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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE MAYO DEL AÑO 1999 (04/05/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 10

NORMAS LEGALES Lima, martes 4 de mayo de 1999 Pág. 172790 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Aprueban el Reglamento de la Escuela de Formación de Auxiliares Jurisdiccio- RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 221-99-P-CSJL-PJ Lima, 3 de mayo de 1999 VISTA: La Resolución Administrativa Nº 153-99-P-CSJL-PJ de fecha 5 de marzo último; el Proyecto de Reglamento presentado por la Comisión Encargada de la Organiza- ción de la Escuela de Formación de Auxiliares Jurisdic- cionales de la Corte Superior de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, dentro del proceso de modernización del Poder Judicial la permanente capacitación del operador del derecho constituye objetivo prioritario para la optimiza- ción del servicio de justicia; los magistrados para desem- peñar eficientemente su función requieren necesa- riamente del apoyo de auxiliares jurisdiccionales ade- cuadamente capacitados para la realización de la labor judicial; Que, la Corte Superior de Lima apoyando decidida- mente el proceso de modernización ha emprendido una gran tarea de aprovechamiento de sus propias fortalezas para consolidar los objetivos de la Reforma, en ese sentido ha creado la Escuela de Formación de Auxiliares Jurisdic- cionales, a fin de que los mismos magistrados de esta Corte Superior capaciten al personal que desarrolla esta función; Que, en el presente año, estando al próximo proceso de corporativización del área penal, resulta conveniente iniciar el dictado de la currícula general, al personal que realiza labores en los órganos jurisdiccionales de primera instancia de dicha área; Que, la capacitación de las demás áreas se atenderá, inicialmente en base a la currícula especial de conformi- dad con sus requerimientos; Que, en uso de las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del Artículo 90º de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Reglamento de la Escuela de Formación de Auxiliares Jurisdiccionales de la Corte Superior de Lima, creada por Resolución Adminis- trativa Nº 153-99-P-CSJL-PJ de fecha 5 de marzo del presente año, el mismo que consta de IV Títulos, 31 artículos, una Disposición Transitoria y una Disposición Final, que forman parte integrante de la presente resolu- ción. Artículo Segundo.- APROBAR el Plan de Trabajo Calendario de Actividades para el presente año judicial, que prioritariamente considera: a) La capacitación de los alumnos, que actualmente prestan sus servicios en los distintos órganos jurisdiccio- nales del área penal, quienes previa selección, asumirán funciones en los Módulos Corporativos. b) El desarrollo del Primer Ciclo de la currícula gene- ral, tendrá una duración de dieciséis (16) semanas, desde el día lunes 19 de abril al viernes 20 de agosto del presente año. c) El Segundo Ciclo tendrá una duración de dieciséis (16) semanas, desde el día lunes 31 de agosto al día viernes 17 de diciembre del presente año. d) La capacitación del personal jurisdiccional de las otras áreas (Civil, Laboral y Familia), se desarrollará por currícula especial, que tendrá en cuenta los requeri- mientos que se formulen. Artículo Tercero.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial,de su Secretaría Ejecutiva, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General, de la Gerencia Central de la Reforma y de la Administración Distrital de la Corte Superior de Lima. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. PEDRO ADRIAN INFANTES MANDUJANO Presidente Corte Superior de Justicia de Lima REGLAMENTO DE FUNCIONAMIENTO DE LA ESCUELA DE FORMACION DE AUXILIARES JURISDICCIONALES DE LA CORTE SUPERIOR DE LIMA TITULO I DE LOS OBJETIVOS GENERALES Artículo 1º.- El presente reglamento establece las disposiciones que deben cumplirse para el funcionamien- to de la Escuela de Formación de AUXILIARES JURIS- DICCIONALES, que comprende a trabajadores actuales de la Corte Superior de Justicia de Lima y a los aspirantes a ingresar como trabajadores de apoyo a los órganos jurisdiccionales de esta Corte. Artículo 2º.- La Escuela de Formación de Auxiliares Jurisdiccionales es una institución creada por la Corte Superior de Justicia de Lima y como tal dependiente de aquélla y está dirigida por magistrados en actual servicio, con el propósito de fomentar la capacitación y perfeccio- namiento de los actuales auxiliares jurisdiccionales y asimismo posibilite la composición de un cuadro de aspi- rantes idóneos que en cualquier momento puedan ejercer funciones, a fin de optimizar el servicio de administración de justicia conjuntamente con el operador del derecho, jefe de la dependencia jurisdiccional. Artículo 3º.- La Escuela tiene por objeto mejorar la calidad del apoyo y colaboración de los auxiliares jurisdic- cionales, para que los magistrados de todos los niveles y jerarquías cuenten con personal idóneo, capaz de desarro- llar sus actividades conforme a las exigencias de la fun- ción jurisdiccional. Artículo 4º.- La Escuela de Formación de Auxiliares Jurisdiccionales, incidirá fundamentalmente en el refor- zamiento del aspecto moral de los alumnos, que permita brindar al usuario un servicio que se exprese en eficiencia, eficacia y celeridad . TITULO II DE LOS OBJETIVOS ESPECIFICOS Artículo 5º.- Promover que los auxiliares jurisdiccio- nales asuman las tareas que le fueran encomendadas por el magistrado con la prontitud y eficiencia que debe caracterizarlos, a fin de asegurar éxito en las funciones que realiza su superior inmediato. Artículo 6º.- La Escuela brindará al auxiliar juris- diccional mediante el dictado de clases los elementos básicos para el desarrollo de sus labores que le permitan un desempeño eficiente. Artículo 7º.- La Escuela procurará que el manejo de los expedientes de las diversas materias sean conocidos minuciosamente por el auxiliar jurisdiccional, incenti- vando el aporte de ideas e información, a efectos de que el magistrado cuente con el mayor número de elementos que le permitan emitir resolución. TITULO III FUNCIONES DE LA ESCUELA Artículo 8º.- La Escuela de Formación de Auxiliares Jurisdiccionales de la Corte Superior de Lima, tiene como función: preparar, adiestrar y capacitar a sus auxiliares jurisdiccionales en actividad, así como a los aspirantes a laborar en la Corte Superior de Lima. Artículo 9º.- La Escuela de Formación de Auxiliares Jurisdiccionales funcionará en el local ubicado en el piso 21 del edificio "Javier Alzamora Valdez", e iniciará sus labores académicas a partir de la segunda quincena del mes de abril. Artículo 10º.- La Escuela desarrollará sus labores en ciclos de dieciséis (16) semanas cada uno, en los que se incluye dos semanas de evaluación: en la 1era. semana y 16ava. semana.