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Pág. 169542 NORMAS LEGALES Lima, viernes 5 de febrero de 1999 de Servicios Públicos don Flavio Estanislao Rojas Sarmiento, de Acondicionamiento Territorial arquitec- to Santiago Augurio Rimari Mayorca, de Secretaría Técnica contador público colegiado Hugo Abad Paloma- res y de Asesoría Jurídica doctor Raúl Alvarado Calixto; y 2 representantes de los mercados de abasto, según el mercado de que se trate. Artículo 3º.- Encargar a la Oficina de Secretaría General la publicación de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 1599 MUNICIPALIDAD DE COMAS Sancionan con destitución a trabaja- dor de la Municipalidad RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 79-99-A/MC Comas, 2 de febrero de 1999 Visto: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 32-99-A/ MC, de fecha 18 de enero de 1999, se aperturó proceso administrativo al Sr. JUAN MIGUEL RINCON ALVA- REZ, a mérito de lo dispuesto en la sentencia expedi- da por la Tercera Sala Penal de la Corte Superior de Lima, de fecha 13 de junio de 1997, condenando al trabajador Juan Miguel Rincón Alvarez a tres (3) años de pena privativa de la libertad y al pago de S/. 5,000.00 Nuevos Soles, como reparación civil, y la Ejecutoria Suprema de fecha 7 de mayo de 1998, por la que declara no HABER NULIDAD en Segunda Sentencia confirmando la emitida por la Tercera Sala Penal de la Corte Superior de Lima, e integrándola lo condena a INHABILITACION para ejercer cargo pú- blico, conforme a los incisos 1) y 2) del Artículo 36º del Código Penal; Que, la Comisión de Procesos Administrativos, me- diante su Informe Nº 001-99-CPA/MC, ha concluido recomendando la destitución de don JUAN MIGUEL RINCON ALVAREZ, en tanto que en esta Municipali- dad no se dio cumplimiento a lo resuelto judicialmente, en el extremo de inhabilitación en la función pública al citado trabajador; De conformidad con los Artículos 29º y 30º del Decre- to Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa, inciso d) del Artículo 155º del D.S. Nº 005-90-PCM y el Artículo 47º de la Ley Nº 23853, Orgá- nica de Municipalidades; Con las visaciones del Director de la Oficina de Administración y Finanzas, el Director de la Oficina de Asesoría Legal y del Director Municipal; RESUELVE: Artículo Primero.- DESTITUIR a partir de la fecha a don JUAN MIGUEL RINCON ALVAREZ, como trabajador de la Municipalidad de Comas, en cumpli- miento de lo acotado en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- Comunicar la presente a la Oficina del Ministerio de la Presidencia, para el registro y control correspondiente. Artículo Tercero.- Disponer que la Oficina de Ad- ministración y Finanzas, por intermedio de la Unidad de Personal dé cumplimiento de la presente resolución.Artículo Cuarto.- Disponer la publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. ARNULFO MEDINA CRUCES Alcalde 1613 MUNICIPALIDAD DE PUNTA NEGRA Sancionan con cese temporal a servidores de la municipalidad RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 012-99/MDPN Punta Negra, 28 de enero de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA NEGRA VISTO, el Informe Nº 002-CPAD-CDPN-99, de la Comisión de Procesos Administrativos Disciplinarios; CONSIDERANDO: Que, en mérito a la Resolución de Alcaldía Nº 231- 98/MDPN publicada en el Diario Oficial El Peruano el 15.12.98, se instauró proceso administrativo disciplinario a los servidores municipales CIRILO MARCATOMA CAHUANA, FLORENTINO SALDA- RRIAGA AREVALO y WILSON CHUJUTALLE SA- BOYA, por haberse establecido que el día 19 de no- viembre de 1998 a las 7.00 a.m., los citados servidores concurrieron a su centro de trabajo y marcaron su tarjeta de control, dirigiéndose posteriormente a cum- plir con sus labores cotidianas de servicio de baja policía; sin embargo, los emplazados abandonaron el servicio para dedicarse a consumir bebidas alcohóli- cas, llegando a horas doce del día en completo estado de ebriedad a las oficinas de Maestranza del munici- pio y al ser detectados se retiraron sin registrar el marcado de su salida; Que, la Comisión Permanente de Procesos Adminis- trativos Disciplinarios de acuerdo a sus atribuciones legales procedió a realizar la investigación sumaria, mediante la cual se llegó a establecer fehacientemente que los citados servidores, el día de los hechos consumie- ron bebidas alcohólicas en horas de trabajo y abandona- ron el servicio, lo cual constituye un acto de grave indisciplina y negligencia en el desempeño de sus fun- ciones, falta que se encuentra contemplada en el Inc. c) del Art. 21º, e Incs. c), d) y g) del Art. 28º del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Adminis- trativa; A que para los efectos de graduar la sanción discipli- naria a imponerse se tiene en cuenta que los servidores no registran medidas disciplinarias en su legajo perso- nal y que al efectuar sus descargos e informe oral sobre los hechos han manifestado encontrarse arrepentidos de la falta incurrida; Por las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas por el Art. 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades y el Art. 163º y siguientes del D.S. Nº 005-90-PCM, con lo opinado por la Comisión Permanen- te de Procesos Administrativos Disciplinarios; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Imponer la sanción discipli- naria de cese temporal sin goce de remuneración hasta por el término de cuarenticinco (45) días a los servido- res municipales CIRILO MARCATOMA CAHUANA,