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Pág. 171058 NORMAS LEGALES Lima, domingo 14 de marzo de 1999 Que el Informe Legal Nº 313-98-OAJ-DRA-ICA, seña- la que no existe litis sobre la posesión, conducción o propiedad del predio materia de procedimiento; Que en consecuencia, el recurrente cumple con los presupuestos del Artículo 17º del reglamento de la Ley Nº 26505, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-97-AG, al haber habilitado el predio para la actividad agraria con anterioridad a la publicación de la Ley Nº 26505, 18 de julio de 1995, los terrenos eriazos objeto de solicitud; Estando a lo dictaminado por la Oficina de Asesoría Jurídica y de conformidad con la Ley Orgánica del Ministe- rio de Agricultura, dada por Decreto Ley Nº 25902; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Determinar como eriazo e incorporar al dominio del Estado la superficie de 6.000 ha de terrenos eriazos, denominado "El Progreso" de Unidad Catastral Nº 10708, ubicado en el distrito de San Andrés, provincia de Pisco, departamento de Ica, de acuerdo al plano catas- tral y memoria descriptiva que obra en el expediente, disponiéndose que el Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural gestione su inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble de los Registros Públi- cos correspondientes. Artículo 2º.- Disponer que la dependencia del Proyec- to Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural de la Dirección Regional Agraria de Ica otorgue el respectivo contrato de compraventa a precio de arancel de tierras eriazas a favor de don Walter Yberico Giraldo Doloriet; devolviéndose el expediente al citado órgano desconcentra- do para los fines consiguientes. Regístrese y comuníquese. BELISARIO DE LAS CASAS PIEDRA Ministro de Agricultura 3446 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0185-99-AG Lima, 2 de marzo de 1999 VISTO: El expediente administrativo sobre adjudicación de terrenos eriazos ubicados en el sector de Villacuri, distrito de Salas, provincia y departamento de Ica, incorporados a la actividad agraria seguido por don Paul Víctor Pierret De Weerdt. CONSIDERANDO: Que don Paul Víctor Pierret De Weerdt mediante escrito de 20 de junio de 1997, solicita al amparo del Artículo 17º del reglamento de la Ley Nº 26505, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-97-AG, la adjudicación del terreno denominado "El Congo", ubicado en el sector Villacuri, distrito de Salas, provincia y departamento de Ica, manifestando que viene realizando inversiones agrí- colas en cultivos de espárragos, habilitación de terrenos y construcciones; Que el Informe Técnico Nº 664-98-CTAR-DRAG-I- PETT-CR, de fojas 18, elaborado por el Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural de la Dirección Regional Agraria de Ica establece que el predio objeto de solicitud tiene 3.5000 ha con cultivos de espárragos, 0.5000 ha. de frutales (cítricos, vid, mangos), 1.0000 ha con plantaciones de huarangos cosecheros, 5.0000 ha de te- rrenos nivelados, surcados con instalaciones de sistema de riego, comprendiendo una extensión adjudicable de 10.0000 ha.; Que el citado informe también establece que el predio no ha sido incorporado al dominio del Estado, cuyo plano y memoria descriptiva obran a fojas 19 y 20: Que además el Informe Legal Nº 307-OAJ-DRA-I, de fojas 22, que señala que no existe litis sobre la posesión, conducción o propiedad del predio materia de procedi- miento; Que en consecuencia, el recurrente cumple con los presupuestos del Artículo 17º del reglamento de la Ley Nº26505, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-97-AG, al haber habilitado el predio para la actividad agropecuaria; Estando a lo dictaminado por la Oficina de Asesoría Jurídica y de conformidad con la Ley Orgánica del Ministe- rio de Agricultura, dada por Decreto Ley Nº 25902; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Determinar como eriazo e incorporar al dominio del Estado la superficie de 10.0000 ha. del predio denominado "El Congo", ubicadas en el sector Villacuri, distrito de Salas, provincia y departamento de Ica, de acuerdo al plano y memoria descriptiva que forman parte de la presente resolución, disponiéndose que el Proyecto Especial Titulación de Tierras y Catastro Rural gestione su inscripción en el Registro de la Propiedad Inmueble de los Registros Públicos de Ica. Artículo 2º.- Disponer que la Dirección Regional Agraria de Ica otorgue el respectivo contrato de compra- venta a precio de arancel de tierras eriazas sobre el predio señalado en el artículo anterior, a favor de don Paul Víctor Pierret De Weerdt, remitiéndose el expediente a la citada Dirección Regional Agraria para los fines indicados. Regístrese y comuníquese. BELISARIO DE LAS CASAS PIEDRA Ministro de Agricultura 3447 Nombran Comisión Especial encarga- da de cautelar el cumplimiento de con- trato de locación de servicios celebra- do con sociedad de auditoría RESOLUCION JEFATURAL Nº 028-99-INRENA Lima, 10 de marzo de 1999 Vista la Resolución de Contraloría Nº 008-99-CG de fecha 22 de enero último; CONSIDERANDO: Que, mediante la resolución de visto, la Contralo- ría General de la República ha designado a la Sociedad de Auditoría F. IBERICO & ASOCIADOS CON- TADORES PUBLICOS para examinar los Estados Financieros y otros aspectos operativos del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA, período 1998 según Concurso de Méritos Nº 006-98-CG; y autoriza a que se contrate los servicios profesionales de la indicada Sociedad de Auditoría dentro de las formalidades establecidas en las Bases del Concurso y en el Reglamento de Designación de Sociedades de Auditoría, así como dispone se nombre una Comisión Especial que se encargue de cautelar el cumplimiento del contrato, sin perjuicio de las acciones y verifica- ción que lleve a cabo la Contraloría General; De conformidad con la Ley del Sistema Nacional de Control, dada por Decreto Ley Nº 26162; y, En uso de las facultades previstas en el Artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Recursos Naturales, aprobado por Decreto Supremo Nº 055-92-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- NOMBRASE a la Comisión Especial a que se refiere el Artículo Segundo de la Resolución de Contraloría Nº 008-99-CG del 22.ENE.99, que se encar- gará de cautelar el cumplimiento del contrato de locación de servicios profesionales señalado en la parte considera- tiva de la presente resolución, la cual estará integrada por los siguientes miembros: - DR. FERNANDO CUBA TORRES, Director General de la Oficina de Asesoría Jurídica (e), quien la presidirá;