Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MAYO DEL AÑO 1999 (09/05/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 24

TEXTO PAGINA: 18

Pág. 172994 NORMAS LEGALES Lima, domingo 9 de mayo de 1999 Las tarifas del servicio para Transmisión de Datos me- diante Arrendamiento de Circuitos Virtuales-Frame Relay que se establecen en el presente artículo son adicionales a las tarifas por conexión a la red, instalación y alquiler del circuito digital correspondientes del servicio de arrenda- miento de líneas digitales dedicadas. Asimismo, son aplica- bles las tarifas por los servicios adicionales al arrendamiento de líneas, tales como cambio de protocolo, cambio de veloci- dad, reconexión, traslado, entre otros, cuando éstos sean solicitados." Artículo 2º.- La presente resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Disposiciones Finales y Transitorias Primera.- Telefónica adecuará los contratos vigentes de servicio de transmisión de datos mediante arrendamiento de circuitos virtuales-Frame Relay en función a la Velocidad Mínima de Transmisión Garantizada (CIR) establecida en esta resolución, previa conformidad y con el consentimiento de cada uno de sus arrendatarios, sin perjuicio de mantener sus obligaciones derivadas de sus campañas promocionales vigentes, si el arrendatario así lo decide. Segunda.- A los efectos de lo dispuesto en el párrafo precedente, tanto para el caso de actuales clientes, como en el caso de nuevos clientes, Telefónica del Perú S.A.A. hará de conocimiento de los mismos las características del CIR y sus respectivas tarifas, debiendo comunicar a OSIPTEL del cumplimiento de la presente disposición dentro de los treinta (30) días calendario de su vigencia. Regístrese y publíquese. JORGE KUNIGAMI KUNIGAMI Presidente del Consejo Directivo de OSIPTEL ANEXO Servicio de arrendamiento de circuitos virtuales - Frame Relay Conceptos Tarifas Máximas Fijas en US$ 1. Programación de PVC - Pago por única vez (por extremo de PVC) 30 2. Servicio Local Pagos mensuales independientes del tiempo de conexión 2.1. Según velocidad de transmisión por puerta Hasta 64 Kbps 30 Hasta 128 Kbps 40 Hasta 192 Kbps 50 Hasta 256 Kbps 60 Hasta 384 Kbps 78 Hasta 512 Kbps 94 Hasta 1,024 Mbps 150 Hasta 2,048 Mbps 239 2.2 Por extremo de PVC local con CIR de: 0 Kbps 10 Hasta 8 Kbps 15 Hasta 16 Kbps 23 Hasta 32 Kbps 28 Hasta 48 Kbps 31 Hasta 64 Kbps 34 Hasta 96 Kbps 39 Hasta 128 Kbps 55 Hasta 192 Kbps 70 Hasta 256 Kbps 85 Hasta 384 Kbps 107 Hasta 512 Kbps 134 Hasta 1,024 Mbps 205 Hasta 2,048 Mbps 326 3. Servicio de Larga Distancia Nacional Pagos mensuales independientes del tiempo de conexión 3.1. Según velocidad de transmisión por puerta Hasta 64 Kbps 900 Hasta 128 Kbps 1 035Hasta 192 Kbps 1153 Hasta 256 Kbps 1 278 Hasta 384 Kbps 1 411 Hasta 512 Kbps 1 628 Hasta 1,024 Mbps 2 011 Hasta 2,048 Mbps 2 919 3.2 Por extremo de PVC nacional con CIR de: 0 Kbps 104 Hasta 8 Kbps 213 Hasta 16 Kbps 367 Hasta 32 Kbps 472 Hasta 48 Kbps 510 Hasta 64 Kbps 547 Hasta 96 Kbps 640 Hasta 128 Kbps 805 Hasta 192 Kbps 970 Hasta 256 Kbps 1 135 Hasta 384 Kbps 1 300 Hasta 512 Kbps 1 550 Hasta 1,024 Mbps 1 980 Hasta 2,048 Mbps 2 750 4. Servicio de Larga Distancia Internacional Pagos mensuales independientes del tiempo de conexión 4.1. Según velocidad de transmisión por puerta Hasta 64 Kbps 1 343 Hasta 128 Kbps 1 910 Hasta 192 Kbps 2 407 Hasta 256 Kbps 2 864 Hasta 384 Kbps 3 700 Hasta 512 Kbps 4 468 Hasta 1,024 Mbps 7 166 Hasta 2,048 Mbps 11 702 4.2 Por extremo de PVC internacional con CIR de: 0 Kbps 284 Hasta 8 Kbps 367 Hasta 16 Kbps 449 Hasta 32 Kbps 582 Hasta 48 Kbps 694 Hasta 64 Kbps 821 Hasta 96 Kbps 1 029 Hasta 128 Kbps 1 251 Hasta 192 Kbps 1 649 Hasta 256 Kbps 2 027 Hasta 384 Kbps 2 744 Hasta 512 Kbps 3 426 Hasta 1,024 Mbps 5 947 Hasta 2,048 Mbps 10 491 EXPOSICION DE MOTIVOS 1. Antecedentes Mediante Resolución de Consejo Directivo Nº 013-96-CD/ OSIPTEL se estableció el régimen de tarifas máximas fijas aplicables al servicio de Transmisión de Datos mediante Arrendamiento de Circuitos Virtuales-Frame Relay locales desde 64 Kbps hasta 2,048 Mbps y nacionales desde 64 Kbps hasta 512 Kbps. 2. Situación actual Telefónica ha solicitado la aprobación de tarifas para el caso de Transmisión de Datos mediante Arrendamiento de Circuitos Virtuales-Frame Relay nacionales, para velocida- des que carecían de las tarifas correspondientes, e interna- cionales desde 64 Kbps hasta 2,048 Mbps. Es necesario incorporar el concepto tarifario de CIR (Committed Information Rate), que es una característica propia de los circuitos virtuales-Frame Relay, aplicable a los servicios locales, nacionales e internacionales para todas sus velocidades y que corresponde a la velocidad mínima de transmisión garantizada en la hora de mayor tráfico. 3. Beneficios Con la aprobación de tarifas de la presente resolución, se amplía la gama de velocidades para el caso del servicio de Transmisión de Datos mediante Arrendamiento de Circuitos Virtuales-Frame Relay nacionales, se incorpora los servicios internacionales y se determina para todos los servicios y velocidades el concepto CIR a libre elección de los usuarios, el mismo que hasta la fecha se ofrecía como parte de una