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Pág. 174064 NORMAS LEGALES Lima, jueves 10 de junio de 1999 ción al Viceministro de Vivienda y Construcción del Mi- nisterio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, para que en su calidad de Presidente del Comité de Gestión de la Iniciativa del Aire Limpio a que se refiere la Resolución Suprema Nº 768-98-PCM, partici- pe en el Taller "Aire Limpio para la Ciudad de México"; Que, el objetivo de dicho evento es reunir a expertos nacionales e internacionales conocedores de la problemática ambiental con la finalidad de evaluar las políticas para abatir la contaminación atmosférica seguidas hasta el momento y perfilar las que deberán instaurarse en la próxima década; Que, entre los temas que se tratarán se encuentran los relacionados a la conformación de programas de calidad del aire en diversas ciudades, salud y medio ambiente, participación ciudadana en los programas ambientales, conocimiento sobre la calidad del aire, cambios climáticos y planeación urbana como componente para resolver el problema de la calidad del aire; Que, por lo expuesto precedentemente debe expedirse el acto administrativo del caso; De conformidad con la Ley Nº 27013, Decreto Ley Nº 25862 y Decretos Supremos Nºs. 053-84-PCM, 074-85- PCM, 031-89-EF, 135-90-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorízase el viaje del arquitecto Eduar- do Chullen Dejo, Viceministro de Vivienda y Construc- ción del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vi- vienda y Construcción, a la ciudad de México, República Federal de México, durante los días 15 al 19 de junio de 1999, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente será con cargo al Presupuesto del Mi- nisterio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ 495.60 Viáticos US$ 1,100.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 25.00 Artículo 3º.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 7632 Otorgan a empresas concesiones para la prestación del servicio público por- tador local y de larga distancia nacio- nal e internacional RESOLUCION MINISTERIAL Nº 240-99-MTC/15.03 Lima, 4 de junio de 1999 Vista la solicitud presentada por LIMATEL S.A., so- bre otorgamiento de concesión para la prestación de los servicios públicos portadores de larga distancia nacional e internacional en la República del Perú; CONSIDERANDO: Que, conforme al TUO de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamen- to General aprobado por Decreto Supremo Nº 006-94-TCC y sus modificatorias, y el Decreto Supremo Nº 007-97-MTC, corresponde a este Ministerio las atribuciones y facultades de administrar, asignar y controlar, entre otros, los servicios públicos portadores de larga distancia nacional e internacional, así como las atribuciones referidas al otorgamiento de las concesiones de éstos, las que se perfeccionan mediante contrato escrito aprobado por resolución del Titular del Sector; Que, habiendo verificado el cumplimiento de los requi- sitos que establece la legislación para el otorgamiento deconcesión de los servicios públicos portadores de larga distancia nacional e internacional, la Unidad Especializa- da en Concesiones de Telecomunicaciones, mediante In- forme Nº 112-99-MTC/15.03.UECT, opina que es proce- dente la solicitud de LIMATEL S.A.; Que, estando a lo expuesto en los anteriores conside- randos, corresponde otorgar la concesión solicitada, apro- bar el contrato de concesión y autorizar su suscripción; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supre- mos Nºs. 013-93-TCC, 006-94-TCC, 007-97-MTC, 005-98- MTC, 020-98-MTC, 021-98-MTC, 022-98-MTC y 002-99-MTC; Con la opinión favorable del Jefe de la Unidad Especia- lizada en Concesiones de Telecomunicaciones y de la Viceministra de Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgar a LIMATEL S.A. concesión para la explotación de los servicios públicos portadores de larga distancia nacional e internacional por el plazo de veinte (20) años en la República del Perú. Artículo 2º.- Aprobar el contrato de concesión a celebrar- se con LIMATEL S.A. para la prestación de los servicios públicos a los que se refiere el artículo precedente, el cual consta de veintiséis (26) cláusulas y un anexo que forman parte integrante de la presente resolución ministerial. Artículo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones para que, en repre- sentación del Ministerio, suscriba el contrato de concesión que se aprueba mediante la presente resolución ministerial. Artículo 4º.- Antes de la suscripción del contrato de concesión, LIMATEL S.A. deberá cumplir con el pago del derecho de concesión, del canon, si corresponde, y de la publicación de esta resolución. Artículo 5º.- La concesión otorgada quedará sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesión no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo máximo de sesenta (60) días calendario computados a partir de la publi- cación de la presente resolución ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 7545 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 242-99-MTC/15.03 Lima, 4 de junio de 1999 Vista la solicitud presentada por TELECONECT S.A., sobre otorgamiento de concesión para la prestación del servi- cio público portador local en la ciudad de Lima, de la provincia de Lima, del departamento de Lima y en la ciudad del Callao de la Provincia Constitucional del Callao; CONSIDERANDO: Que, conforme al TUO de la Ley de Telecomunica- ciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 006-94-TCC y sus modificatorias, y el Decreto Supremo Nº 007-97-MTC, corresponde a este Ministerio las atribu- ciones y facultades de administrar, asignar y controlar, entre otros, el servicio público portador local, así como las atribuciones referidas al otorgamiento de las concesiones de éste, las que se perfeccionan mediante contrato escrito aprobado por resolución del Titular del Sector; Que, habiendo verificado el cumplimiento de los requi- sitos que establece la legislación para el otorgamiento de concesión del servicio público portador local, la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 232-98-MTC/15.03.UECT, opina que es procedente la solicitud de TELECONECT S.A.; Que, estando a lo expuesto en los anteriores conside- randos, corresponde otorgar la concesión solicitada, apro- bar el contrato de concesión y autorizar su suscripción; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC, 006-94-TCC, 007-97-MTC, 005-98-MTC, 022-98-MTC y 002-99-MTC; Con la opinión favorable del Jefe de la Unidad Especia- lizada en Concesiones de Telecomunicaciones y de la Viceministra de Comunicaciones;