Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 1999 (31/03/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

MORDAZA, miercoles 31 de marzo de 1999

NORMAS LEGALES

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de pesca; debiendo expedirse el titulo representativo y la MORDAZA de pago de derecho anual, cuya acreditacion mantendra en vigencia al permiso de pesca; Que a traves de la Resolucion Directoral Nº 374-98PE/DNE de fecha 17 de diciembre de 1998 se modifico el Articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 315-97-PE respecto a la embarcacion pesquera denominada posteriormente "SIMON", autorizando a PESQUERA AUSTRAL S.A., el incremento de flota via sustitucion de igual capacidad de bodega con una embarcacion pesquera denominada "SIMON", de 435.93 m3 de capacidad de bodega, con sistema de preservacion RSW, y 326.95 m3 de carga efectiva, para la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta, sardina, jurel y caballa, con destino al consumo humano directo e indirecto, utilizando redes de cerco de 1/2 pulgada (13 mm.) y 1 1/2 pulgadas (38 mm.) de tamano de abertura de malla, segun corresponda; Que mediante el escrito del visto, la empresa AUSTRAL GROUP S.A., quien absorbio mediante fusion a PESQUERA AUSTRAL S.A., solicita permiso de pesca para operar una (1) embarcacion pesquera denominada "SIMON" en la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta, sardina, jurel y caballa, con destino al consumo humano directo e indirecto; Que de la evaluacion efectuada a los documentos proporcionados por la recurrente se ha determinado que ha cumplido con presentar los requisitos exigidos en el Procedimiento Nº 1 correspondiente a la Direccion Nacional de Extraccion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-98-PE, encontrandose la embarcacion pesquera "SIMON" en estado operativo, segun certificacion tecnica alcanzada; asimismo, el volumen de bodega verificado es menor al autorizado en la
NOMBRE DE LA EMBARCACION NUMERO DE MATRICULA CAP. DE BOD. (M3) CARGA EFECTIVA PESCADO 325.38

correspondiente autorizacion de incremento de flota otorgada mediante Resolucion Directoral Nº 374-98-PE/DNE, considerandose actualmente para efectos de la actividad pesquera con un volumen de bodega oficial de 433.84 m3; Estando a lo informado por la Direccion Nacional de Extraccion y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad a lo establecido en el Articulo 43º inciso c) numeral 1, de la Ley General de Pesca, en el Articulo 138º de su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 01-94-PE, y en la Resolucion Ministerial Nº 500-98-PE; y, Con la opinion favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el Articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 315-97-PE modificada por la Resolucion Directoral Nº 374-98-PE/DNE, respecto a la embarcacion pesquera "SIMON" entendiendose que el volumen de bodega es de 433.84 m3 y la carga efectiva de pescado es de 325.38 m3, manteniendose las demas caracteristicas tecnicas. Articulo 2º.- Otorgar permiso de pesca a plazo determinado a AUSTRAL GROUP S.A., para operar la embarcacion pesquera de bandera nacional que se indica, la cual se dedicara a la extraccion de los recursos hidrobiologicos anchoveta, sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano directo e indirecto, utilizando redes de cerco con longitud de abertura de malla de 1/2 pulgada (13 mm.) y 1 1/2 pulgadas (38 mm.), en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) y diez (10) millas costeras, respectivamente, segun se detalla a continuacion:
DESTINO RED MALLA ESPECIE SISTEMA PRESERV.

"SIMON"

CO-18517-PM

433.84

CHD/CHI

CERCO

1/2 - 1 1/2

A/S/J/C

RSW

Articulo 3º.- La vigencia del permiso de pesca otorgado por la presente resolucion esta supeditado a la operatividad de la embarcacion pesquera y al pago por concepto de derecho anual que acredite el armador con la respectiva constancia. Este pago sera abonado por el armador pesquero en el plazo que establezca el dispositivo normativo que fije el monto por dicho concepto. Articulo 4º.- Las operaciones de pesca estan sujetas a lo dispuesto en las normas legales vigentes y a las que se emitan sobre regulacion y ordenamiento pesquero. Articulo 5º.- Incorporar a la embarcacion pesquera referida en el Articulo 2º de la presente resolucion, al literal B) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 500-98-PE y en el Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 501-98-PE. Articulo 6º.- Excluir la autorizacion de incremento de flota otorgada a PESQUERA AUSTRAL S.A., signada con el numero 78 del Anexo II de la Resolucion Ministerial Nº 500-98-PE. Articulo 7º.- Cancelar los permisos de pesca otorgados a traves de la Resolucion Ministerial Nº 284-98-PE

y de la Resolucion Directoral Nº 233-97-PE/DNE modificada por la Resolucion Ministerial Nº 457-98-PE, para operar las embarcaciones pesqueras "ANTICA B", "HARMONY" y "KATICA". Articulo 8º.- Excluir a la embarcacion pesquera "ANTICA B" de Matricula Nº CE-1863-PM, del literal A) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 500-98-PE. Articulo 9º.- Excluir a las embarcaciones pesqueras "HARMONY" y "KATICA" de Matriculas Nºs. CE-1862PM y CE-1865-PM, respectivamente, del literal B) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 500-98-PE. Articulo 10º.- Transcribir la presente Resolucion Ministerial a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Pesqueria de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, Chimbote, Ica, MORDAZA, Ilo y Tacna. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CAILLAUX ZAZZALI Ministro de Pesqueria 4175

Instauran MORDAZA administrativo disciplinario a servidor de la Oficina General de Administracion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 092-99-PE MORDAZA, 26 de marzo de 1999

Visto el Informe Nº 004-98-CPPAD de 28 de octubre de 1998 remitido por el Presidente de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Pesqueria de fecha 28 de octubre de 1998; CONSIDERANDO: Que el Informe Nº 013-98-PE/OGAI, Examen Especial a la Gestion del Comite de Administracion de

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