Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 1999 (31/03/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 31 de marzo de 1999

Articulo 2º.- La presente resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MOUCHARD MORDAZA Superintendente de Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 4245

d) TASA DE LICENCIA ESPECIAL DE FUNCIONAMIENTO (Cuota de marzo). Articulo Tercero.- Encargar a la Direccion de Rentas y Direccion de Presupuesto y Administracion el cumplimiento de lo dispuesto en la presente ordenanza. POR TANTO: Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA DE CAPRIATA Alcaldesa 4263

MUNICIPALIDAD DE BARRANCO

Amplian plazo para el pago de tributos MUNICIPALIDAD DE municipales y vigencia de Beneficio de INDEPENDENCIA Regularizacion Tributaria y Administrativa Aprueban el Regimen Tributario de ORDENANZA MUNICIPAL los Arbitrios de Limpieza Publica, de Nº 015-99-MDB Parques y Jardines y Relleno SanitaBarranco, 25 de marzo de 1999 rio
LA ALCALDESA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BARRANCO POR CUANTO: El Concejo Distrital de Barranco, en sesion ordinaria de la fecha, por unanimidad, y con dispensa del tramite de aprobacion del acta; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ordenanza Municipal Nº 012-99MDB, de fecha 23 de febrero de 1999, se otorgo un Beneficio Especial de Regularizacion Administrativa y Tributaria, cuyo plazo vence el 31 de marzo de 1999; Que, asimismo mediante Decreto de Alcaldia Nº 00599-MDB, se establecieron las fechas de vencimiento de pago de tributos correspondiente al ejercicio presupuestal fiscal 1999, por Impuesto Predial, arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y de Serenazgo, tasa de Licencia de Funcionamiento y tasa de Licencia Especial de Funcionamiento; Que, es politica de la actual gestion municipal otorgar a los contribuyentes del distrito las mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias; y, En uso de las facultades conferidas por los Arts. 36º, Inc. 3), 109º y 110º de la Ley Nº 23853, Organica de Municipalidades, expide la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL Articulo Primero.- Ampliar, hasta el dia sabado 10 de MORDAZA de 1999, inclusive, el plazo de vencimiento del Beneficio de Regularizacion Administrativa y Tributaria, otorgado mediante Ordenanza Municipal Nº 012-99-MDB. Articulo Segundo.- Ampliar, hasta el dia sabado 10 de MORDAZA de 1999, inclusive, el plazo de vencimiento de los siguientes tributos: a) IMPUESTO PREDIAL. b) ARBITRIO DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES Y DE SERENAZGO (Cuotas de enero, febrero y marzo). c) TASA DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO (1er. Trimestre). ORDENANZA Nº 002-99-A-MDI EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA POR CUANTO: El Concejo Distrital de Independencia, en sesion extraordinaria de fecha diecinueve de marzo de mil novecientos noventinueve. CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru reconoce a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; y, otorga potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, Tasas, Arbitrios, Licencias y Derechos Municipales; Que, segun lo establecido en el Articulo 191º de la Constitucion Politica del Estado, en los Gobiernos Locales el Concejo Municipal cumple funcion normativa y lo ejerce; entre otros dispositivos, a traves de Ordenanzas que tiene rango de Ley conforme a lo normado en el Numeral 4) Articulo 200º de la Constitucion y la MORDAZA IV del Codigo Tributario; Que, mediante Ordenanzas Nºs. 001-96-MDI y 005-96MDI., la Municipalidad Distrital de Independencia MORDAZA el regimen tributario de los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos y Relleno Sanitario, respectivamente a fin de financiar y administrar el costo por la prestacion de los mencionados servicios de uso publico; Que, de conformidad con lo establecido en el Articulo 69º de la Ley de Tributacion Municipal, aprobada por Decreto Legislativo Nº 776, modificado y MORDAZA por la Ley Nº 26725, las tasas por Servicios Publicos o arbitrios, se calcularan dentro del primer trimestre de cada ejercicio fiscal, en funcion del costo real del servicio a prestar y se aprueban mediante ordenanza con plazo MORDAZA para su publicacion al 30 de MORDAZA de cada ano; Estando a lo dispuesto por el Articulo Nº 109 y numeral 3) del Articulo 36º de la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades con el MORDAZA mayoritario de los senores Regidores y con la dispensa del tramite de la lectura del Acta, ha dado la siguiente:

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