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Pág. 175342 NORMAS LEGALES Lima, lunes 5 de julio de 1999 De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y aprobar la donación efec- tuada por la ciudad de Amberes, Bélgica, a favor del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú consistente en un vehículo contra incendio escala usa- do, marca Renault, modelo Turbo, Nº de Motor EVB938, año 1981, según Carta de Donación de fecha 10 de marzo de 1999 y un peso aproximado de 17 000 kgs., según Conocimiento de Embarque Nº CAL 001 de Gear- bulk. Dicha donación será destinada a la Compañía Salvadora Huánuco Nº 52. Artículo 2º.- Compréndase a la donación citada en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Ricardo Márquez Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas 8738 RESOLUCION SUPREMA Nº 300-99-EF Lima, 30 de junio de 1999 CONSIDERANDO: Que, Japan Firefighters Association de Japón, ha efectuado donaciones en favor del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú consistente en vehículos contra incendio usados; Que, el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Orde- nado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo Nº 055-99-EF, establece que no estarán grava- das con el Impuesto General a las Ventas, la importación o transferencia de bienes que se efectúe a título gratuito a favor de Entidades y Dependencias del Sector Público; De conformidad con lo dispuesto en el inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, el Decreto Supremo Nº 099-96-EF y normas modificatorias; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar y aprobar las donaciones efectua- das por Japan Firefighters Association de Japón, a favor del Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú, consistente en 3 vehículos contra incendio usados, cuyas características se encuentran señaladas en el Anexo que forma parte de la presente Resolución Suprema, con un valor aproximado de ¥ 480 000,00 (Cuatrocientos Ochenta Mil y 00/100 Yenes), según Cartas de Donación de fecha 15 de marzo de 1999 y un peso aproximado de 22 830 kgs., según Conocimientos de Embarque Nºs. KWZC-2 y YHZX- 3 de HUALAS.Artículo 2º.- Compréndanse a las donaciones citadas en el artículo anterior dentro de los alcances del inciso k) del Artículo 2º del Texto Unico Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-99-EF. Artículo 3º.- Transcríbase la presente Resolución Suprema a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contraloría General de la República, dentro de los plazos establecidos. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Ricardo Márquez Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas 8739 Autorizan viaje de funcionarios de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa a Argentina, en comisión de servicios RESOLUCION SUPREMA Nº 301-99-EF Lima, 30 de junio de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Carta Nº CMA-656/99-GAD, la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa solicita se autorice el viaje de dos funcionarios a la ciudad de Buenos Aires, Argentina, del 23 al 27 de junio de 1999, para asistir al "II Foro Interamericano de la Microempresa"; Que, en consecuencia es necesario autorizar dicho viaje, cuyos gastos serán cubiertos con recursos del Pre- supuesto de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa, correspondiente al ejercicio 1999; De conformidad con lo establecido en el numeral 2.5. de la Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario, aproba- da mediante Resolución Ministerial Nº 292-98-EF/15; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora Adria Cabrera de Polar y del señor Wilber Dongo Díaz, Gerentes de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Arequipa, a la ciudad de Buenos Aires, Argentina, del 23 al 27 de junio de 1999, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento del presente dispositivo legal, según se indica, serán cubiertos con recursos del Presupuesto de la Caja Muni- cipal de Ahorro y Crédito de Arequipa: - Pasajes US$ 776,44 - Viáticos US$ 2 000,00 - Tarifa de CORPAC US$ 50,00 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación a favor de los funcionarios cuyo viaje se autoriza. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Ricardo Márquez Vicepresidente de la República Encargado del Despacho Presidencial VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economía y Finanzas 8740