Norma Legal Oficial del día 18 de febrero del año 1999 (18/02/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 18 de febrero de 1999

- Departamentos de Tumbes y Piura: Tumbes, MORDAZA, Talara. - Departamentos de MORDAZA, MORDAZA y Pasco: Alto Pichinaqui, Anapati (privado), Aoti, Ashaninga, Cahuapanas, MORDAZA Constitucion, Coriri, Cutivereni, Chichireni, Esperanza/Amuesha, Huamancaca, MORDAZA MORDAZA, Jauja, Llulla Pichis, Mazamari/Manuel MORDAZA, Oxapampa, Potsateni, Poyeni, Puerto Ocopa, Puerto MORDAZA, Puerto MORDAZA, Puerto MORDAZA, Quempiri, San MORDAZA, Santaro, Satipo, Shiringamasu, Tingo MORDAZA, Tsomaveni, Uchubamba, Vicco, MORDAZA America. - Departamento de Ucayali: Atalaya, Balta, Bufeo MORDAZA, Culina, Chicosa, Encuentro, Oventeni, Paititi, Pucallpa MORDAZA, Puerto Breu/Tipishsa, Puerto MORDAZA, San MORDAZA, Sepahua, Unine (privado), Yarinacocha. - Departamento de La Libertad: Gochapita, Pacasmayo, MORDAZA, Urpay.

Articulo 1º.- Otorgar a AVIACION DEL SUR S.A. AVIASUR, Permiso de Operacion de Servicio de Transporte Aereo No Regular Nacional de Carga y Correo por el plazo de cinco (5) anos, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, bajo las siguientes caracteristicas: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Servicio de Transporte Aereo No Regular de carga y correo. AMBITO DEL SERVICIO: - Nacional. MATERIAL AERONAUTICO: - HELICOPTEROS MI-8AMT. - HELICOPTEROS MI-8MT. - HELICOPTEROS MI-17. BASE DE OPERACION: - Aeropuerto "Francisco Secada Vigneta", Iquitos. SUBBASES DE OPERACION: - Aeropuerto de Tacna. - Aeropuerto de Piura. - Aeropuerto de Arequipa. - Aeropuerto de Trujillo. - Aeropuerto de Cusco. - Aeropuerto Internacional "Jorge Chavez". - Aeropuerto de Pucallpa. - Aeropuerto de Puerto Maldonado. PUNTOS Y/O ZONAS DE OPERACION: - Departamentos de MORDAZA, Amazonas y Lambayeque: Cajabamba, MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, Chachapoyas, Chiclayo/Cap. FAP MORDAZA MORDAZA Quinones, Galilea, Jaen/ Shumba, MORDAZA El Valor, MORDAZA de MORDAZA, San MORDAZA, MORDAZA Cruz. - Departamento de Ancash: Chimbote, Huascaran/Anta. - Departamento de Arequipa: MORDAZA, MORDAZA, Ayo, MORDAZA Union, Camana, Campamento MORDAZA Majes, Caraveli, Chala, Chivay, Huambo, MORDAZA, Mollendo, MORDAZA Acari, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Vitor/ San MORDAZA, Yauca. - Departamentos de Ica, MORDAZA y Huancavelica: MORDAZA, Churropampa, Nasca, MORDAZA, Palmapampa. - Departamentos de MORDAZA, MORDAZA y MORDAZA de Dios: Amarakeri/Rio Colorado, Andahuaylas, Camisea, MORDAZA, Iberia, Inapari, Kompiroshiato, Mantaro, Mazuko, Miaria, Mipaya, Montecarmelo, Oviri, Pacria/Nueva Luz, Patria, Picha, Puerto MORDAZA, Quincemil, Tayacome, Teresita/San Francisco. - Departamentos de MORDAZA, Tacna y Puno: Juliaca, MORDAZA, Ilo, Tacna. - Departamento de San Martin: Bellavista/Huallaga, Juanjui, Moyobamba, Picota, Pucacaca, Puerto Yarina, MORDAZA, San MORDAZA de Sisa, MORDAZA MORDAZA (privado), Saposoa, MORDAZA, Tarapoto, Tocache, Uchiza, Yumbatos.

- Departamento de MORDAZA y Provincia Constitucional del Callao: Internacional "Jorge Chavez". - Departamento de Loreto: Bellavista, Buncuyo, Caballococha, Colonia Angamos, Contamana, El Estrecho, Intuto, Iquitos/Coronel MORDAZA Secada V., Iquitos/Antigua, MORDAZA MORDAZA, Paranapura, MORDAZA, Sillay, Yurimaguas. Articulo 2º.- Las aeronaves autorizadas a AVIACION DEL SUR S.A. - AVIASUR, debe estar provistas de su Certificado de Matricula vigente, expedido -de ser el casopor el Registro Publico de Aeronaves de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; y de sus Certificados de Aeronavegabilidad vigentes, expedidos o convalidados por la Direccion General de Transporte Aereo; y de la Poliza o Certificado de Seguros que cubran los riesgos derivados de su actividad aerea. Articulo 3º.- AVIACION DEL SUR S.A. - AVIASUR, empleara en su servicio, personal aeronautico que cuente con su respectiva licencia y certificacion de aptitud expedidos o convalidados por la Direccion General de Transporte Aereo. Articulo 4º.- AVIACION DEL SUR S.A. - AVIASUR, en el ejercicio de la presente autorizacion queda obligada a presentar mensualmente a la Direccion General de Transporte Aereo los datos estadisticos e informes que correspondan a su actividad. Articulo 5º.- AVIACION DEL SUR S.A. - AVIASUR, en el ejercicio de la presente autorizacion debera contar con un sistema de radiocomunicacion para el efectivo control de sus actividades aereas. Articulo 6º.- AVIACION DEL SUR S.A. - AVIASUR podra hacer uso de las instalaciones de los aeropuertos y/ o aerodromos privados consignados en la presente resolucion previa autorizacion de sus propietarios. Articulo 7º.- Las aeronaves de AVIACION DEL SUR S.A. - AVIASUR podran operar los aerodromos y/o aeropuertos cuyas alturas esten comprendidas dentro de sus tablas de performance aprobadas por el fabricante y la autoridad correspondiente. Articulo 8º.- El presente Permiso de Operacion sera revocado o suspendido de inmediato en forma automatica cuando el peticionario incumpla las obligaciones contenidas en la presente resolucion o pierda alguna de las capacidades legal, tecnica y financiera, exigidas por Ley Nº 24882, modificada por el Decreto Legislativo Nº 670, su reglamento, la Ley Nº 26917, y demas disposiciones legales vigentes; o renuncie, se suspenda o se revoque su respectivo Certificado de Explotador de Servicios Aereos y Especificaciones Tecnicas de Operacion. Articulo 9º.- Si la administracion verificase la ocurrencia de fraude o falsedad en la documentacion presentada o en las declaraciones hechas por el interesado la Direccion General de Transporte Aereo, al MORDAZA del Articulo 6º y demas normas concordantes de la Ley de Simplificacion Administrativa, declarara nulo de pleno

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