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Pág. 169540 NORMAS LEGALES Lima, viernes 5 de febrero de 1999 El desnivel con relación a la calzada terminada será de 0.15 m., y el acabado será con mezcla cemento-arena fina, en proporción 1:2 de un centímetro de espesor. Sardineles.- En los extremos libres de las aceras o extremos en contacto con jardines se construirá un sardinel de concreto de dimensiones 0.15 x 0.30 m., de calidad y acabado igual a las aceras y en forma homogé- nea con ellas. En ambos extremos de las calzadas, protegiendo y confinando sus bordes se construirán sardineles de concreto de calidad de f 'c = 210 k./cm2, y de dimensiones 0.15 x 0.30 m. Rampas peatonales.- En los extremos de los aba- nicos de las aceras, se construirán rampas peatonales, que conectarán los niveles superiores de las aceras y las calzadas, de acuerdo con la Adecuación Urbanística Para Limitados Físicos aprobada por Resolución Minis- terial Nº 1378-78-VC-3500 del 21 de diciembre de 1978. Obras sanitarias.- Serán ejecutadas de conformi- dad con los proyectos de Agua Potable y Alcantarillado que serán aprobados por SEDAPAL. Electricidad.- Los interesados ejecutarán las obras de acuerdo al proyecto que apruebe la Empresa Conce- sionaria EDELNOR debiendo poner en su conocimiento la fecha de inicio y término de las mismas. Instalaciones telefónicas.- Para las instalaciones telefónicas, el interesado, deberá coordinar con la Ge- rencia de Proyectos de Plantas Externas de Telefónica del Perú S.A., dicha compañía, para la instalación de ductos y cámaras y la reserva de áreas para centrales. Artículo Tercero.- DISPONER, la reserva de los Lotes Nºs. 1, 2, 3 y 4 de la manzana "A" en garantía del pago de los Aportes para Recreación Pública de 413.28 m2, Ministerio de Educación de 103.28 m2, otros fines de 103.32 m2, los mismos que deberán ser cancelados previo a la recepción de obras otorgadas por este munici- pio. Artículo Cuarto.- DISPONER, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, a cargo de los interesados, en un plazo no mayor de treinta días calendario contados a partir de su notificación. Artículo Quinto.- TRANSCRIBIR, la presente re- solución a la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres y a la Oficina Registral de Lima y Callao para su conocimiento y fines. Regístrese y comuníquese. GUILLERMO VALVERDE BEJAR Director General de Obras (e) Dirección General de Obras Dirección Municipal de Desarrollo Urbano 1554 Declaran cumplida ejecución de obras de habilitación urbana de terreno ubi- cado en el distrito de La Molina RESOLUCION Nº 001-99-MML-DMDU Lima, 8 de enero de 1999 LA DIRECCION MUNICIPAL DE DESARROLLO URBANO Visto, los Expedientes Nº 707050, Nº 01466-98 y Nº 0018199-98 seguidos por la ASOCIACION CIVIL "SAN- TA ANGELA" por los que solicitan la Recepción de las Obras de Habilitación Urbana del terreno de 30,029.09 m2, para Uso de Complejo Deportivo y Parque Ecológico de libre acceso a los vecinos, conformados por las manza- nas "A" y "B", ubicadas en la quebrada la "Rinconada" entre los cerros "Media Luna" y "Retamal", colindantes a la tercera etapa de la urbanización "Rinconada del Lago", distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima;CONSIDERANDO: Que, por Resolución Nº 100-98-MML-DMDU-DGO, de fecha 2 de noviembre de 1998 se considera con Construc- ción Simultánea al terreno de 30,029.09 m2, para Uso de Complejo Deportivo y Parque Ecológico de libre acceso a los vecinos, conformados por las manzanas "A" y "B", ubicadas en la quebrada la "Rinconada" entre los cerros "Media Luna" y "Retamal", colindantes a la tercera etapa de la urbanización "Rinconada del Lago", distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima; Que, según inspección ocular realizada por personal técnico de la Dirección de Habilitaciones Urbanas, se ha podido constatar que las Obras de Habilitación se en- cuentran totalmente ejecutadas, por lo que, el terreno no se encuentra afecto a las causales de reversión pre- vistas en el Decreto Supremo Nº 004-85-VC, por haber cumplido con los fines para lo cual se adjudicó; Que, por Informe Nº 001-99-MML-DMDU-DGO- DHU-DCO del 5 de enero de 1999 de la División de Control de Obras, de la Dirección de Habilitaciones Urbanas, se ha cumplido con presentar la documenta- ción requerida según el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Ordenanza Nº 151 del 25 de junio de 1998; Con lo recomendado por la Dirección de Habilitacio- nes Urbanas y la visación de la Dirección General de Obras; De conformidad con lo previsto en el Art. 168º del Edicto Metropolitano Nº 021 y el Art. 3º del Decreto de Alcaldía Nº 081-97 del 30 de octubre de 1997; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DECLARAR, cumplida por la ASOCIACION CIVIL "SANTA ANGELA" de conformi- dad con el plano signado con el Nº 002-99-MML-DGO- DHU, la ejecución de Obras de Habilitación Urbana del terreno de TREINTA MIL VEINTINUEVE METROS CUADRADOS CON NUEVE DECIMETROS CUADRA- DOS (30,029.09 m2), para Uso de Complejo Deportivo y Parque Ecológico de libre acceso a los vecinos, conforma- dos por las manzanas "A" y "B", ubicadas en la quebrada la "Rinconada" entre los cerros "Media Luna" y "Reta- mal", colindantes a la tercera etapa de la urbanización "Rinconada del Lago", distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima. MANZANA NUMERACION Nº DE LOTES AREA (m2) A 01 01 2,434.25 B 01 01 26,669.89 TOTAL 02 29,104.14 El área bruta restante de 924.95 m2 corresponde a área de circulación y vías públicas. Artículo Segundo.- DISPONER, que los propieta- rios de la Habilitación queden obligados a insertar en los contratos de compraventa que celebren, las cláusu- las que establezcan la indivisibilidad de los lotes sin la debida autorización municipal. Artículo Tercero.- DISPONER, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, a cargo de los interesados, en un plazo máximo de treinta (30) días calendario contados a partir de la fecha de notificación de la presente. Artículo Cuarto.- TRANSCRIBIR, la presente re- solución a la Municipalidad Distrital de La Molina para que incorpore al radio de su jurisdicción el área que se recepciona, a la Superintendencia Nacional de Admi- nistración Tributaria (SUNAT) para su conocimiento y fines y a la Oficina Registral de Lima y Callao para su inscripción correspondiente. Regístrese y comuníquese. SUSANA RAMIREZ DE LA TORRE Directora Municipal (e) Dirección Municipal de Desarrollo Urbano 1597