TEXTO PAGINA: 7
Pág. 169975 NORMAS LEGALES Lima, jueves 18 de febrero de 1999 estarán integrados por cinco miembros, de los cuales uno será designado por el Ministerio de Educación en su representación; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supre- mo Nº 002-97-PROMUDEH, Decreto Ley Nº 25762, modi- ficado por Ley Nº 26510 y los Decretos Supremos Nºs. 51- 95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Artículo Unico.- DESIGNAR a partir de la fecha de publicación de la presente resolución, al señor Ramón Ignacio FLORES VEGA, como representante del Minis- terio de Educación ante el Directorio de la Sociedad de Beneficencia de Piura. Regístrese, comuníquese y publíquese. FELIPE GARCIA ESCUDERO Ministro de Educación 2286 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 183-99-ED Lima, 16 de febrero de 1999 CONSIDERANDO: Que, el Artículo 1º del Decreto Supremo Nº 002-97- PROMUDEH, establece que los Directorios de las Socie- dades de Beneficencia y Juntas de Participación Social, estarán integrados por cinco miembros, de los cuales uno será designado por el Ministerio de Educación en su representación; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supre- mo Nº 002-97-PROMUDEH, Decreto Ley Nº 25762, modi- ficado por Ley Nº 26510 y los Decretos Supremos Nºs. 51- 95-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Artículo Unico.- DESIGNAR a partir de la fecha de publicación de la presente resolución, al licenciado Sr. Manuel Salinas Arellano, como representante del Minis- terio de Educación ante el Directorio de la Sociedad de Beneficencia de Sullana - Piura. Regístrese, comuníquese y publíquese. FELIPE GARCIA ESCUDERO Ministro de Educación 2287 MITINCI Autorizan viaje de representante del Ministerio para que participe en even- tos a realizarse en la ciudad de Carta- gena de Indias, Colombia RESOLUCION SUPREMA Nº 020-99-ITINCI Lima, 16 de febrero de 1999 CONSIDERANDO: Que, el 18 de febrero de 1999, se llevará a cabo la Reunión de Coordinación Andina y del 19 al 20 de febrero de 1999, se desarrollará la V Reunión de la Comisión Mixta Andina-Europea, las mismas que se realizarán en la ciudad de Cartagena de Indias, Colombia; Que, conforme al Artículo 5º del Decreto Ley Nº 25831, es función del Ministerio de Industria, Turis- mo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, formular, dirigir, supervisar y eva- luar la política de integración y negociaciones comer- ciales internacionales;Que, en tal sentido se ha considerado necesaria la participación de un representante del Ministerio de In- dustria, Turismo, Integración y Negociaciones Comer- ciales Internacionales; De conformidad con lo dispuesto en los Decretos Su- premos Nº 053-84-PCM, Nº 074-85-PCM, Nº 031-89-EF y Nº 135-90-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del 17 al 20 de febrero de 1999, a la ciudad de Cartagena de Indias, Colombia, del señor Huber Valencia Medrano, Direc- tor de Integración del Viceministerio de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales, para que en representación del Ministerio de Industria, Turis- mo, Integración y Negociaciones Comerciales Inter- nacionales, asista y participe en las reuniones señala- das en la parte considerativa de la presente Resolu- ción Suprema. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, serán de cargo del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negocia- ciones Comerciales Internacionales, de acuerdo al si- guiente detalle: Sr. HUBER VALENCIA MEDRANO Pasajes US$ 716.26 Viáticos US$ 600.00 Tarifa CORPAC US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República CESAR LUNA-VICTORIA LEON Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 2333 JUSTICIA Modifican el Reglamento del Régimen de Vida y Progresividad del Tratamien- to para Internos Procesados y/o Sen- tenciados por delitos de terrorismo o traición a la patria DECRETO SUPREMO Nº 003-99-JUS EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo Nº 005-97-JUS de fecha 24 de junio de 1997 se aprobó el Reglamento del Régimen de Vida y Progresividad del Tratamiento para Internos Procesados y/o Sentenciados por delito de terro- rismo y/o traición a la patria a nivel nacional; Que por razones de política penitenciaria es necesario ampliar las horas de patio que gozan los internos sujetos al régimen establecido en el citado reglamento, para lo cual se requiere modificar sus Artículos 32º, 43º y 51º; De conformidad con el inciso 8) del Artículo 118º de la Constitución Política del Perú; DECRETA: Artículo 1º.- Modifícase el Artículo 32º del Reglamen- to del Régimen de Vida y Progresividad del Tratamiento para Internos Procesados y/o Sentenciados por delito de terrorismo y/o traición a la patria a nivel nacional, con el texto siguiente: