TEXTO PAGINA: 16
Pág. 173810 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 2 de junio de 1999 HUANCAN MUNIC. DIST. 059/96 19.Jul.96 8982 HUANCAYO SEDAM HUANCAYO S.A. 025/95 5.Ene.95 5765 JAUJA MUNIC. PROV. 056/96 19.Jul.96 8857 JUNIN MUNIC. PROV. 057/96 19.Jul.96 8979 SAN RAMON MUNIC. DIST. 024/95 5.Ene.95 5914 TARMA MUNIC. PROV. 027/95 5.Ene.95 5796 LAMBAYEQUE FERREÑAFE MUNIC. PROV. 011/94 3.Dic.94 5905 (7 Unid.) LAMBAYEQUE EPSEL S.A. 012/94 3.Dic.94 5797 (2) (ex Emapal) 5915 OLMOS MUNIC. DIST. 010/94 3.Dic.94 5872 CHICLAYO CTAR LAMBAYEQUE 086/97 23.Set.97 8861 (3) (ex Región Nor Oriental 8869 del Marañón) 8920 LA LIBERTAD LA LIBERTAD SEDALIB S.A. 07/95 14.Mar.95 5801 (5 Unid.) (4) 5803 5890 5909 PACANGA MUNIC. DIST. 071/96 17.Ago.96 8868 LIMA BARRANCA MUNIC. PROV. 03/95 14.Mar.95 5877 (22 Unid.) CAÑETE EMAPA CAÑETE S.A. 023/94 29.Dic.94 5912 HUACHO EMAPA HUACHO S.A. 04/95 14.Mar.95 5870 LIMA SEDAPAL 032/95 2.Ene.95 5769 (16 Unid.) 5788 5789 5790 5792 5798 5799 5805 5809 5867 5894 5895 5896 5897 5898 5899 LIMA SEDAPAL 069/96 7.Ago.96 8860 (3 Unid.) 8911 8977 LORETO ALTO AMAZONAS MUNIC. PROV. 021/95 27.Mar.95 5772 (3 Unid.) LORETO EPS LORETO S.A. 022/94 27.Dic.94 5773 ( 2 Unid.) (ex Seda Loreto) 5775 MADRE DE DIOS TAMBOPATA MUNIC. DIST. 077/96 31.Ago.96 8919 (1 Unid.) MOQUEGUA ILO EPS ILO S.A. (ex SEDAILO) 05/95 14.Mar.95 5771 (2 Unid.) MOQUEGUA EPS MOQUEGUA 015/94 6.Dic.94 5770 PASCO CERRO DE PASCO MUNIC. PROV. 060/96 19.Jul.96 8914 (3 Unid.) OXAPAMPA MUNIC. PROV. 066/96 26.Jun.96 8984 YANAHUANCA MUNIC. PROV. DANIEL A. 065/96 28.Jun.96 8856 CARRION PIURA ORGANOS MUNIC. DIST. 013/94 3.Dic.94 5804 (9 Unid.) PIURA EPS GRAU S.A. 02/95 20.Jul.95 5866 (3) (ex SEDA PIURA) 5869 5908 VICE MUNIC. DIST. 06/95 14.Mar.95 5767 AYABACA MUNIC. DIST. 082/96 12.Dic.96 8867 PIURA CTAR PIURA 085/97 23.Set.97 8859 (3) (ex Región Grau) 8912 8862 PUNO HUANCANE MUNIC. PROV. 067/96 5.Jul.96 8916 (2 Unid.) SANTA LUCIA MUNIC. DIST. 078/96 31.Ago.96 8922 TACNA TACNA EPS TACNA S.A. 014/94 6.Dic.94 5782 (2 Unid.) (ex Emapa Tacna) 5783 TUMBES TUMBES EMFAPATUMBES S.A. 009/94 2.Dic.94 5874 (2 Unid.) 5893 UCAYALI UCAYALI EMAPACOP 08/95 14.Mar.95 5774 (4 Unid.) (3) 5776 5777 YARINACOCHA MUNIC. DIST. 016/94 8.Dic.94 5791 Total = 112 Unidade s 7258 PESQUERIA Autorizan a asociación efectuar investi- gación sin extracción sobre cetáceos en áreas marinas costeras de Pisco y Paracas RESOLUCION DIRECTORAL Nº 127-99-PE/DNE Lima, 27 de mayo de 1999 Visto el Expediente con Registro Nº CE-0024001 de fecha 8 de febrero de 1999, presentado por AREAS COS-TERAS Y RECURSOS MARINOS - ACOREMA, median- te el cual solicita la autorización para efectuar investiga- ción pesquera a través del proyecto "Contribución a los estudios sobre Cetáceos Peruanos"; CONSIDERANDO: Que los Artículos 43º inciso b) numeral 2, 44º, 45º y 46º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, estable- cen que para el desarrollo de la actividad de investigación pesquera, las personas naturales y jurídicas deben contar con la autorización correspondiente otorgada por el Mi- nisterio de Pesquería, la misma que es un derecho especí- fico a plazo determinado, exceptuado del pago de dere- chos y a nivel nacional; Que el Artículo 10º del Reglamento para la Protección y Conservación de Cetáceos Menores aprobado por De- creto Supremo Nº 002-96-PE, precisa que las personas naturales y jurídicas que requieran realizar investiga- ciones sobre cetáceos menores, deberán contar con la autorización del Ministerio de Pesquería; Que los Artículos 17º y 29º de la Ley Nº 26834, esta- blecen que el Estado reconoce y promueve la participación privada en la gestión de las Areas Naturales Protegidas, pudiendo otorgar a través del INRENA o las autoridades competentes a nivel nacional, regional o municipal según sea el caso, entre otros, autorizaciones y permisos para el desarrollo de actividades como la investigación científica básica y aplicada, así como para la educación, el turismo y la recreación en la naturaleza, las que sólo serán auto- rizadas si su desarrollo no afecta los objetivos primarios de conservación del área en la cual se lleven a cabo y se respete la zonificación y condiciones establecidas en el Plan Maestro del área; Que mediante el escrito del visto, la recurrente solicita autorización para realizar investigación sin extracción de especímenes hidrobiológicos, presentando el proyecto "Contribución a los estudios sobre Cetáceos Peruanos", el cual se desarrollará en las áreas marinas costeras de Pisco y Paracas; Que de la evaluación efectuada al proyecto presen- tado por la recurrente se concluye que la investigación que se realizará contribuirá a incrementar el conoci- miento sobre el comportamiento e identificación de los cetáceos en el Perú, a obtener mayor información para su conservación adecuada, mediante el estudio de las especies en su hábitat natural, asimismo los esfuerzos a desplegarse en el campo de la capacitación y difusión al público sobre cetáceos y el ecosistema marino contri- buyen a la conservación de esas especies marinas en consecuencia, habiendo cumplido la recurrente con alcanzar los requisitos exigidos en el Procedimiento Nº 9 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesquería, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-PE, resulta procedente otorgar la autorización solicitada; Estando a lo opinado por la Dirección de Administra- ción y Control Pesquero, el Instituto del Mar del Perú - IMARPE a través de su Oficio Nº DE-100-118-99-PE/IMP de fecha 29 de abril de 1999, y con la visación de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad a lo dispuesto en los Artículos 43º, 44º, 45º y 46º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, el Artículo 10º del Reglamento para la Protección y Con- servación de Cetáceos Menores aprobado por Decreto Supremo Nº 02-96-PE, los Artículos 17º y 29º de la Ley Nº 26834; y, En uso de las facultades conferidas por el Decreto Supremo Nº 010-97-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar autorización para efectuar in- vestigación, sin extracción de especímenes hidrobioló- gicos, a la Asociación AREAS COSTERAS Y RECURSOS MARINOS - ACOREMA, por el período contado a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución hasta el 31 de diciembre del año 2000, para el desarrollo del proyecto "Contribución a los estudios sobre Cetáceos Peruanos", en las áreas marinas costeras de Pisco y Paracas. Artículo 2º.- Los científicos del Instituto del Mar del Perú y del Instituto Tecnológico Pesquero, ten- drán prioridad para la utilización con fines de investi- gación de cetáceos menores muertos atrapados en las redes de pesca o varados en la playa y a orillas de los cuerpos de agua, de acuerdo al Artículo 9º del Regla-