; sin embargo, los emplazados abandonaron el servicio para dedicarse a consumir bebidas alcoholicas, llegando a horas doce del dia en completo estado de ebriedad a las oficinas de Maestranza del municipio y al ser detectados se retiraron sin registrar el marcado de su salida; Que, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de acuerdo a sus atribuciones legales procedio a realizar la investigacion sumaria, mediante la cual se llego a establecer fehacientemente que los citados servidores, el dia de los hechos consumieron bebidas alcoholicas en horas de trabajo y abandonaron el servicio, lo cual constituye un acto de grave indisciplina y negligencia en el desempeno de sus funciones, falta que se encuentra contemplada en el Inc. c) del Art. 21º, e Incs. c), d) y g) del Art. 28º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa; A que para los efectos de graduar la sancion disciplinaria a imponerse se tiene en cuenta que los servidores no registran medidas disciplinarias en su legajo personal y que al efectuar sus descargos e informe oral sobre los hechos han manifestado encontrarse arrepentidos de la falta incurrida; Por las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas por el Art. 47º de la Ley Organica de Municipalidades y el Art. 163º y siguientes del D.S. Nº 005-90-PCM, con lo opinado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Imponer la sancion disciplinaria de cese temporal sin goce de remuneracion hasta por el termino de cuarenticinco (45) dias a los servidores municipales MORDAZA MARCATOMA MORDAZA,

MUNICIPALIDAD DE COMAS
Sancionan con destitucion a trabajador de la Municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 79-99-A/MC Comas, 2 de febrero de 1999 Visto: Que, mediante Resolucion de Alcaldia Nº 32-99-A/ MC, de fecha 18 de enero de 1999, se aperturo MORDAZA administrativo al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a merito de lo dispuesto en la sentencia expedida por la Tercera Sala Penal de la Corte Superior de MORDAZA, de fecha 13 de junio de 1997, condenando al trabajador MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA a tres (3) anos de pena privativa de la MORDAZA y al pago de S/. 5,000.00 Nuevos Soles, como reparacion civil, y la Ejecutoria Suprema de fecha 7 de MORDAZA de 1998, por la que declara no HABER NULIDAD en MORDAZA Sentencia confirmando la emitida por la Tercera Sala Penal de la Corte Superior de MORDAZA, e integrandola lo condena a INHABILITACION para ejercer cargo publico, conforme a los incisos 1) y 2) del Articulo 36º del Codigo Penal; Que, la Comision de Procesos Administrativos, mediante su Informe Nº 001-99-CPA/MC, ha concluido recomendando la destitucion de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en tanto que en esta Municipalidad no se dio cumplimiento a lo resuelto judicialmente, en el extremo de inhabilitacion en la funcion publica al citado trabajador; De conformidad con los Articulos 29º y 30º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, inciso d) del Articulo 155º del D.S. Nº 005-90-PCM y el Articulo 47º de la Ley Nº 23853, Organica de Municipalidades; Con las visaciones del Director de la Oficina de Administracion y Finanzas, el Director de la Oficina de Asesoria Legal y del Director Municipal; RESUELVE: Articulo Primero.- DESTITUIR a partir de la fecha a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como trabajador de la Municipalidad de Comas, en cumplimiento de lo acotado en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo Segundo.- Comunicar la presente a la Oficina del Ministerio de la Presidencia, para el registro y control correspondiente. Articulo Tercero.- Disponer que la Oficina de Administracion y Finanzas, por intermedio de la Unidad de Personal de cumplimiento de la presente resolucion.

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