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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE FEBRERO DEL AÑO 1999 (20/02/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 45

Pág. 170093 NORMAS LEGALES Lima, sábado 20 de febrero de 1999 MUNICIPALIDAD DEL RIMAC Derogan el Decreto de Alcaldía Nº 007- 98-MDR, Reglamento Taurino ACUERDO DE CONCEJO Nº 019-99/MDR Rímac, 30 de enero de 1999 EL CONCEJO DISTRITAL DEL RIMAC, en sesión ordinaria de Concejo de la fecha, bajo la Presidencia de la señora Alcaldesa de la Municipalidad Distrital del Rímac, GLORIA JARAMILLO AGUILAR, con la asistencia de los señores Regidores: Rosa Olinda Liza Nunton, William Martín Castañeda Lozano, Nelly Beatriz Pacheco Torres, Dina Emérita Iparraguirre Cuba, Jorge Estela Valdivia, Rafael Fernando Fuentes Galindo, Iris Elizabeth Armijo Vidal, María Manuela Pintado de Tejada, Teófilo Silva Zavaleta, Víctor Manuel Vega Neciosup, José Falcón Hua- mán Lazo; VISTA la propuesta de la señora Alcaldesa, de derogar el Reglamento Taurino aprobado mediante Decreto de Al- caldía Nº 007-98-MDR, de fecha 31 de enero de 1998; CONSIDERANDO: Que, el anterior Alcalde, José Carlos Navarro Lévano, publicó en el Diario Oficial El Peruano, el 7 de enero de 1999, el Decreto de Alcaldía Nº 007-98-MDR, aprobando el Reglamento Taurino; Que, el referido Decreto de Alcaldía señala en su primer considerando que dicho Reglamento Taurino fue aprobado en Acuerdo de Concejo, siendo que el reglamento publicado difiere sustancialmente del aprobado por el Concejo, en sesión de setiembre de 1998; debiendo además precisar que no hubo sesión de Concejo el 31 de diciembre de 1998, según se ha comprobado en los archivos de la Secretaría General del Concejo; Que, el Director de Asesoría Legal, mediante Informe Nº 001-99-DAL/MDR, de fecha 11 de enero de 1999, señala que se advierten muchas deficiencias de redacción y contenido en el referido reglamento que atentan contra los legítimos intereses del distrito y que se hace necesario conformar una Comisión Plural que se aboque a redactar un nuevo Reglamento Taurino; Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 36º numeral 3 es atribución del Concejo Municipal dictar, modificar y derogar las ordenanzas y edictos municipales de su competencia; Con el voto unánime de los miembros del Concejo; ACUERDA: 1º.- Derogar el Decreto de Alcaldía Nº 007-98-MDR, de fecha 31 de diciembre de 1998, que aprobaba el Reglamento Taurino de la Municipalidad Distrital del Rímac. 2º.- Designar una comisión encargada de elaborar un nuevo Reglamento Taurino, la misma que estará confor- mada por entidades representativas de la fiesta taurina, representantes de la Municipalidad Distrital del Rímac. 3º.- Dispensar al presente acuerdo del trámite de lectura y de la aprobación del acta. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GLORIA JARAMILLO AGUILAR Alcaldesa 2441 Suspenden cobro por concepto de Par- queo Vehicular en el distrito ACUERDO DE CONCEJO Nº 020-99-MDR Rímac, 30 de enero de 1999 EL CONCEJO DISTRITAL DEL RIMAC, en sesión ordinaria de Concejo de la fecha, bajo la Presidencia de laseñora Alcaldesa de la Municipalidad del Rímac GLORIA JARAMILLO AGUILAR, con la asistencia de los señores Regidores: Rosa Olinda Liza Nunton, William Martín Cas- tañeda Lozano, Nelly Beatriz Pacheco Torres, Dina Eméri- ta Iparraguirre Cuba, Jorge Estela Valdivia, Rafael Fer- nando Fuentes Galindo, Iris Elizabeth Armijo Vidal, María Manuela Pintado de Tejada, Teófilo Silva Zavaleta, Víctor Manuel Vega Neciosup, José Falcón Huamán Lazo; Vista la propuesta de la señora Alcaldesa, de aprobar la suspensión temporal de la cobranza de Parqueo Vehicular por terceras personas; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por el Artículo 193º, numeral 3, de la Constitución Política del Estado, son bienes y rentas de las Municipalidades las contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos de su competencia, creados por su Concejo; Que, la Ley Nº 23853, en su Artículo 2º, señala que las Municipalidades son personas jurídicas de Derecho Público con autonomía económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Asimismo, el Artículo 10º de la misma ley, señala que las Municipalidades son competentes para administrar sus bienes y rentas; Que, el Decreto Legislativo Nº 776 señala en su Artículo 60º segundo párrafo, que la creación y modificación de tasas y contribuciones se aprueban por edicto, con los límites dispuestos por la ley. Edicto que debe ser prepublicado en medio de prensa escrita y ratificado por la Municipalidad Provincial; Que, la Municipalidad de Lima Metropolitana no ha ratificado ningún edicto sobre Parqueo Vehicular y por ende, no podría entrar en vigencia, según lo expresa con suma claridad el Artículo 94º segundo párrafo de la Ley Nº 23853 - Ley Orgánica de Municipalidades; Con el voto unánime de sus miembros: ACUERDA: 1º.- Suspender temporalmente el cobro por concepto de Parqueo Vehicular efectuado por personal de la Municipali- dad Distrital del Rímac o terceros ajenos a dicha Corpora- ción Edilicia que tengan una relación contractual respecto de la materia, en tanto la Municipalidad de Lima Metropo- litana no haya ratificado el edicto municipal por dicho concepto. 2º.- Encargar a la Dirección Municipal y a la Dirección de Seguridad Ciudadana el cumplimiento del presente acuerdo. 3º.- Dispensar al presente acuerdo del trámite de lectura y aprobación del acta respectiva. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GLORIA JARAMILLO AGUILAR Alcaldesa 2442 MUNICIPALIDAD DE SAN LUIS Establecen cronograma de pago de Arbitrios Municipales para 1999 ORDENANZA Nº 006-99-MDSL San Luis, 27 de enero de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS POR CUANTO: El Concejo Municipal en sesión extraordinaria de fecha 27 de enero de 1999, mediante Acuerdo de Concejo Nº 026- 99-CDSL, aprobó por unanimidad mantener vigentes los costos de los servicios de Limpieza Pública y de Parques, modificar las disposiciones generales sobre deudor y res- ponsable tributario, así como determinar el cronograma de pagos, propuesta mediante Dictamen Nº 004-99-CEPAL/