Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE MAYO DEL AÑO 1999 (02/05/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 24

Pág. 172760 NORMAS LEGALES Lima, domingo 2 de mayo de 1999 diente Decreto de Alcaldía, calificando las vías locales que constituyen zonas rígidas, en el distrito de San Isidro; Que, posteriormente se emite el Decreto de Alcaldía Nº 23-98-ALC/MSI de fecha 6.11.98, declarando como zona rígida para el estacionamiento vehicular, algunas vías locales dentro de la jurisdicción de San Isidro; varias de ellas ubicadas en zonas residenciales, con la finalidad de dar mayor fluidez al tránsito; Que, con Informe Nº 90-99-25-DDU/MSI, la Dirección de Desarrollo Urbano, en uso de sus funciones, precisa que la declaración de zonas rígidas prohibiendo el estacionamiento vehicular las 24.00 horas del día, ha creado malestar en los vecinos al verse impedidos de estacionar sus vehículos o de sus invitados, aun en horario nocturno, los fines de semana y días feriados; situación que se agrava por la permanente interven- ción policial (levantamiento, internamiento de vehículo y multa). Tales hechos ameritan restringir en horario y días la prohibición de estacionamiento; Estando a las facultades conferidas por el Artículo 47º inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; DECRETA: Artículo Primero.- Modificar el Artículo 1º del Decreto de Alcaldía Nº 23-98-ALC/MSI, con el texto siguiente: "Declárense como zonas rígidas y/o restringidas para el estacionamiento de vehículos, las avenidas y calles locales, así como las zonas de parqueo en la jurisdicción de San Isidro; en el horario de 07.00 a 19.00 horas de lunes a viernes, a excepción de los días sábados, domingos y feriados." Artículo Segundo.- Encárguese el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, a la Dirección de Desarrollo Urbano, a través de la División de Obras Municipales y Dirección de Seguridad Ciudadana en coordinación con la Policía Nacional del Perú. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GASTON BARUA LECAROS Alcalde 5675 Prorrogan plazo para el cumplimiento de obligaciones tributarias de la Tasa de Licencia de Funcionamiento DECRETO DE ALCALDIA Nº 006-99-ALC/MSI EL ALCALDE DE SAN ISIDRO CONSIDERANDO: Que, el plazo de cumplimiento de las obligaciones tributarias de la Tasa de Licencia de Funcionamiento que vence el 30 de abril de 1999, ha resultado insuficiente para atender a los contribuyentes del distrito de San Isidro; Que, resulta pertinente otorgar mayores facilidades a los contribuyentes en atención a las múltiples solicitudes presentadas para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, motivo por el cual se ha prorrogado el plazo para el pago de las mismas en el distrito de San Isidro; En uso de las facultades que le confiere el inciso 6) del Artículo 47º y el Artículo 111º de la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: Artículo 1º.- PRORROGAR hasta el 14 de mayo de 1999 inclusive, el plazo para el cumplimiento de las obligaciones tributarias derivadas de la Tasa de Licencia de Funciona- miento que vence el 30 de abril del año en curso. Artículo 2º.- Encargar en lo que es propio de su competencia, a la Oficina de Rentas, Oficina de Adminis- tración y la Unidad de Informática, el cumplimiento de la presente norma. Dado en San Isidro, a los 29 días del mes de abril de mil novecientos noventa y nueve. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. GASTON BARUA LECAROS Alcalde 5676Aprueban iniciativa presentada por em- presa para la inversión privada de la construcción y administración de lo- cales en los parques Andrés Avelino Cáceres y Andrés Reyes RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 216-99-ALC/MSI San Isidro, 29 de abril de 1999 EL ALCALDE DE SAN ISIDRO Vista la propuesta de fecha 28.8.98 presentada por CON- SORCIO INMOBILIARIO LOS PORTALES S.A. y reformu- lada con fecha 20.4.99 solicitando aprobación de iniciativa privada y convocatoria a Concurso de Proyectos Integrales para el otorgamiento en concesión para la construcción y administración de locales comerciales en la superficie de los parques Andrés Avelino Cáceres y Andrés Reyes, así como la explotación del anfiteatro existente en el parque Andrés Avelino Cáceres de esta jurisdicción, al amparo de la Orde- nanza Nº 098-96-MLM "Reglamento de las Inversiones Priva- das en Obras de Infraestructura y de Servicios Públicos Locales para la Provincia de Lima" y su modificatoria Orde- nanza Nº 112-97-MML; CONSIDERANDO: Que, según informe técnico de la Dirección de Desa- rrollo Urbano, la iniciativa privada comprende la cons- trucción y administración de locales comerciales, mante- nimiento y conservación de servicios e instalaciones; promoción de espectáculos, seguridad y vigilancia, así como otros servicios, se precisa que la propuesta presen- tada técnicamente es conforme; Que, mediante Informe Nº 181-98-10-PNP/MSI de la Dirección de Planeamiento y Nuevos Proyectos, es proce- dente aprobar la iniciativa privada, puesto que plantea una coyuntura especial y necesaria para la zona; Que, de conformidad al Artículo 12º de la Ordenanza Nº 098-96-MML las personas jurídicas nacionales o ex- tranjeras podrán presentar iniciativas que identifiquen el proyecto a contratar y sus lineamientos generales, tales como la descripción de la obra que pretende ejecutar o el servicio que pretende explotar las posibilidades de finan- ciamiento del proyecto, así como otros lineamientos que permitan identificarlo con claridad, además se adjuntará la descripción de gastos incurridos en su elaboración, la cual tendrá el carácter de declaración jurada; Que, Consorcio Inmobiliario Los Portales S.A. ejer- ciendo su derecho de iniciativa para la inversión privada en la construcción y administración de locales comercia- les en la superficie de los parques Andrés Avelino Cáceres y Andrés Reyes, así como la explotación del anfiteatro ubicado en la superficie del parque Andrés Avelino Cáce- res y mantenimiento total de los parques en mención ha cumplido con las formalidades estipuladas en las Orde- nanzas Nº 098-96 y Nº 112-97-MML; Estando al Informe Nº 241-99-09-OAJ/MSI de la Ofici- na de Asesoría Jurídica; En uso de las facultades conferidas por el Artículo 47º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 23853 y Artículo 13º de la Ordenanza Nº 098-96-MML "Regla- mento de las Inversiones Privadas en Obras de Infra- estructura y en Servicios Públicos Locales en la Provincia de Lima"; RESUELVE: Artículo Unico.- APROBAR la iniciativa para la inver- sión privada presentada por la empresa CONSORCIO IN- MOBILIARIO LOS PORTALES S.A. para la construcción y administración de locales comerciales en la superficie de los parques Andrés Avelino Cáceres y Andrés Reyes, así como la explotación del anfiteatro existente en el parque Andrés Avelino Cáceres y el consiguiente mantenimiento total de ambos parques de esta jurisdicción. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GASTON BARUA LECAROS Alcalde 5674