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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MAYO DEL AÑO 1999 (09/05/1999)

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Pág. 172997 NORMAS LEGALES Lima, domingo 9 de mayo de 1999 bado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM y el Artículo 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM; SE RESUELVE: Artículo Unico.- PUBLIQUESE, en el Diario Oficial El Peruano, la relación de concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de abril de 1999, de acuerdo a la relación adjunta que forma parte integrante de la presente resolución y para los efectos a que se contraen los Artículos 125º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 25º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE DIAZ ARTIEDA Jefe Institucional 6021 SUNASS Aprueban Estructuras Tarifarias y Cuadro de Equivalencias de Consu- mos Mínimos y Asignaciones de Con- sumos que serán aplicadas por la EPS EMAPICA S.A. RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 449-99-SUNASS Lima, 6 de mayo de 1999 VISTO: El Informe Nº 43-99-SUNASS-IT-T que evalúa la aplica- ción de la Directiva de Reordenamiento Tarifario en la EPS EMAPICA S.A.; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Superintendencia Nº 920- 98-SUNASS, se aprobó la Directiva de Reordenamiento Tarifario que será aplicada en las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento municipales para eliminar gra- dualmente las distorsiones contenidas en el sistema de facturación que se ha venido empleando y poner en práctica los principios del Sistema Tarifario establecidos por la Ley Nº 26338; Que, el informe de evaluación emitido por la Intendencia de Tarifas de la SUNASS recomienda la eliminación de algunas subcategorías de clasificación de usuarios, la reduc- ción de los Consumos Mínimos que se aplican a los usuarios cuyas conexiones cuentan con medidores de consumo, y la aplicación de un nuevo procedimiento para el cálculo del importe a facturar, dando cumplimiento a lo dispuesto por la citada directiva en lo que se refiere a la Primera Etapa del proceso de Reordenamiento Tarifario; Que, la aplicación de lo dispuesto en la presente resolu- ción no modifica las tarifas por metro cúbico que viene aplicando la EPS; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26284 y la Ley Nº 26338 y sus respectivos reglamentos; SE RESUELVE: Artículo 1º. - Aprobar las Estructuras Tarifarias y el Cuadro de Equivalencias de Consumos Mínimos y Asignacio- nes de Consumos por Categorías de Usuarios de acuerdo con lo indicado en los Anexos Nºs. 1.A, 1.B, 1.C, 2.A, 2.B y 2.C, que forman parte de la presente resolución, las mismas que serán aplicadas por la EPS EMAPICA S.A. conforme a lo prescrito en el Artículo 4º de la presente resolución. Artículo 2º.- La EPS EMAPICA S.A. queda prohibida de modificar la Estructura Tarifaria aprobada por la presente resolución. Artículo 3º.- Aprobar el Procedimiento para la determi- nación del importe a facturar por el Servicio de Agua Potable y/o Alcantarillado, que aplicará la EPS EMAPICA S.A. conforme a lo prescrito en el Artículo 4º y de acuerdo con lo indicado en los Anexos Nºs. 3 y 4, que forman parte de la presente resolución. Artículo 4 º.- La aplicación por la EPS EMAPICA S.A. de lo dispuesto en los Artículos 1º y 3º de la presente resolución deberá reflejarse en las facturas que emita a sus usuarios, a partir del 1 de junio de 1999.Artículo 5º.- La EPS EMAPICA S.A. presentará men- sualmente a la SUNASS, un informe detallado sobre la facturación aplicada en los meses de junio, julio y agosto de 1999, en cada localidad administrada, indicando el número de usuarios por categoría, subcategoría y nivel, sus volúme- nes de consumo (leídos, asignados y facturados), así como los importes resultantes de aplicar el procedimiento de factura- ción establecido. Artículo 6º.- Derógase las disposiciones que se opongan a la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE MONCADA MAU Superintendente Anexo Nº 1.A EMAPICA S.A. Estructura Tarifaria para el Servicio de Agua Potable y/o Alcantarillado Localidades de Ica y Los Aquijes A.- Tarifas por el servicio de agua potable CategoríasConsumo Mínimo m3/mesAsignación de Consumo m3/mes1er. Rango de Consumo m3/mes2do. Rango de Consumo m3/mesTarifa 1er. Rango S/. /m3Tarifa 2do. Rango S/. /m3 Doméstico I A 24 30 Doméstico I B 32 40 Doméstico II A 24 30 Doméstico II B 32 40 Doméstico III A 24 30 Doméstico III B 32 40 Doméstico IV A 24 30 0 - 30 31 a más 0,2017 0,4034 Doméstico V A 24 30 Doméstico V B 32 40 Comercial I A 24 30 Comercial I B 64 80 Comercial II A 40 50 Comercial II B 80 100 Industrial I A 64 80 Industrial I B 128 160 Industrial II A 80 100 Industrial II B 160 200 0- 30 31 a más 0,6628 1,3256 0- 30 31 a más 0,5616 1,1232 0- 30 31 a más 0,3268 0,6536 0- 30 31 a más 0,0935 0,1870 0- 30 31 a más 1,0221 2,0442 1,5618 3,1236 0- 50 51 a más 1,2286 2,4572 0 - 100 101 a más 1,7525 3,50500 - 80 81 a más B.- Cargo por el servicio de alcantarillado Equivale al 45% del importe a facturar por el servicio de agua potable. Anexo Nº 1.B EMAPICA S.A. Estructura Tarifaria para el Servicio de Agua Potable y/o Alcantarillado Localidad de Palpa A.- Tarifas por el servicio de agua potable CategoríasConsumo Mínimo m3/mesAsignación de Consumo m3/mes1er. Rango de Consumo m3/mes2do. Rango de Consumo m3/mesTarifa 1er. Rango S/. /m3Tarifa 2do. Rango S/. /m3 Social A 8 10 Social B 16 20 Doméstico A 16 20 Doméstico B 32 40 Comercial I A 24 30 Comercial I B 48 60 Comercial II A 40 50 Comercial II B 80 100 Industrial I A 40 50 Industrial I B 80 100 Industrial II A 80 100 Industrial II B 160 200 Estatal I A 40 50 Estatal I B 80 100 Estatal II A 80 100 Estatal II B 160 200 0 - 20 21 a más 0,7300 1,5200 0 - 30 31 a más 1,2100 2,2300 0 - 50 51 a más 0 - 50 51 a más 2,7400 3,2800 0 - 100 101 a más 0 - 50 51 a más 0,7300 1,5200 0 - 100 101 a más0 - 10 11 a más 0,2923 0,5798