Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 1999 (31/03/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 31 de marzo de 1999

"Articulo Segundo.- ASIGNAR al MORDAZA, Tercero y MORDAZA Juzgados de Paz Letrados de La MORDAZA, el conocimiento de los Procesos Civiles en tramite hasta la expedicion de la resolucion que ponga fin al MORDAZA, asi como los que se inicien en adelante." "Articulo Tercero.- ASIGNAR al MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de La MORDAZA, el conocimiento exclusivo de los Procesos Civiles y de Familia, que se encuentran en ejecucion de sentencias o resoluciones judiciales firmes." Articulo Cuarto.- DISPONER que las modificaciones de competencia establecidas en la presente resolucion, rigen a partir de la fecha, en consecuencia no se producira desplazamiento de expedientes de un juzgado a otro, permaneciendo los juzgados con los procesos que tiene a su cargo a la fecha, con excepcion del MORDAZA Juzgado de Paz Letrado de La MORDAZA, que a la entrada en vigencia de la presente resolucion administrativa, entregara su carga debidamente inventariada, a los juzgados respectivos y recepcionara las nuevas demandas que ingresan al Modulo de ese Distrito, hasta que nivele su carga con el MORDAZA y Tercer Juzgados de Paz Letrados de La Victoria. Producida la nivelacion entre estos tres Juzgados de Paz Letrados, se repartiran entre ellos las demandas en forma proporcional. Articulo Quinto.- PONER la presente resolucion de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, de la Secretaria Ejecutiva de la misma, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General, de la Supervision de Personal, de la Fiscalia de la Nacion, de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico, de los Senores Magistrados y Administradores de los Modulos Corporativos Manuales de San MORDAZA, Barranco-Miraflores y La MORDAZA, para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese.

declaraciones falsas sobre hechos que deban probarse con el documento mismo, conducente a suplantar la identidad del ciudadano MORDAZA MORDAZA Gomez; Que, el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra la administracion publica y contra la fe publica, en las modalidades de falsedad ideologica y generica, previsto y sancionado en los Articulos 428º y 438º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra quienes resulten responsables, solicitandose al Ministerio Publico y la Direccion de la Policia Nacional del Peru, a fin de que se asuman las investigaciones conducentes a la identificacion del sujeto que ha suplantado al ciudadano MORDAZA MORDAZA Gomez; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado interponga e impulse las acciones legales que correspondan contra quienes resulten responsables, por presunto delito contra la administracion publica y la fe publica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo 2º.- Remitase lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion Jefatural. Registrese, comuniquese y publiquese.

MORDAZA MORDAZA INFANTES MORDAZA Presidente Corte Superior de Justicia de MORDAZA 4242

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Nacional 4253 RESOLUCION JEFATURAL Nº 077-99-JEF/RENIEC MORDAZA, 24 de marzo de 1999 Visto el Informe Nº 046-99-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 12 de febrero de 1999. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentacion sustentatoria del informe del visto se desprende que persona identificada como MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha incurrido en comportamiento de inducir a error a servidor publico al hacer insertar en instrumento publico declaraciones falsas sobre hechos que deban probarse con el documento mismo, conducentes a suplantar la identidad del ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA Valera; Que, el hecho MORDAZA descrito constituye indicio razonable de la comision de presunto delito contra la administracion publica y contra la fe publica, en las modalidades de falsedad ideologica y generica, previsto y sancionado en los Articulos 428º y 438º del Codigo Penal vigente; Que, en atencion al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Publico, a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que interponga las acciones que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador iniciar procesos judiciales contra presuntos responsables de los delitos contra la inscripcion electoral, la administracion y la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 076-99-JEF/RENIEC MORDAZA, 24 de marzo de 1999 Visto el Informe Nº 045-99-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 16 de febrero de 1999. CONSIDERANDO: Que, en virtud de la documentacion sustentatoria del informe del visto se desprende que persona no identificada ha incurrido en comportamiento de inducir a error a servidor publico al hacer insertar en instrumento publico

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