Norma Legal Oficial del día 14 de marzo del año 1999 (14/03/1999)


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MORDAZA, MORDAZA 14 de marzo de 1999

NORMAS LEGALES

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Segunda.- Lo dispuesto en el Articulo 2º del presente dispositivo sera de aplicacion al Impuesto Extraordinario de Solidaridad, aprobado por la Ley Nº 26969. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los diez dias del mes de marzo de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA LUNA-VICTORIA MORDAZA Ministro de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales MORDAZA DE LAS MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 3497

Que por consiguiente el recurrente cumple con los presupuestos del Articulo 17º del reglamento precitado al haber habilitado para la actividad agropecuaria con anterioridad a la publicacion de la Ley Nº 26505, 18 de MORDAZA de 1995, los terrenos eriazos objeto de su solicitud; Estando a lo dictaminado por la Oficina de Asesoria Juridica y de conformidad con la Ley Organica del Ministerio de Agricultura, dada por Decreto Ley Nº 25902; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Determinar como eriazo e incorporar al dominio del Estado la superficie de 2.50 ha. del predio denominado "Gramalote" ubicado en el sector Macacona, distrito de Subtanjalla, provincia y departamento de Ica, de acuerdo con el plano catastral y memoria descriptiva que obran en el expediente, disponiendose que la Direccion Regional Agraria de Ica gestione su inscripcion en los Registros Publicos correspondientes. Articulo 2º.- Disponer que el Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural de la Direccion Regional Agraria de Ica, otorgue el respectivo contrato de compraventa a precio de arancel de tierras eriazas del predio "Gramalote", a favor de don MORDAZA MORDAZA MORDAZA Maldonado; devolviendose el expediente a la citada Direccion Regional Agraria para los fines consiguientes. Registrese y comuniquese. MORDAZA DE LAS MORDAZA MORDAZA Ministro de Agricultura 3445 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0184-99-AG MORDAZA, 2 de marzo de 1999 VISTO: El expediente administrativo sobre adjudicacion de terrenos eriazos habilitados para la actividad agropecuaria, ubicados en el distrito de San MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de Ica. CONSIDERANDO: Que don MORDAZA Yberico MORDAZA Doloriet mediante escrito de 1 de junio de 1998, de fojas 01, solicita la adjudicacion de terrenos eriazos denominado "El Progreso", con Unidad Catastral Nº 10708, ubicados en el distrito de San MORDAZA, provincia de MORDAZA, departamento de Ica, manifestando poseerlos y haber realizado inversiones en dicho terreno; Que corre a fojas 28-29, el Informe Tecnico Nº 509-98CTAR-DSRAG-I-PETT-CR, de 11 de agosto de 1998, elaborado por la Coordinacion del Proyecto Especial Titulacion de Tierras y Catastro Rural, elaborado en base a la inspeccion ocular de fecha 31 de MORDAZA de 1998 que establece que se verifico la posesion y conduccion del recurrente, asi como los linderos y medidas perimetricas del predio, las cuales son conformes de acuerdo al plano perimetrico y memoria descriptiva que obran en el expediente; Que el mismo informe senala que el inmueble cuenta con 1.5000 ha. de maiz hibrido, 0.5000 ha. de cultivo de alfalfa, 0.5000 ha. de cultivos de pan llevar, 1.5000 ha. en preparacion para la siembra de algodon, 2.0000 ha. en nivelacion y preparacion para el cultivo de un huerto fruticola de higueras, contando con el recurso hidrico a traves de un MORDAZA donde extraen el agua con molino de viento, existiendo otro MORDAZA donde se extrae el agua con una motobomba, asimismo, cuenta con la instalacion de un galpon para la crianza de aves en 1,500 m2 aproximadamente donde existen viviendas de adobe y material MORDAZA para guardiania y almacen; de manera que se trata de un terreno originalmente eriazo incorporado a la actividad agropecuaria; Que asimismo, mediante Informe Tecnico Ampliatorio de 1 de octubre de 1998, de fojas 33 establece que las tierras han sido habilitadas con anterioridad a la Ley Nº 26505;

Determinan como eriazos y disponen se otorgue contratos de compraventa de predios ubicados en las provincias de Ica y MORDAZA
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0182-99-AG MORDAZA, 2 de marzo de 1999 VISTO: El expediente administrativo sobre adjudicacion de terrenos eriazos habilitados para la actividad agropecuaria, ubicados en el sector Macacona, distrito de Subtanjalla, provincia y departamento de Ica. CONSIDERANDO: Que don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA mediante escrito de 2 de MORDAZA de 1997, de fojas 01, solicita la adjudicacion del terreno MORDAZA denominado "Gramalote" de 2.50 ha., ubicado en el sector Macacona, distrito de Subtanjalla, provincia y departamento de Ica, manifestando conducirlas en forma directa y pacifica y haberlas habilitado a la actividad agropecuaria; Que a fojas 19, corre el Informe Tecnica Nº 547-97RLW-DSRA-I-PETT-CR-ICA, de 7 de noviembre de 1997, que establece que de la confrontacion con los planos y padrones catastrales del Proyecto Especial de Titulacion de Tierras y Catastro Rural de la ex Direccion Subregional Agraria de Ica, se determina que el predio materia de procedimiento se encuentra en una MORDAZA eriaza que no ha sido materia de reversion ni adjudicacion a empresa y/o persona alguna y que por tanto es de libre disponibilidad; Que asimismo, segun el Informe Tecnico Nº 268-98RLW-DSRA-I-PETT.CR-ICA, de 1 de junio de 1998, de fojas 30, elaborado en base a la inspeccion ocular cuya acta obra a fojas 28, se ha constatado que el predio se encuentra en preparacion de terrenos en los contornos, con plantaciones de vid de mas de tres (3) anos de edad y buen estado fitosanitario; Que conforme al Informe Tecnico Nº 385-98-RLWDSRAG-PETT.CR-ICA, de 6 de MORDAZA de 1998, de fojas 38, cuya acta de inspeccion ocular consta a fojas 37, las 2.50 ha. del bien estan habilitadas a la agricultura, existiendo plantas de vid cosecheras de las variedades quebranta y torontel, senalando que los recursos hidricos se obtienen mediante compra de agua subterranea y/o aguas temporales de avenidas; Que el Informe Legal Nº 212-98-OAJ, de 14 de agosto de 1998, de fojas 47, de la Oficina de Asesoria Juridica de la Direccion Regional de Agricultura de Ica, establece en base a lo actuado en el procedimiento que es procedente la aplicacion al caso del Articulo 17º del reglamento de la Ley Nº 26505, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-97-AG;

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