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Pág. 171062 NORMAS LEGALES Lima, domingo 14 de marzo de 1999 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República DANIEL HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energía y Minas 3504 Autorizan viaje de funcionarios de CEN- TROMIN PERU S.A. para participar en evento a realizarse en Canadá RESOLUCION SUPREMA Nº 042-99-EM Lima, 13 de marzo de 1999 Visto el Oficio PDIR-038-99, de fecha 10 de marzo de 1999, del Presidente del Directorio de la empresa Minera del Centro del Perú S.A. - CENTROMIN PERU S.A., solicitando autorización de viaje para dos funcionarios; CONSIDERANDO: Que, del 14 al 17 de marzo de 1999, se llevará a cabo en Toronto, Canadá, la Convención y Feria Anual Interna- cional 1999, organizado por Prospectors & Developers Association of Canada; Que, CENTROMIN PERU S.A. en su Sesión de Direc- torio Nº 04-99, mediante Acuerdo Nº 19-99, de fecha 25 de febrero de 1999, aprobó el viaje de los Ings. Angel Alvarez Angulo, Gerente General, y Jesús Vilca Masías, Superin- tendente General de la Unidad de Producción de Cerro de Pasco, para que viajen a Toronto, Canadá, del 14 al 18 de marzo de 1999, a fin de que asistan a la convención precitada; Que, en consecuencia es necesario autorizar el corres- pondiente viaje; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 2.5 de la Directiva de Gestión y Proceso Presupuestario apro- bada por Resolución Ministerial Nº 292-98-EF/15; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, el viaje de los Ings. Angel Alvarez Angulo, Gerente General, y Jesús Vilca Masías, Superintendente General de la Unidad de Producción de Cerro de Pasco, de CENTROMIN PERU S.A. a Toronto, Canadá, del 14 al 18 de marzo de 1999, para el fin a que se refiere la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución que ascienden a US$ 5,042.60 (Cinco Mil Cuarentidós y 60/100 Dólares Americanos) serán cubiertos por CENTROMIN PERU S.A., de acuer- do al siguiente detalle: Pasajes (Lima-Miami-Toronto-Miami-Lima) US$ 2,030.60 Viáticos (US$ 220.00 x 5 días x 2) US$ 2,200.00 Inscripción a la Conferencia (US$ 381.00 x 2) US$ 762.00 Tarifa CORPAC (US$ 25.00 x 2) US$ 50.00 ------------ TOTAL US$ 5,042.60 Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República DANIEL HOKAMA TOKASHIKI Ministro de Energía y Minas 3522Modifican resolución referida a servi- dumbre de electroducto de línea otorga- da a favor de empresa RESOLUCION MINISTERIAL Nº 073-99-EM/VME Lima, 22 de febrero de 1999 Visto, el Expediente Nº 21090898, que incluye los documentos con Registro Nº 1212841, presentado por Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. - SEAL, solicitando la modificación de la servidumbre de electroducto de la línea de 33 kV de la Zona 01 Mollendo - Arequipa, en el tramo C.T. Mollendo - Matarani (Circuito Matarani); CONSIDERANDO: Que, Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. - SEAL, empre- sa concesionaria de energía eléctrica, en mérito de la Resolu- ción Suprema Nº 045-94-EM de fecha 5 de agosto de 1994, solicitó la imposición de servidumbre de electroducto de las líneas de 33 kV y de 10 kV de la Zona 01 Mollendo - Arequipa; Que, el Ministerio de Energía y Minas expidió la Resolución Ministerial Nº 317-96-EM/VME de fecha 19 de julio de 1996, imponiendo en vía de regularización la servidumbre de electroducto de las líneas de 33 kV y de 10 kV de la Zona 01 Mollendo - Arequipa, a favor de Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. - SEAL; Que, Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. - SEAL, ha solicitado la modificación de la servidumbre de electroducto de la línea de 33 kV de la Zona 01 Mollendo - Arequipa, en el tramo C.T. Mollendo - Matarani (Circuito Matarani); Que, en virtud de lo dispuesto en el Artículo 110º inciso b) y Artículo 111º de la Ley de Concesiones Eléctricas, es atribución del Ministerio de Energía y Minas imponer con carácter forzoso el establecimiento de las servidumbres que señala la ley y modificar las establecidas; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe favorable Nº 016-99-EM/DGE; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el ítem (1) del CUADRO 01 del Artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 317-96-EM/ VME, en el que se describe la salida y llegada del tramo C.T. Mollendo - Matarani (Circuito Matarani) de la servi- dumbre de electroducto de la línea de 33 kV de la Zona 01 Mollendo - Arequipa, que fue otorgada a favor de Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. - SEAL; quedando modificada dicha servidumbre conforme al siguiente cuadro: CUADRO 01 CIRCUITOS DE 33 kV Exp./ Salida y llegada de Tensión Nº de Longitud Ancho de Código la línea eléctrica KV Ternas (m.) faja (m.) 21090898 (1) C.T. Mollendo - Matarani (Circuito Matarani) 33 1 10 052 11 Artículo 2º.- La presente resolución entrará en vigen- cia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL HOKAMA Ministro de Energía y Minas 2762 Autorizan la suscripción de contrato de concesión para construcción y explotación del reforzamiento de siste- mas eléctricos y prestación de servi- cio de transmisión con empresa RESOLUCION MINISTERIAL Nº 100-99-EM/VME Lima, 10 de marzo de 1999