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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JUNIO DEL AÑO 1999 (02/06/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

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Pág. 173808 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 2 de junio de 1999 las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo Nº 021-92-ICTI, Reglamento de Agencias de Viajes y Turis- mo; Que, por error se incluyó a la empresa GUIA TOURS S.R.LTDA. propietaria de la Agencia de Viajes y Turismo GUIA TOURS S.R.LTDA., en tanto que la misma forma parte integrante del Fondo Operativo de la Asociación Peruana de Agencias de Viajes y Turismo - FOROVIT, aprobada por Decreto Supremo Nº 027-93-ITINCI; De conformidad con lo establecido en el Artículo 96º del Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, Texto Unico Orde- nado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exclúyase a la Razón Social GUIA TOURS S.R.LTDA. propietaria de la Agencia de Viajes y Turismo con nombre comercial GUIA TOURS S.R.LTDA. de la Resolución Directoral Nº 054-99-MITINCI/VMT/ DNT por los considerandos expuestos. Artículo 2º.- Transcribir copia de la presente Resolu- ción Directoral a la Municipalidad Provincial de Trujillo y a la Superintendencia Nacional de Administración Tri- butaria para los fines de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIA DEL ROCIO VESGA GATTI Directora Nacional de Turismo 7137 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 063-99-MITINCI/VMT/DNT Lima, 24 de mayo de 1999 Vista, la Resolución Directoral Nº 054-99-MITINCI/ VMT/DNT de fecha 29 de abril de 1999, publicada el 8 de mayo de 1999; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Directoral Nº 054-99-MITINCI/ VMT/DNT se dispuso que diversas empresas, entre ellas JOHNERIK TOURS S.A., propietarias de Agencias de Viajes y Turismo, no podrán desempeñar las funciones de Agencias de Viajes y Turismo por no haber cumplido con las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo Nº 021-92-ICTI, Reglamento de Agencias de Viajes y Turis- mo; Que, por error se incluyó a la empresa JOHNERIK TOURS S.A. propietaria de la Agencia de Viajes y Turis- mo JOHNERIK TOURS S.A. en tanto que la misma forma parte integrante del Fondo de Respaldo Operativo de la Asociación Peruana de Agencias de Viajes y Turismo - FOROVIT, aprobada por Decreto Supremo Nº 027-93- ITINCI; De conformidad con lo establecido en el Artículo 96º del Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, Texto Unico Orde- nado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exclúyase a la Razón Social JOHNERIK TOURS S.A., propietaria de la Agencia de Viajes y Turis- mo con nombre comercial JOHNERIK TOURS S.A. de la Resolución Directoral Nº 054-99-MITINCI/VMT/DNT por los considerandos expuestos. Artículo 2º.- Transcribir copia de la presente Resolu- ción Directoral a la Municipalidad Distrital de Pueblo Libre y a la Superintendencia Nacional de Administra- ción Tributaria para los fines de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIA DEL ROCIO VESGA GATTI Directora Nacional de Turismo 7138RESOLUCION DIRECTORAL Nº 064-99-MITINCI/VMT/DNT Lima, 24 de mayo de 1999 Vista, la Resolución Directoral Nº 054-99-MITINCI/ VMT/DNT de fecha 29 de abril de 1999, publicada el 8 de mayo de 1999; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Directoral Nº 054-99-MITINCI/ VMT/DNT se dispuso que diversas empresas, entre ellas NAO TOUR E.I.R.LTDA., propietarias de Agencias de Viajes y Turismo, no podrán desempeñar las funciones de Agencia de Viajes y Turismo por no haber cumplido con las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo Nº 021-92-ICTI, Reglamento de Agencias de Viajes y Turis- mo; Que, por error se incluyó a la empresa NAO TOUR E.I.R.LTDA. propietaria de la Agencia de Viajes y Turis- mo NAO TOUR E.I.R.LTDA., en tanto que la misma forma parte integrante del Fondo de Respaldo Operativo de la Asociación Peruana de Agencias de Viajes y Turismo - FOROVIT, aprobada por Decreto Supremo Nº 027-93- ITINCI; De conformidad con lo establecido en el Artículo 96º del Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, Texto Unico Orde- nado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exclúyase a la Razón Social NAO TOUR E.I.R.LTDA. propietaria de la Agencia de Viajes y Turis- mo con nombre comercial NAO TOUR E.I.R.LTDA. de la Resolución Directoral Nº 054-99-MITINCI/VMT/DNT por los considerandos expuestos. Artículo 2º.- Transcribir copia de la presente Resolu- ción Directoral a la Municipalidad Metropolitana de Cus- co y a la Municipalidad Distrital del Cusco de la Región Cusco, así como a la Superintendencia Nacional de Admi- nistración Tributaria para los fines de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARIA DEL ROCIO VESGA GATTI Directora Nacional de Turismo 7139 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 065-99-MITINCI/VMT/DNT Lima, 24 de mayo de 1999 Vista, la Resolución Directoral Nº 054-99-MITINCI/ VMT/DNT de fecha 29 de abril de 1999, publicada el 8 de mayo de 1999; CONSIDERANDO: Que, por Resolución Directoral Nº 054-99-MITINCI/ VMT/DNT se dispuso que diversas empresas, entre ellas PUYA TOURS E.I.R.LTDA., propietarias de Agencias de Viajes y Turismo, no podrán desempeñar las funciones de Agencias de Viajes y Turismo por no haber cumplido con las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo Nº 021-92-ICTI, Reglamento de Agencias de Viajes y Turis- mo; Que, por error se incluyó a la empresa PUYA TOURS E.I.R.LTDA. propietaria de la Agencia de Viajes y Turis- mo PUYA TOURS E.I.R.LTDA., en tanto que la misma forma parte integrante del Fondo de Respaldo Operativo de la Asociación Peruana de Agencias de Viajes y Turismo - FOROVIT, aprobada por Decreto Supremo Nº 027-93- ITINCI; De conformidad con lo establecido en el Artículo 96º del Decreto Supremo Nº 02-94-JUS, Texto Unico Orde- nado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Exclúyase a la Razón Social PUYA TOURS E.I.R.LTDA. propietaria de la Agencia de Viajes