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Pág. 173800 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 2 de junio de 1999 400036-9 y embarcada en el puerto marítimo de Ever- glades, Florida, Estados Unidos, a bordo del vapor Corona V-009, con destino al puerto marítimo del Callao, Perú; Que, la recurrente, entidad religiosa, se encuentra inscrita en el Registro de Donaciones que conduce la Secretaría Ejecutiva de Cooperación Técnica Internacio- nal de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, la importación de bienes donados a favor de entidades religiosas se encuentran inafectas al Impuesto General a las Ventas y derechos arancelarios en virtud a lo previsto por los Decretos Legislativos Nºs. 821 y 809 respectivamente; Que, en consecuencia, es procedente que la Presiden- cia del Consejo de Ministros apruebe la donación solici- tada; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 21942, Resolución Suprema Nº 508-93-PCM, Decreto Legislativo Nº 821, Decreto Legislativo Nº 809, Decreto Legislativo Nº 719 y con sujeción a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Supremo Nº 041-94- PCM y Resolución Ministerial Nº 039-96-PCM; Con la opinión favorable de la Secretaría Ejecutiva de Cooperación Técnica Internacional, y el visto bueno de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Presidencia del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la donación de bienes efectuada por Catholic Community Services, con sede en Miami, Estados Unidos, consistente en 308 paquetes conteniendo equipos y accesorios de cómputo, con un valor FOB de US$ 195.864,55 y un peso bruto de 4.337,00 k. a favor de Cáritas del Perú, la que será destinada a implementar las oficinas de los diferentes programas que realiza en beneficio de la población de escasos recursos a nivel nacional. Artículo Segundo.- Dejar expresa constancia que queda prohibida la venta o la recepción de dinero como condición para la entrega de los bienes donados. Artículo Tercero.- Disponer que la recurrente remi- ta a la Secretaría Ejecutiva de Cooperación Técnica Inter- nacional de la Presidencia del Consejo de Ministros copia del Acta de Entrega o Recepción de la donación recibida de acuerdo a lo prescrito en el numeral 7.7 de la Resolu- ción Suprema Nº 508-93-PCM. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contra- loría General de la República dentro de los plazos estable- cidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR CAMACHO ORLANDINI Secretario General 7147 RESOLUCION DEL SECRETARIO GENERAL Nº 043-99-PCM Lima, 28 de mayo de 1999 Visto el Expediente Nº 3401-99 presentado por Cáritas del Perú, sobre aprobación de donación. CONSIDERANDO: Que, mediante Certificado de Donación, legalizado por el Consulado General del Perú en Toronto, Canadian Food for Children, con sede en Toronto, Canadá, efectúa una donación de bienes a favor de Cáritas del Perú; Que, según Conocimiento de Embarque Nº 45B002007 de fecha 23 de abril de 1999, extendido por la Compañía Sud Americana de Vapores S.A., se consigna que la mer- cadería donada ha sido enviada en el Contenedor Nº ITLU6942725 y embarcada en el puerto marítimo de Nueva York, a bordo del vapor CSAV Guayas/2/S, con destino al puerto marítimo de Matarani, Perú; Que, la recurrente, entidad religiosa, se encuentra inscrita en el Registro de Donaciones que conduce la Secretaría Ejecutiva de Cooperación Técnica Internacio- nal de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, la importación de bienes donados a favor de entidades religiosas se encuentra inafecta al Impuesto General a las Ventas y derechos arancelarios en virtud alo previsto por los Decretos Legislativos Nºs. 821 y 809 respectivamente; Que, en consecuencia, es procedente que la Presiden- cia del Consejo de Ministros apruebe la donación solici- tada; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 21942, Resolución Suprema Nº 508-93-PCM, Decreto Legislativo Nº 821, Decreto Legislativo Nº 809, Decreto Legislativo Nº 719 y con sujeción a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Supremo Nº 041-94- PCM y Resolución Ministerial Nº 039-96-PCM; Con la opinión favorable de la Secretaría Ejecutiva de Cooperación Técnica Internacional, y el visto bueno de la Oficina de Asesoría Jurídica de la Presidencia del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR la donación de bienes efectuada por Canadian Food for Children, con sede en Toronto, Canadá, consistente en 1,769 bultos conteniendo 75 sacos de arvejas (45 k./saco), 200 cajas con jabones, 25 sacos de leche en polvo (25 k./saco), 1,245 cajas pequeñas con alimentos para niños, 1 caja grande con fruta en polvo, 2 libros, 5 baldes con jabón, 101 cajas con galletas para niños, 115 cajas y sacos con alimentos diversos y ropa, con un valor C&F de 3.539,00 Dólares Canadienses (US$ 2.527,86 aproximadamente) y un peso bruto 15.405,00 k. a favor de Cáritas del Perú, la que será distribuida gratuitamente entre los niños y ancianos de escasos recursos económicos de la Comunidad de Zamacola en Arequipa. Artículo Segundo.- Dejar expresa constancia que queda prohibida la venta o la recepción de dinero como condición para la entrega de los bienes donados. Artículo Tercero.- Disponer que la recurrente remi- ta a la Secretaría Ejecutiva de Cooperación Técnica Inter- nacional de la Presidencia del Consejo de Ministros copia del Acta de Entrega o Recepción de la donación recibida de acuerdo a lo prescrito en el numeral 7.7 de la Resolu- ción Suprema Nº 508-93-PCM. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución a la Superintendencia Nacional de Aduanas y a la Contra- loría General de la República dentro de los plazos estable- cidos. Regístrese, comuníquese y publíquese. VICTOR CAMACHO ORLANDINI Secretario General 7148 RESOLUCION DEL SECRETARIO GENERAL Nº 044-99-PCM Lima, 28 de mayo de 1999 Visto el Expediente Nº 3402-99 presentado por Cáritas del Perú, sobre aprobación de donación. CONSIDERANDO: Que, mediante Certificado de Donación, legalizado por el Consulado General del Perú en Toronto, Canadian Food for Children, con sede en Toronto, Canadá, efectúa una donación de bienes a favor de Cáritas del Perú; Que, según Conocimiento de Embarque Nº 45B002024 de fecha 28 de abril de 1999, extendido por la Compañía Sud Americana de Vapores S.A., se consigna que la mer- cadería donada ha sido enviada en el Contenedor Nº TPHU8081703 y embarcada en el puerto marítimo de Nueva York, a bordo del vapor CSAV Guayas/2/S, con destino al puerto marítimo de Matarani, Perú; Que, la recurrente, entidad religiosa, se encuentra inscrita en el Registro de Donaciones que conduce la Secretaría Ejecutiva de Cooperación Técnica Internacio- nal de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, la importación de bienes donados a favor de entidades religiosas se encuentra inafecta al Impuesto General a las Ventas y derechos arancelarios en virtud a lo previsto por los Decretos Legislativos Nºs. 821 y 809 respectivamente; Que, en consecuencia, es procedente que la Presiden- cia del Consejo de Ministros apruebe la donación solici- tada;