Norma Legal Oficial del día 08 de julio del año 1999 (08/07/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 8 de MORDAZA de 1999

AGRICULTURA

Modifican fechas de siembra, matada y quema del cultivo del Algodonero para todos los valles de la provincia de Disponen que la ONP emita Bonos de Reconocimiento para atender requeriPisco mientos generados por trabajadores RESOLUCION JEFATURAL incorporados y que se incorporen al Nº 082-99-AG-SENASA Sistema Privado de AFPs MORDAZA, 2 de MORDAZA de 1999
VISTO: El Informe Tecnico Nº 004-99-CTAR-DRA-I-SENASA, de la Coordinacion del SENASA-Ica en la que se opina favorablemente a la solicitud formulada por la Comision Ad Hoc del Reglamento del Cultivo del Algodonero de la provincia de MORDAZA, en lo que respecta a la modificacion de las fechas de siembra, matada y quema para la MORDAZA MORDAZA 1999 - 2000 en los valles de esta provincia; CONSIDERANDO: Que el Articulo 3º del Texto Unico Ordenado del Reglamento del Cultivo del Algodonero para los valles de la Costa Peruana, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 443-97-AG, fija las fechas de siembra, matada y quema en los valles de la costa peruana; asimismo, en la MORDAZA Disposicion Complementaria del mencionado Texto Unico Ordenado, se faculta al SENASA para modificar mediante Resolucion Jefatural, las fechas establecidas para dichas labores; Que los valles de la provincia de MORDAZA se caracterizan por ser algodoneros, dedicando aproximadamente el 70% de su area MORDAZA a este cultivo, los que disponen de regular volumen de agua de avenida desde enero hasta MORDAZA, asi como de agua de MORDAZA en los meses de MORDAZA a noviembre; haciendose necesario uniformizar su distribucion; Que se considera que el periodo de siembra del algodon no deberia prolongarse por mas de dos meses en los valles de la provincia de Pisco; Que la Comision Ad Hoc del Reglamento del Cultivo del Algodonero de la provincia de MORDAZA, en su reunion del 3 de junio de 1999, acordo solicitar al SENASA que las fechas de siembra, matada y quema para la MORDAZA MORDAZA 1999 2000 MORDAZA modificadas; Que la Direccion General de Sanidad Vegetal, mediante el Informe Tecnico Nº 031/99-AG-SENASA-DGSV-DDF-S considera pertinente modificar las fechas de siembra en todos los valles de esta provincia, a fin de que el cultivo del algodonero pueda desarrollarse bajo las condiciones agroclimaticas adecuadas que requiere; y, Con las visaciones de la Direccion General de Sanidad Vegetal y de la Oficina General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar las fechas de siembra, matada y quema correspondiente a la MORDAZA MORDAZA 1999 - 2000 del cultivo del Algodonero para todos los valles de la provincia de MORDAZA, tal como se detalla a continuacion: SECTOR MORDAZA Media/Alta MORDAZA Baja MORDAZA de MORDAZA SIEMBRA 1-8 al 30-9 15-7 al 15-9 1-9 al 30-10 MATADA 1-5 al 30-5 1-5 al 30-5 1-6 al 30-6 QUEMA 1-6 al 30-6 1-6 al 30-6 1-7 al 30-7 DECRETO SUPREMO Nº 114-99-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el Articulo 5º de la Ley Nº 27011, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Publico para 1999, autoriza al Gobierno Central a acordar operaciones de Endeudamiento Interno bajo la modalidad de emision de bonos hasta por un monto de S/. 2 400 000 000,00 (DOS MIL CUATROCIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES); Que, en el MORDAZA de la indicada autorizacion, la Oficina de Normalizacion Previsional -ONP-, emitira "Bonos de Reconocimiento" hasta por un monto de S/. 801 597 000,00 (OCHOCIENTOS UN MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), a fin de atender los requerimientos generados durante el ano 1999, por los trabajadores incorporados y que se incorporen al Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones -AFP-, con derecho a los citados bonos, dentro del contexto establecido en el Decreto Supremo Nº 180-94-EF; Que, la mencionada operacion de Endeudamiento Interno ha cumplido con los requisitos establecidos en el Articulo 6º de la Ley Nº 27011; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion General de Credito Publico y la Oficina de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27011; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- La Oficina de Normalizacion Previsional ONP-, emitira "Bonos de Reconocimiento" hasta por un monto de S/. 801 597 000,00 (OCHOCIENTOS UN MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES), a fin de atender los requerimientos generados durante el ano 1999, por los trabajadores incorporados y que se incorporen al Sistema Privado de Administracion de Fondos de Pensiones -AFP-, con derecho a los citados bonos, dentro del contexto establecido en el Decreto Supremo Nº 180-94-EF. Articulo 2º.- La Oficina de Normalizacion Previsional -ONP- continuara atendiendo la redencion de los "Bonos de Reconocimiento", ya emitidos y los que se emitan al MORDAZA del presente Decreto Supremo, con cargo a los intereses generados por el Fondo Consolidado de Reservas Previsionales -FCR- creado por el Decreto Legislativo Nº 817. Articulo 3º.- El Ministerio de Economia y Finanzas, mediante Resolucion Ministerial, aprobara las normas que fueran necesarias para la mejor aplicacion de este dispositivo legal. Articulo 4º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los siete dias del mes de MORDAZA de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas 8901

ECONOMIA Y FINANZAS

Articulo 2º.- Los infractores a lo dispuesto en el articulo precedente, seran sancionados conforme a lo establecido en el inciso a) del Articulo 31º del Texto Unico Ordenado del Reglamento del Cultivo del Algodonero para los Valles de la Costa Peruana. Articulo 3º.- Lo establecido en el articulo precedente entrara en vigencia al dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CARBONELL MORDAZA Jefa Servicio Nacional de Sanidad Agraria 8819

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