Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE FEBRERO DEL AÑO 1999 (27/02/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 9

Pág. 170305 NORMAS LEGALES Lima, sábado 27 de febrero de 1999 De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 6º, 7º y 13º de la Ley Nº 24047, Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación, y el Decreto Ley Nº 25762 - Ley Orgánica del Sector Educación, modificada por la Ley Nº 26510; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR a partir de la fecha de expedi- ción de la presente resolución y hasta su retorno al país el 21 de julio de 1999, la salida temporal de doscientos dieciocho (218) Bienes Culturales integrantes del Patrimonio Cultu- ral de la Nación, referidos en el segundo considerando de la presente resolución, para ser exhibidos en la exposición denominada "Tesoros del Perú Antiguo" a realizarse en España en las ciudades de: Córdoba, Sevilla y Madrid, entre el 12 de marzo de 1999 y el 12 de julio de 1999. Artículo 2º.- El Instituto Nacional de Cultura adopta- rá las medidas más adecuadas para verificar las caracte- rísticas, estado de conservación y autenticidad de los Bienes Culturales a los que se contrae la presente resolu- ción a su retorno al país. Artículo 3º.- Designar como Comisario de la muestra al antropólogo JOSE CARLOS VILA SOUZA, Especialista IV de la Dirección del Centro Nacional de Registro del Patrimo- nio Cultural Mueble, quien cumplirá las labores de verifica- ción de la salida, los traslados en las ciudades españolas y retorno de los Bienes Culturales e informará a la Dirección General de Patrimonio Monumental y Cultural del Instituto Nacional de Cultura, el resultado y pormenores de la exhibi- ción. Los gastos que ocasione el viaje y la estadía del Comisario serán íntegramente cubiertos por el organizador, salvo los gastos ocasionales y trámite de pasaporte, hasta ciento cin- cuenta dólares americanos o su equivalente en moneda nacio- nal, que previa rendición de cuentas serán asumidas por el Instituto Nacional de Cultura. Artículo 4º.- Los gastos que ocasione el viaje y estadía del Comisario serán íntegramente cubiertos por los organi- zadores de la exposición, así como aquéllos que se deriven del embalaje, trámites, traslados de los Bienes Culturales a los que se refiere la presente resolución y cualquier otro egreso que se origine por estos conceptos. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FELIPE GARCIA ESCUDERO Ministro de Educación 2777 MITINCI Aprueban directiva que establece Lineamientos para el Funcionamiento del Sistema de Información Empresa- rial - SIEM, en el Ministerio RESOLUCION MINISTERIAL Nº 023-99-ITINCI/DM Lima, 24 de febrero de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante el Artículo 10º de la Ley Nº 26935, reglamentado por los Artículos 16º al 21º del Decreto Supremo Nº 024-98-ITINCI, se ha autorizado al Ministe- rio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales - MITINCI, a constituir e integrar con otras entidades públicas y privadas, una persona jurídica de derecho privado sin fines de lucro en la modalidad de asociación civil que tenga a su cargo la administración del Sistema de Información Empresarial - SIEM, con la finalidad de recopilar, sistematizar, actua- lizar, elaborar, proveer y distribuir la información queposea o que le sea transferida por terceros, necesaria para la formación y desarrollo de las empresas, especialmente para la pequeña y microempresa, dotándolas de informa- ción útil sobre aspectos financieros, económicos y empre- sariales; capacitación, asistencia técnica y tecnología; mercados y otras materias de información que se imple- menten en el futuro; Que, asimismo, mediante la Segunda Disposición Final de la Ley Nº 26935 y el Artículo 15º de su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 024-98- ITINCI, se ha facultado al Ministro del Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Co- merciales Internacionales, a dictar las normas necesa- rias para regular el proceso de desactivación a nivel nacional del Registro Unificado, el mismo que entre otras funciones cumplía la de proveer información sobre las empresas y sus actividades, siendo por tanto parte de la base de datos del Sistema de Información Empresarial - SIEM; Que, en tanto se concluyan los actos de constitución de la asociación civil sin fines de lucro, a que se refiere el primer considerando de la presente resolución, es necesa- rio establecer los lineamientos que permitan al Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Co- merciales Internacionales, cumplir de manera directa con las funciones relativas al Sistema de Información Empre- sarial - SIEM; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25831, Ley Orgánica del Ministerio de Industria, Turismo, Integra- ción y Negociaciones Comerciales Internacionales y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Resolución Suprema Nº 065-92-ITINCI/DM; y, Con las visaciones de ley; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Directiva Nº 001-99-ITINCI/ DM "Lineamientos para el Funcionamiento del Sistema de Información Empresarial - SIEM, en el Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comer- ciales Internacionales". Artículo 2º.- Establecer que la directiva aprobada en el artículo precedente tendrá vigencia en tanto se consti- tuya e inicie operaciones la asociación civil sin fines de lucro a que se refiere el Artículo 10º de la Ley Nº 26935 y el Artículo 16º de su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 024-98-ITINCI. Artículo 3º.- Precisar que el Ministerio de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Interna- cionales, contratará la administración y operación del Siste- ma de Información Empresarial - SIEM, con la asociación civil sin fines de lucro a que se refiere el artículo anterior, así como le transferirá los recursos señalados en el Artículo 17º del Decreto Supremo Nº 024-98-ITINCI, en la forma y plazos que establezca el referido ministerio. Regístrese, comuníquese y publíquese. CESAR LUNA-VICTORIA LEON Ministro de Industria, Turismo, Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales DIRECTIVA Nº 001-99-ITINCI/DM LINEAMIENTOS PARA EL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA DE INFORMACION EMPRESARIAL - SIEM, EN EL MINISTERIO DE INDUSTRIA, TURISMO, INTEGRACION Y NEGOCIACIONES COMERCIALES INTERNACIONALES CAPITULO I OBJETIVOS Artículo 1º.- La presente directiva tiene por finalidad establecer los lineamientos para el funcionamiento del Sistema de Información Empresarial - SIEM, en tanto se constituya e inicie operaciones la asociación civil sin fines de lucro a que se refiere el Artículo 10º de la Ley Nº 26935 y el Artículo 16º de su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 024-98-ITINCI.