Norma Legal Oficial del día 20 de mayo del año 1999 (20/05/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

MORDAZA, jueves 20 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES

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Direccion de Servicios a la Comunidad y la Unidad de Seguridad Ciudadana y Policia Municipal, en coordinacion con la Division de Control de Actividades Comerciales. Articulo 25º.- La sancion de retiro o decomiso de bienes muebles o mercaderia se efectuara sin la previa Notificacion Preventiva, para lo cual se levantara la respectiva Acta de Decomiso firmada por el Fedatario Municipal y el infractor; en MORDAZA se dejara MORDAZA detallada de los articulos retirados o decomisados, su cantidad o peso, el nombre del propietario o infractor, el estado en que se retiran de circulacion y las circunstancias por la que se decomisan. MORDAZA del Acta se entregara al propietario de los bienes o a su representante. Articulo 26º.- Si los productos decomisados fueran adulterados o constituyeran peligro para la MORDAZA o la salud de las personas, se procedera a la denuncia correspondiente a traves de la Oficina de Asesoria Legal. Son tambien objeto de decomiso transitorio, hasta el pago de la multa correspondiente, los vehiculos motorizados y/o menores que se les encuentre arrojando desechos, residuos solidos o desmonte en la via publica. CAPITULO VIII RECURSOS IMPUGNATORIOS Articulo 27º.- Si el infractor sancionado considera que no ha cometido la falta que se le atribuye o que no ha tenido la oportunidad de ejercer la defensa de sus intereses, podra presentar el recurso de reconsideracion. El plazo para interponer el recurso de reconsideracion es de quince (15) dias contados a partir de la fecha de notificada la Resolucion de Multa Administrativa y Resolucion Directoral. Tratandose de demolicion y/o clausura, se tramitara conforme a lo establecido en el presente reglamento, al Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) y al Texto Unico Ordenado de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-94-JUS y sus modificatorias. Articulo 28º.- Los Directores que emitieron las resoluciones referidas, resolveran en primera instancia los recursos de reconsideracion interpuestos. Articulo 29º.- Para la admision del recurso de Reconsideracion, el infractor debera adjuntar a su escrito nueva prueba. Caso contrario, la Direccion correspondiente procedera a notificarlo para que en el plazo de cuarentiocho (48) horas adjunte la documentacion sustentatoria. De no presentarla en el plazo otorgado se declarara inadmisible. Articulo 30º.- La Unidad de Tramite Documentario y Archivo remitira el expediente a la Direccion que impuso la sancion a fin que evalue los fundamentos de la reconsideracion. Dicha Direccion debera resolver la reconsideracion en un plazo no mayor a treinta (30) dias mediante Resolucion Directoral. En caso que la Resolucion Directoral determine dejar sin efecto la sancion, se procedera a archivar el expediente, remitiendo MORDAZA de la resolucion a la Direccion de Rentas para la quiebra correspondiente. La Unidad de Tramite Documentario y Archivo ademas, bajo responsabilidad, remitira diariamente un listado de las reconsideraciones presentadas contra las sanciones administrativas, a la Direccion de Rentas. Articulo 31º.- El recurso de Apelacion sera interpuesto ante la misma Direccion que resolvio el recurso de Reconsideracion, la misma que en el plazo de veinticuatro (24) horas y bajo responsabilidad elevara lo actuado a Alcaldia. El plazo para interponer el recurso de Apelacion es de quince (15) dias y debera ser resuelto mediante Resolucion de Alcaldia en el plazo MORDAZA de treinta (30) dias. Articulo 32º.- Excepcionalmente se podra interponer el recurso de Revision ante el Concejo, en el plazo de quince (15) dias. Con el Acuerdo de Concejo se pondra fin a la via administrativa. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Facultese al MORDAZA de Los MORDAZA para que mediante Decreto dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicacion del presente reglamento, asi como del MORDAZA Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas.

Segunda.- Cuando el presente reglamento hace referencia a dias, estos se computaran como habiles. Tercera.- El presente reglamento rige a partir del dia siguiente de su publicacion. Cuarta.- Deroguese la Ordenanza Nº 014-96-MDLO. Quinta.- Los reclamos pendientes de solucion se adecuaran al tramite establecido en la presente MORDAZA, remitiendose el expediente administrativo a la instancia correspondiente. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA B. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 6509

Aprueban el MORDAZA de la Municipalidad
ORDENANZA Nº 014-99/CDLO Los MORDAZA, 30 de MORDAZA de 1999 VISTO: En sesion extraordinaria de la fecha, el Dictamen Nº 019-99/MDLO/CEFPP, presentado por la Comision Permanente de Economia, Finanzas, Planificacion y Presupuesto; y, CONSIDERANDO: Que, el Decreto Legislativo Nº 757 - Ley MORDAZA para el Crecimiento de la Inversion Privada, en su Titulo IV, establece las disposiciones orientadas a otorgar seguridad juridica en materia administrativa, entre las que se halla la obligacion de todas las entidades publicas de aprobar y publicar su correspondiente Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA; Que, por Decreto Supremo Nº 094-92-PCM, se ha establecido las disposiciones reglamentarias requeridas para el cumplimiento de la obligacion a que se refiere el considerando anterior; Que, previa coordinacion con las diferentes unidades organicas de la municipalidad que prestan servicios administrativos, se ha actualizado y modificado el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) de esta corporacion edil; Estando a lo dictaminado por la Comision Permanente de Economia, Finanzas, Planificacion y Presupuesto, contando con el MORDAZA UNANIME; y de acuerdo a lo dispuesto en el Articulo 22º del Decreto Legislativo Nº 757 y el Articulo 2º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, por UNANIMIDAD aprobo la siguiente: ORDENANZA Nº 014-99/CDLO SOBRE APROBACION DEL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LOS MORDAZA Articulo Primero.- APROBAR, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA, de la Municipalidad Distrital de Los MORDAZA para el ano 1999, cuyo texto consta de 158 procedimientos administrativos, los cuales forman parte integrante de la presente ordenanza. Articulo Segundo.- LOS ORGANOS de linea y apoyo que prestan directamente los servicios administrativos, quedan obligados a dar cumplimiento de las disposiciones contenidas en el TUPA. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Planificacion, Presupuesto, Racionalizacion y Estadistica, la actualizacion permanente del MORDAZA y a la Direccion Municipal velar por su cumplimiento. Articulo Cuarto.- LA PRESENTE ordenanza municipal entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Quinto.- TRANSCRIBIR, la presente ordenanza a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA y a la Comision de Simplificacion de Acceso al MORDAZA del

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