Norma Legal Oficial del día 08 de julio del año 1999 (08/07/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, jueves 8 de MORDAZA de 1999
CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

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Que, mediante Resolucion Suprema Nº 035-93-EM de fecha 4 de MORDAZA de 1993, se incluyo en el Sistema de "Evaluacion Internacional de Procesos", las Licitaciones Publicas y Concursos que requiera efectuar el Ministerio de Energia y Minas para la adquisicion de bienes, contratacion de servicios y para la ejecucion de obras, encargandose al Programa de las Naciones Unidas (PNUD) la organizacion, conduccion y ejecucion de los procesos correspondientes, en los casos que se senale, en forma especifica, mediante Resolucion Ministerial; Que, la Unidad Ejecutora del Programa de Transmision y Apoyo a la Reestructuracion del Subsector Electrico (PE-0018) constituida en el Ministerio de Energia y Minas con financiamiento del Banco Interamericano de Desarrollo (BID), necesita seleccionar las firmas que lleven a cabo: a) El Suministro de Equipos y Materiales para la MORDAZA Terna de la Linea de Transmision 220 KV Zapallal Paramonga - Chimbote; b) Las Obras Civiles y Montaje de la MORDAZA Terna de la Linea de Transmision 220 KV Zapallal - Paramonga - Chimbote; c) El Suministro de Equipos y Materiales, Obras Civiles y Montaje para la Ampliacion de las Subestaciones en 220 KV Zapallal Paramonga - Chimbote y Sistema de Control y Telecomunicaciones; y d) La Supervision de los Suministros de Equipos y Materiales, Obras Civiles y Montaje de la MORDAZA Terna de la Linea de Transmision 220 KV Zapallal - Paramonga - Chimbote y de la Ampliacion de las Subestaciones Asociadas, los cuales se encuentran comprendidos en el Programa PE-0018 MORDAZA mencionado; Que, en tal sentido es necesario encargar a la Oficina de Servicios para Proyectos de la Organizacion de las Naciones Unidas UNOPS (antes PNUD), la organizacion, conduccion y ejecucion de los procesos de Licitacion Publica Internacional, segun correspondan, para seleccionar las firmas que se encarguen de: a) El Suministro de Equipos y Materiales para la MORDAZA Terna de la Linea de Transmision 220 KV Zapallal - Paramonga - Chimbote; b) Las Obras Civiles y Montaje de la MORDAZA Terna de la Linea de Transmision 220 KV Zapallal - Paramonga Chimbote; y c) El Suministro de Equipos y Materiales, Obras Civiles y Montaje para la Ampliacion de las Subestaciones en 220 KV Zapallal - Paramonga - Chimbote y Sistema de Control y Telecomunicaciones, siguiendo para tal fin los procedimientos establecidos por el Banco Interamericano de Desarrollo (BID); Que, a efecto del MORDAZA de cada una de las Licitaciones Publicas Internacionales requeridas, la UNOPS (antes PNUD), ha presentado las correspondientes Bases de Licitacion, las mismas que deben ser aprobadas; Con la opinion favorable del Director Ejecutivo del Programa de Transmision y Apoyo a la Reestructuracion del Subsector Electrico PE-0018; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25565 y Decretos Supremos Nºs. 132-92-EF y 133-92-EF; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Encargar a la Oficina de Servicios para Proyectos de la Organizacion de las Naciones Unidas - UNOPS, la organizacion, conduccion y ejecucion de la Licitacion Publica Internacional, segun corresponda, para seleccionar las firmas que lleven a cabo: a) El Suministro de Equipos y Materiales para la MORDAZA Terna de la Linea de Transmision 220 KV Zapallal - Paramonga - Chimbote; b) Las Obras Civiles y Montaje de la MORDAZA Terna de la Linea de Transmision 220 KV Zapallal - Paramonga Chimbote; c) El Suministro de Equipos y Materiales, Obras Civiles y Montaje para la Ampliacion de las Subestaciones en 220 KV Zapallal - Paramonga - Chimbote y Sistema de Control y Telecomunicaciones, los cuales se encuentran comprendidos en el Programa PE-0018 del Ministerio de Energia y Minas. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energia y Minas 8912

INTERIOR
Dan por concluida designacion de funcionario de la Oficina General de Administracion del Ministerio
RESOLUCION SUPREMA Nº 0409-99-IN/0901 MORDAZA, 25 de junio de 1999 CONSIDERANDO: Que, con Resolucion Suprema Nº 0074-98-IN010900000000 del 10.FEB.98, se designo al Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA HILBCK PESCHIERA, en el cargo publico de confianza de Director de Sistema Administrativo II, F-3, de la Oficina de Infraestructura de la Oficina General de Administracion del Ministerio del Interior; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 276 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 00590-PCM y Decreto Ley Nº 25515; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Dar por concluida a partir de la fecha, la designacion del Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA HILBCK PESCHIERA, en el cargo publico de confianza de Director de Sistema Administrativo II, F-3, de la Oficina de Infraestructura de la Oficina General de Administracion del Ministerio del Interior, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA RUESTA Ministro del Interior 8820

Declaran infundada apelacion interpuesta contra la R.M. Nº 0064-99IN/0901
RESOLUCION SUPREMA Nº 0410-99-IN/0901 MORDAZA, 25 de junio de 1999 Visto, el Recurso Impugnativo de Apelacion, interpuesto por el ECC. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Operador PAD II - STC, de la Direccion General de Migraciones y Naturalizacion del Ministerio del Interior, contra la R.M. Nº 006499-IN/0901, del 22.ENE.99; CONSIDERANDO: Que, mediante la R.M. Nº 0064-99-IN/0901, del 22.ENE.99, se resuelve declarar IMPROCEDENTE, el Recurso Impugnativo de Reconsideracion, interpuesto por el referido servidor, contra la R.M. Nº 0540-98-IN/1300, del 26.JUN.98, por las causales expuestas en la parte considerativa de la acotada Resolucion; Que, con escrito de Reg. Nº 0978, del 16.FEB.99, el recurrente, interpone Recurso Impugnativo de Apelacion, contra la R.M. Nº 0064-99-IN/0901, del 22.ENE.99, fundamentando en los hechos y derechos que en dicho recurso expone; Que, el Recurso de Apelacion, interpuesto por el peticionario no se sustenta en diferente interpretacion de las pruebas producidas, ni trata de cuestiones de puro derecho tal como lo preceptua el Art. 99º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por D.S. Nº 002-94-JUS, del 28.ENE.94; Que, analizada la documentacion obrante, se establece que la Resolucion, materia de impugnacion ha sido expedida de acuerdo a los criterios y precisiones establecidos en el Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA

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