Norma Legal Oficial del día 09 de mayo del año 1999 (09/05/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

MORDAZA, MORDAZA 9 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES

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Autorizan a MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito la apertura de agencia en la provincia de MORDAZA MORDAZA
RESOLUCION SBS Nº 0284-99 MORDAZA, 20 de MORDAZA de 1999 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito de MORDAZA para que se le autorice la apertura de una agencia ubicada en el Jr. San MORDAZA Nº 401, distrito de Huamachuco, provincia de MORDAZA MORDAZA, departamento de La Libertad; y, CONSIDERANDO: Que la empresa recurrente ha cumplido con presentar la documentacion pertinente que justifica lo solicitado; Estando a lo informado por el Intendente de Instituciones Financieras "F" mediante Informe Nº ASIF "F"-042-OT/99; y, De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, la Circular SBS Nº CM-184-97; y virtud de la facultad delegada por Resolucion SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar a la MORDAZA Municipal de Ahorro y Credito MORDAZA, la apertura de una agencia ubicada en el Jr. San MORDAZA Nº 401, distrito de Huamachuco, provincia de MORDAZA MORDAZA, departamento de La Libertad. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HEYSEN MORDAZA Superintendenta Adjunta de Banca 5974

- La Direccion Regional de Transportes, Vivienda y Comunicaciones. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA GALDOS MORDAZA Presidente del Consejo Directivo 6037

OSIPTEL
Modifican resolucion que establecio el Regimen de tarifas maximas fijas para el servicio de Transmision de Datos mediante Arrendamiento de Circuitos Virtuales - Frame Relay
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO Nº 009-99-CD/OSIPTEL Tarifas del Servicio de Transmision de Datos mediante Arrendamiento de Circuitos Virtuales-Frame Relay MORDAZA, 7 de MORDAZA de 1999 VISTA: La solicitud de Telefonica del Peru S.A.A. para la fijacion de tarifas maximas fijas para el servicio de Transmision de Datos mediante Arrendamiento de Circuitos Virtuales-Frame Relay contenida en sus cartas GGR.651.A-065-98, GGR.651.A-138-98, GGR.651.A-154-98, GGR.651.A-009-99 y GGR.651.A-037-99. CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion de Consejo Directivo Nº 013-96CD/OSIPTEL se establecio el regimen de tarifas maximas fijas aplicables al servicio de Transmision de Datos mediante Arrendamiento de Circuitos Virtuales-Frame Relay locales de 64 Kbps hasta 2,048 Mbps y nacionales de 64 Kbps hasta 512 Kbps; Que es necesario aprobar tarifas maximas fijas para el servicio de Transmision de Datos mediante Arrendamiento de Circuitos Virtuales-Frame Relay nacionales de 1,024 Mbps y 2,048 Mbps e internacionales de 64 Kbps hasta 2,048 Mbps e incorporar el concepto tarifario de CIR (Committed Information Rate) que es una caracteristica propia de los circuitos virtuales-frame relay y que corresponde a la velocidad minima de transmision garantizada en la hora de mayor carga, aplicable a los servicios locales, nacionales e internacionales; Que en cumplimiento del procedimiento para la regulacion de tarifas maximas fijas para Servicios de Categoria II, establecido en los contratos de concesion de servicios publicos de telecomunicaciones de los cuales es titular Telefonica del Peru S.A.A., OSIPTEL hizo de conocimiento de dicha empresa concesionaria la propuesta de tarifas maximas fijas senalada en el considerando anterior, recibiendose sus comentarios; De conformidad con lo acordado en el Consejo Directivo celebrado el dia 29 de MORDAZA de 1999; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificase el Articulo 2º de la Resolucion Nº 013-96-CD/OSIPTEL, por el texto siguiente: "Articulo 2º.- Establecer las tarifas maximas fijas que se aplicaran al servicio de Transmision de Datos mediante Arrendamiento de Circuitos Virtuales-Frame Relay locales, nacionales e internacionales que incorporan el concepto de CIR (Committed Information Rate - Velocidad de transmision minima garantizada en hora de mayor trafico), la cual es una caracteristica propia de los circuitos virtuales-frame relay, en los niveles que se especifican en el Anexo adjunto, el mismo que forma parte integrante de la presente resolucion.

CONSEJO NACIONAL DEL AMBIENTE
Aprueban la incorporacion de MORDAZA integrante de la CAR MORDAZA
DECRETO DEL CONSEJO DIRECTIVO Nº 04-99-CD/CONAM MORDAZA, 23 de MORDAZA de 1999 CONSIDERANDO: Que el Decreto del Consejo Directivo Nº 001-99-CD/ CONAM crea la Comision Ambiental Regional MORDAZA CAR Arequipa- como organo de coordinacion y concertacion politica ambiental a nivel regional. Estableciendo que se encuentra integrado por 11 instituciones; Que la Resolucion Presidencial Nº 028-99-PCD/CONAM designa a los integrantes de la Comision Ambiental de Arequipa; Que mediante Acuerdo Nº 11-99 del 19 de MORDAZA de 1999, la Comision Ambiental Regional MORDAZA acordo solicitar la incorporacion de la Direccion Regional de Transportes, Vivienda y Comunicaciones; Que mediante Acuerdo Nº 012-99, el Consejo Directivo del Consejo Nacional del Ambiente, aprobo ampliar el numero de miembros de la Comision Ambiental Regional MORDAZA con la incorporacion de la Direccion Regional de Transportes, Vivienda y Comunicaciones; Que de acuerdo con lo establecido en el inciso o) del Articulo 41º del Decreto Supremo Nº 048-97-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Incorporar como MORDAZA integrante de la Comision Ambiental Regional MORDAZA a la siguiente institucion:

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