Norma Legal Oficial del día 09 de mayo del año 1999 (09/05/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, MORDAZA 9 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES

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bado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM y el Articulo 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM; SE RESUELVE: Articulo Unico.- PUBLIQUESE, en el Diario Oficial El Peruano, la relacion de concesiones mineras cuyos titulos fueron aprobados en el mes de MORDAZA de 1999, de acuerdo a la relacion adjunta que forma parte integrante de la presente resolucion y para los efectos a que se contraen los Articulos 125º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 25º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA ARTIEDA Jefe Institucional 6021

Articulo 5º.- La EPS EMAPICA S.A. presentara mensualmente a la SUNASS, un informe detallado sobre la facturacion aplicada en los meses de junio, MORDAZA y agosto de 1999, en cada localidad administrada, indicando el numero de usuarios por categoria, subcategoria y nivel, sus volumenes de consumo (leidos, asignados y facturados), asi como los importes resultantes de aplicar el procedimiento de facturacion establecido. Articulo 6º.- Derogase las disposiciones que se opongan a la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MAU Superintendente Anexo Nº 1.A EMAPICA S.A.

SUNASS
Aprueban Estructuras Tarifarias y Cuadro de Equivalencias de Consumos Minimos y Asignaciones de Consumos que seran aplicadas por la EPS EMAPICA S.A.
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 449-99-SUNASS MORDAZA, 6 de MORDAZA de 1999 VISTO: El Informe Nº 43-99-SUNASS-IT-T que evalua la aplicacion de la Directiva de Reordenamiento Tarifario en la EPS EMAPICA S.A.; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de Superintendencia Nº 92098-SUNASS, se aprobo la Directiva de Reordenamiento Tarifario que sera aplicada en las Entidades Prestadoras de Servicios de Saneamiento municipales para eliminar gradualmente las distorsiones contenidas en el sistema de facturacion que se ha venido empleando y poner en practica los principios del Sistema Tarifario establecidos por la Ley Nº 26338; Que, el informe de evaluacion emitido por la Intendencia de Tarifas de la SUNASS recomienda la eliminacion de algunas subcategorias de clasificacion de usuarios, la reduccion de los Consumos Minimos que se aplican a los usuarios cuyas conexiones cuentan con medidores de consumo, y la aplicacion de un MORDAZA procedimiento para el calculo del importe a facturar, dando cumplimiento a lo dispuesto por la citada directiva en lo que se refiere a la Primera Etapa del MORDAZA de Reordenamiento Tarifario; Que, la aplicacion de lo dispuesto en la presente resolucion no modifica las tarifas por metro cubico que viene aplicando la EPS; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26284 y la Ley Nº 26338 y sus respectivos reglamentos; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar las Estructuras Tarifarias y el Cuadro de Equivalencias de Consumos Minimos y Asignaciones de Consumos por Categorias de Usuarios de acuerdo con lo indicado en los Anexos Nºs. 1.A, 1.B, 1.C, 2.A, 2.B y 2.C, que forman parte de la presente resolucion, las mismas que seran aplicadas por la EPS EMAPICA S.A. conforme a lo prescrito en el Articulo 4º de la presente resolucion. Articulo 2º.- La EPS EMAPICA S.A. queda prohibida de modificar la Estructura Tarifaria aprobada por la presente resolucion. Articulo 3º.- Aprobar el Procedimiento para la determinacion del importe a facturar por el Servicio de Agua Potable y/o Alcantarillado, que aplicara la EPS EMAPICA S.A. conforme a lo prescrito en el Articulo 4º y de acuerdo con lo indicado en los Anexos Nºs. 3 y 4, que forman parte de la presente resolucion. Articulo 4º.- La aplicacion por la EPS EMAPICA S.A. de lo dispuesto en los Articulos 1º y 3º de la presente resolucion debera reflejarse en las facturas que emita a sus usuarios, a partir del 1 de junio de 1999.

Estructura Tarifaria para el Servicio de Agua Potable y/o Alcantarillado Localidades de Ica y Los Aquijes A.- Tarifas por el servicio de agua potable
Asignacion 1er. 2do. Consumo de Rango de Rango de Minimo Consumo Consumo Consumo m3/mes m3/mes m3/mes m3/mes 24 30 0- 30 31 a mas 32 40 24 32 24 32 24 24 32 24 64 40 80 64 128 80 160 30 40 30 40 30 30 40 30 80 50 100 80 160 100 200 0 - 100 101 a mas 1,7525 3,5050 0 - 80 81 a mas 1,5618 3,1236 0- 50 51 a mas 1,2286 2,4572 0- 30 31 a mas 1,0221 2,0442 0 - 30 0- 30 31 a mas 31 a mas 0,2017 0,0935 0,4034 0,1870 0- 30 31 a mas 0,3268 0,6536 0- 30 31 a mas Tarifa 1er. Rango S/. /m3 0,6628 0,5616 Tarifa 2do. Rango S/. /m3 1,3256 1,1232

Categorias

Domestico I A Domestico I B Domestico II A Domestico II B Domestico III A Domestico III B Domestico IV A Domestico V A Domestico V B Comercial I A Comercial I B Comercial II A Comercial II B Industrial I A Industrial I B Industrial II A Industrial II B

B.- Cargo por el servicio de alcantarillado Equivale al 45% del importe a facturar por el servicio de agua potable. Anexo Nº 1.B EMAPICA S.A. Estructura Tarifaria para el Servicio de Agua Potable y/o Alcantarillado Localidad de Palpa A.- Tarifas por el servicio de agua potable
1er. 2do. Asignacion Consumo Rango Rango de Minimo de de Consumo m3/mes Consumo Consumo m3/mes m3/mes m3/mes 8 10 0 - 10 11 a mas 16 20 16 32 24 48 40 80 40 80 80 160 40 80 80 160 20 40 30 60 50 100 50 100 100 200 50 100 100 200 0 - 100 101 a mas 0 - 50 51 a mas 0,7300 1,5200 0 - 100 101 a mas 0 - 50 51 a mas 2,7400 3,2800 0 - 50 51 a mas 0 - 30 31 a mas 1,2100 2,2300 0 - 20 21 a mas Tarifa 1er. Rango S/. /m3 0,2923 0,7300 Tarifa 2do. Rango S/. /m3 0,5798 1,5200

Categorias

Social A Social B Domestico A Domestico B Comercial I A Comercial I B Comercial II A Comercial II B Industrial I A Industrial I B Industrial II A Industrial II B Estatal I A Estatal I B Estatal II A Estatal II B

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