Norma Legal Oficial del día 21 de mayo del año 1999 (21/05/1999)


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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, viernes 21 de MORDAZA de 1999

VISTO, el Informe Nº 061-99-INPE-CPPAD de fecha 10 de MORDAZA de 1999, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario; CONSIDERANDO: Que, mediante Hoja Informativa Nº 006-98-INPE-DRCOAL, Auditoria Regional Centro Huancayo, comunica el resultado de las acciones de Supervision al Racionamiento del mes de diciembre de 1997 en el Establecimiento Penitenciario de MORDAZA Seguridad Yanamilla - MORDAZA, en torno a supuestas irregularidades en la asignacion de los fondos de alimentacion de internos, desconocimiento del menu semanal y de los S/. 2.00 Nuevos Soles diarios que se les asigna, indicando que los servidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Unidad de Abastecimiento y MORDAZA MORDAZA VIZZI, ex Jefa del Area de Control Previo de la Direccion Regional Centro - Huancayo, como presuntos responsables; Que, de la revision y evaluacion de los documentos que corren en autos, se tiene que la asignacion presupuestal por concepto de racionamiento de internos de diciembre 97 del Establecimiento Penitenciario de MORDAZA Seguridad Yanamilla - MORDAZA, ha sido remitido en un monto menor al solicitado por el Administrador del referido Establecimiento Penitenciario Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cera, un saldo de S/. 1,520.21 Nuevos Soles, para cumplir con sus proveedores, siendo este el motivo por el cual no pueda elaborar su rendicion de cuenta correspondiente a diciembre de 1997; Que, esta negligencia se produce en la asignacion de un menor monto de raciones otorgadas al E.P.M.S. Yanamilla - MORDAZA, siendo el responsable de tales hechos el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de Abastecimiento de la Region Centro, por haber elaborado la orden de compra Nº 371 de fecha 31.DIC.97, autorizando solo un adelanto de S/. 39,617.79 Nuevos Soles, quedando un saldo por reintegrar de S/. 1,520.21 Nuevos Soles de un importe total de S/.41,138.00 Nuevos Soles, monto solicitado que debio remesar oportunamente el ex Jefe de Abastecimiento; Que, a fojas (06), el Administrador del E.P.M.S. Yanamilla - MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, afirma que recepciono el comprobante de Pago Nº 2385 de fecha 31.DIC.97, documento por el cual se giro el cheque de racionamiento Nº 061-9985, correspondiente al mes de diciembre 97, para el pago a diferentes proveedores por un importe de S/. 39,617.79, quedando un saldo por girar de S/ . 1,520.21 Nuevos Soles, importe que se sigue adeudando a los proveedores, desconociendo la demora y el motivo porque no se les giro el total. Este atraso, senala que ha traido consigo no compulsar precios de los productos alimenticios, con la Canasta Basica establecida por el INEI - Ayacucho; Que, a fojas 21 el ex Jefe de la Unidad de Abastecimiento Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, informa que mediante Oficio Nº 259-97-ADM-EPMSY - MORDAZA, de fecha 30.DIC.97, solicita racionamiento por un total de S/ . 19,460 raciones, incluidas las de internos, ninos y Agentes Penitenciarios, habiendo elaborado la Orden de Compra Nº 00871, por el importe de S/. 41,138.00 Nuevos Soles, dandole como adelanto la suma de S/.3 9,617.79 Nuevos Soles, restando una diferencia de S/. 1520.21 Nuevos Soles, para ser cancelado en el mes de enero - 98, importe que a la fecha no se regulariza, manifiesta que el presupuesto para la alimentacion de los diferentes Establecimientos Penitenciarios de la Region Centro del mes de diciembre - 97, asciende a la suma de S/. 102,216.00 y el monto asignado fue de S/. 41,138.00 Nuevos Soles, que era su necesidad real, restandole un saldo de S/. 1,520.21 para ser pagados en el mes de enero - 98, refiere asimismo, que de los S/. 102.00 Nuevos Soles girados, para alimentos de Personas se utilizo S/. 1,304.21 Nuevos Soles, para habilitar al Fondo de Pagos en Efectivo de la Direccion de Logistica; Que, por lo expuesto, se ha evidenciado que existen suficientes elementos de juicio, por los cuales se evidencia que el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Unidad de Abastecimiento, habria incumplido lo dispuesto en los incisos a) y b) del Articulo 21º del Decreto Legislativo Nº 276, concordante con los incisos a), b) y d) del Articulo 28º de la MORDAZA MORDAZA senalada; Estando el Informe de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y con las visaciones de la Oficina General de Asesoria Juridica y de la Oficina de Recursos Humanos; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Resolucion Ministerial Nº 199-98-JUS, Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional Penitenciario y en uso de las facultades conferidas por la Resolucion Suprema Nº 02299-JUS;

Articulo 1º.- INSTAURAR MORDAZA administrativo disciplinario al servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Unidad de Abastecimiento, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente resolucion. Articulo 2º.- El servidor procesado tiene derecho a presentar su descargo escrito y las pruebas convenientes en su defensa, ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios, en el termino que establece la ley. Articulo 3º.- Notifiquese la presente resolucion a traves del Diario Oficial El Peruano, para los efectos legales pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE Presidente 6580

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA DE PORRES
Disponen dejar pendientes la recepcion e inscripcion de lotes de terreno ante los Registros Publicos, solicitadas por empresa
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 479-99-AL/MDSMP San MORDAZA de Porres, 13 de MORDAZA de 1999 VISTO, el Exp. Nº U-043-99, de fecha 10 de marzo de 1999, presentado por la URBANIZADORA PRO S.A., en el que solicita dejar pendientes de inscripcion los lotes del 13 al 21 de la manzana "Q" con 1,053.00 m2, asi como los lotes 20 al 24 de la manzana "V" con 696.00 m2 de la parcela "A" del 7° sector del fundo Pro, ubicado en San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion de Alcaldia Nº 5386, de fecha 16 de diciembre de 1982, se aprobo la inscripcion de areas y linderos entre la urbanizacion propiedad de URBANIZADORA PRO S.A. y la urbanizacion San MORDAZA - Vipol; Que, al hacer la transcripcion a los Registros Publicos de la Resolucion de Alcaldia Nº 5386 que aprueba la compensacion de areas, se inscribe la modificacion de los linderos en la ficha correspondiente a la urbanizacion San MORDAZA - Vipol, mas no en la Ficha Nº 305974 correspondiente a la parcela "A" del 7° sector de propiedad de la URBANIZADORA PRO S.A.; Que, de acuerdo a la esquela de observacion de fecha 18 de enero de 1999, se exige la Escritura Publica de Compensacion a fin de poder realizar la inscripcion de la compensacion de areas; Que, el recurrente ha cumplido con abonar los derechos de pago establecidos en el MORDAZA al presentar el recibo Nº 777800, de fecha 16 de MORDAZA de 1999; Que, siendo procedente lo solicitado por el recurrente y estando con lo senalado en el Informe Nº 005-99-MDSMPCEHU, de conformidad con los Informes de la Division de Obras Privadas y Habilitacion, con la opinion de la Direccion de Desarrollo MORDAZA y Asesoria Juridica y de conformidad con las facultades conferidas por la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 y la Ley General de Habilitaciones Urbanas Nº 26876; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dejar pendientes de recepcion, asi como de inscripcion ante los Registros Publicos los lotes del 13 al 21 de la Mz. "Q" con 1,053.00 m2, asi como los lotes del 20 al 24 de la Mz. "V" con 696.00 m2 de acuerdo al plano signado con el Nº 002-99-MDSMP-CEHU, por ser lotes con areas en compensacion.

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