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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JUNIO DEL AÑO 1999 (10/06/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 5

Pág. 174059 NORMAS LEGALES Lima, jueves 10 de junio de 1999 Códigos Nºs. Planos Nº 15011893 15011993 ZONAS Distrito Provincia Departamento Escala 15012093 1/50 000 15012593 00 Yurimaguas Yurimaguas Alto Amazonas Loreto ACYU 01 Requena Requena Requena Loreto ACD-REQ 02 Contamana Contamana Ucayali Loreto ACD-CON 03 Iquitos Iquitos Maynas Loreto ACD-IQT 04 Tamshiyacu Tamshiyacu Maynas Loreto CD-TAM 05 Indiana Indiana Maynas Loreto CD-IND 06 Santa Clotilde Napo Maynas Loreto CD-CLO 07 El Alamo Putumayo Maynas Loreto CD-ALA 08 Cabo Pantoja Torres Causana Maynas Loreto CD-PAN 09 Lagunas Lagunas Alto Amazonas Loreto CD-LAG 10 Nauta Nauta Loreto Loreto CD-NAU 11 El Porvenir Nauta Loreto Loreto CD-POR 12 Caballococha Caballococha M. Ramón Castilla Loreto CD-CAB 13 Pebas Pebas M. Ramón Castilla Loreto CD-PEB 14 Petropolis Yavari M. Ramón Castilla Loreto CD-PET 15 San Pablo San Pablo M. Ramón Castilla Loreto CD-PAB 16 Flor de Punga Capelo Requena Loreto CD-FPU 17 Tamanco Emilio San Martín Requena Loreto CD-TCO 18 San Roque Maquia Requena Loreto CD-ROQ 19 Bagazan Sapuena Requena Loreto CD-BAG 20 Sapuena Sapuena Requena Loreto CD-SAP 21 Jenaro Herrera Jenaro Herrera Requena Loreto CD-JEN 22 Angamos Jenaro Herrera Requena Loreto CD-ANG 23 Inahuaya Inahuaya Ucayali Loreto CD-INA 24 Pampa Hermosa Pampa Hermosa Ucayali Loreto CD-HER 25 Tierra Blanca Sarayacu Ucayali Loreto CD-BLA 26 Orellana Vargas Guerra Ucayali Loreto CD-ORE Artículo 3º.- Autorizar al Director General de Elec- tricidad para suscribir, a nombre del Estado, el addéndum al contrato de concesión Nº 031-94 con la concesionaria Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad del Oriente S.A. - ELECTRO ORIENTE S.A. Artículo 4º.- El texto de la presente Resolución Suprema deberá insertarse en la escritura pública a que dé origen el addéndum al contrato de concesión definitiva Nº 031-94. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República DANIEL HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energía y Minas 7630 PRES Aceptan renuncia de Viceministro de Infraestructura RESOLUCION SUPREMA Nº 113-99-PRES Lima, 9 de junio de 1999 Vista, la renuncia presentada por el ingeniero JORGE SU HUAMAN, al cargo de Viceministro de Infraestructu- ra del Ministerio de la Presidencia; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 028-99-PRES, se designó al ingeniero JORGE SU HUAMAN como Viceminis- tro de Infraestructura del Ministerio de la Presidencia; Que, el mencionado funcionario ha presentado su renuncia al referido cargo; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y el Decreto Ley Nº 25515; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Aceptar a partir de la fecha, la renuncia presentada por el ingeniero JORGE SU HUA- MAN, al cargo de Viceministro de Infraestructura delMinisterio de la Presidencia, dándole las gracias por los servicios prestados al Estado. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República VICTOR JOY WAY ROJAS Presidente del Consejo de Ministros EDGARDO MOSQUEIRA MEDINA Ministro de la Presidencia 7634 PESQUERIA Autorizan viaje de profesional del Minis- terio para que asista al Curso "Diploma- do en Riesgo Ambiental", a realizarse en México RESOLUCION SUPREMA Nº 087-99-PE Lima, 9 de junio de 1999 Visto el Oficio Nº 312-99-PE/DIREMA, de fecha 20 de mayo de 1999. CONSIDERANDO: Que mediante comunicación de la Organización de los Estados Americanos - OEA, de fecha 18 de mayo de 1999, el Coordinador de Becas comunicó a las oficinas de la citada institución en los países miembros, el otorgamiento de becas a varios candidatos, entre ellos al ingeniero Jorge Roberto Cánepa La Serna, profesional de la Dirección de Medio Ambiente del Ministerio de Pesquería, para asistir al Curso: "Diplomado en Riesgo Ambiental", a realizarse del 14 de junio al 9 de julio de 1999, en México; Que es de interés para el Ministerio de Pesquería que el mencionado profesional participe en dicho evento, teniendo en consideración que los gastos serán asumidos en forma parcial por las entidades organizadoras del curso; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27013 - Ley de Presupuesto del Sector Público para 1999, Decre-