Norma Legal Oficial del día 27 de febrero del año 1999 (27/02/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, sabado 27 de febrero de 1999 RESOLUCION SUPREMA Nº 0122-99-IN-1501 MORDAZA, 25 de febrero de 1999

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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De conformidad, con lo dispuesto en el Articulo 25º del Decreto Legislativo Nº 370, Decreto Legislativo Nº 560 Ley del Poder Ejecutivo, Articulo 1º del Decreto Ley Nº 25515 y el inciso b) del Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 036-83-JUS del 22 de MORDAZA de 1983; SE RESUELVE: NOMBRAR Prefecto del departamento de Tacna a MORDAZA MORDAZA MORDAZA GOTUZZO OVALLE. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori F. Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA RUESTA Ministro del Interior 2676

Que del citado oficio se aprecia que la empresa Servicios y Mantenimientos Generales S.R.L. SERMAGE S.R.L. ha devuelto al Ministerio de Justicia a traves del Cheque de Gerencia Nº 00000372 del Banco Continental, el importe que indebidamente recibio por un aumento no establecido en el contrato de Servicio de Limpieza y Mantenimiento Integral suscrito el 16 de MORDAZA de 1997; Que de acuerdo a lo referido, el Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia solicita se deje sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 277-98-JUS, de fecha 30 de noviembre de 1998 mediante la cual se le otorgo autorizacion para interponer las acciones judiciales correspondientes contra la empresa Servicios y Mantenimientos Generales S.R.L. - SERMAGE S.R.L.; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru y Articulos 2º y 8º del Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dejar sin efecto la Resolucion Ministerial Nº 277-98-JUS, de fecha 30 de noviembre de 1998. Articulo 2º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion al mencionado Procurador Publico, para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DE PUELLES Ministra de Justicia 2652

Aceptan renuncia de Subprefecto de la provincia de Tacna
RESOLUCION SUPREMA Nº 0121-99-IN-1501 MORDAZA, 25 de febrero de 1999 Vista, la renuncia que al cargo de Subprefecto de la provincia de Tacna del departamento del mismo nombre, formula MORDAZA MORDAZA MORDAZA GOTUZZO OVALLE; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Suprema Nº 058-99-IN-1501 de fecha 21 de enero de 1999 se nombro a MORDAZA MORDAZA MORDAZA GOTUZZO OVALLE, Subprefecto de la provincia de Tacna; De conformidad, con lo dispuesto en el Articulo 25º del Decreto Legislativo Nº 370, Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, el Articulo 1º del Decreto Ley Nº 25515 y el inciso b) del Articulo 2º del Decreto Supremo Nº 036-83-JUS del 22 de MORDAZA de 1983; SE RESUELVE: Aceptar la renuncia que al cargo de Subprefecto de la provincia de Tacna del departamento del mismo nombre, formula MORDAZA MORDAZA MORDAZA GOTUZZO OVALLE, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori F. Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA RUESTA Ministro del Interior 2675

Autorizan el funcionamiento de Centro de Conciliacion en la MORDAZA de Huamanga, MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 041-99-JUS MORDAZA, 17 de febrero de 1999 Vista la solicitud de la Asociacion Peruana de Negociacion, Arbitraje y Conciliacion (APENAC); CONSIDERANDO: Que la Asociacion Peruana de Negociacion, Arbitraje y Conciliacion (APENAC) es una institucion dedicada a la solucion de controversias mediante la aplicacion de mecanismos alternativos de solucion de conflictos; Que la solicitante es un Centro de Conciliacion Preexistente de reconocido prestigio que ha venido realizando conciliaciones en el Centro de Conciliacion de Huamanga, MORDAZA desde el mes de junio de 1996 y que ha solicitado su adecuacion a la nueva reglamentacion, como lo senala la Cuarta Disposicion Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 26872; habiendo cumplido con el requisito senalado en la MORDAZA Disposicion Complementaria, Transitoria y Final del Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98JUS; Que estando a lo opinado en el Informe Nº 010-99-JUS/ DNJ-DC, es pertinente atender la peticion de la Asociacion Peruana de Negociacion, Arbitraje y Conciliacion (APENAC); De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº 25993 - Ley Organica del Sector Justicia, Ley Nº 26872 - Ley de Conciliacion y Reglamento de la Ley de Conciliacion, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-JUS; SE RESUELVE:

JUSTICIA
Dejan sin efecto la R.M. Nº 277-98-JUS
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 040-99-JUS MORDAZA, 17 de febrero de 1999 Visto el Oficio Nº 069-99-JUS/PPMJ, de fecha 4 de febrero de 1999, del Procurador Publico a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Justicia;

Articulo 1º.- AUTORIZAR al Centro de Conciliacion establecido en la MORDAZA de Huamanga, MORDAZA por la

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