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Pág. 173433 NORMAS LEGALES Lima, viernes 21 de mayo de 1999 Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la pre- sente resolución en el Diario Oficial El Peruano, en un plazo máximo de 30 días contados a partir de la fecha de notifica- ción de la presente resolución; la publicación estará a cargo de la interesada. Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución a la Oficina Registral de Lima y Callao, para la respectiva inscripción. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GLADYS UGAZ VERA Alcaldesa 6533 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Exoneran de pago por todo concepto a contrayentes de matrimonio civil comu- nitario ORDENANZA Nº 037-MDS Surquillo, 18 de mayo de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO POR CUANTO: El Concejo Distrital de Surquillo, en SESION ORDINA- RIA de la fecha, con el VOTO UNANIME de sus miembros y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, aprobó la siguiente ordenanza: EXONERAN DE PAGOS POR TODO CONCEPTO A CONTRAYENTES EN MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO Artículo Unico.- Exonerar del pago por todo concepto a los contrayentes del matrimonio civil comunitario-bodas de oro, que se realizará en el mes de julio de 1999, como parte del programa celebratorio del 50° Aniversario de creación política del distrito de Surquillo. Encárguese al señor Alcalde la respectiva promulgación. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. GUIDO CASASSA BACIGALUPO Alcalde 6636 Amplían plazo de amnistía general otor- gada en favor de contribuyentes del distrito ORDENANZA Nº 038-MDS Surquillo, 18 de mayo de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO POR CUANTO: El Concejo Distrital de Surquillo, en SESION ORDI- NARIA de la fecha, con el voto de la MAYORIA LEGAL de sus miembros y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, aprobó la siguiente ordenanza:AMPLIAN PRORROGA DE AMNISTIA GENERAL A LOS CONTRIBUYENTES DEL DISTRITO Artículo Primero.- Ampliar hasta el 5 de mayo de 1999 la Amnistía General a los contribuyentes del distrito de Surquillo, dispuesta mediante la Ordenanza Nº 027-99/MDS, de fecha 26 de febrero de 1999. Artículo Segundo.- Encargar el cumplimiento de la presente ordenanza a las Oficinas de Rentas, Administración e Informática, en cuanto les corresponda. Encárguese al señor Alcalde la respectiva promulgación. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. GUIDO CASASSA BACIGALUPO Alcalde 6637 Otorgan diversos beneficios en favor de contribuyentes del distrito y trata- miento especial para deudas de mer- cados ORDENANZA Nº 039-MDS Surquillo, 18 de mayo de 1999 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO POR CUANTO: El Concejo Distrital de Surquillo, en SESION ORDINA- RIA de la fecha, con el voto de la MAYORIA LEGAL de sus miembros y con dispensa del trámite de lectura y aprobación de acta, aprobó la siguiente ordenanza: CONCEDEN DESCUENTO EN PAGO DE ARBITRIOS DE SERENAZGO Y PARQUES Y JARDINES Y OTORGAN INCENTIVOS TRIBUTARIOS POR PRONTO PAGO Y OTROS BENEFICIOS Artículo Primero.- DESCUENTO EN EL PRIMER PAGO DEL SERVICIO DE SERENAZGO Establecer un descuento del 50% en el pago del Servicio de Serenazgo en el primer recibo bimestral (enero, febrero) correspondiente a los arbitrios generados el presente año. Artículo Segundo.- DESCUENTO EN EL ARBITRIO DE PARQUES Y JARDINES Establecer una tasa del 0.15% de la UIT para los contri- buyentes cuyos predios estén ubicados en avenidas y cuyo autoavalúo sea menor a S/. 52,000.00. Artículo Tercero.- INCENTIVO POR PRONTO PAGO A los contribuyentes que optaran por la cancelación de los seis bimestres correspondientes a los arbitrios y/o los cuatros trimestres correspondientes al pago de Licencia de Funcio- namiento de 1999, se les concederá un descuento del 10% sobre el total del tributo correspondiente del presente año y a los contribuyentes que hubieran cancelado el total de sus arbitrios o de Tasa de Licencia de Funcionamiento 1999 antes de la vigencia de la presente, se les reconocerá el mismo beneficio para la cancelación de obligaciones futuras. Artículo Cuarto.- INCENTIVO TRIBUTARIO "CUM- PLE MAS Y PAGA MENOS" Establecer por el presente período el sorteo mensual que premiará con una exoneración del pago de tres recibos correspondientes al concepto de arbitrios del período 1999 a las personas naturales ganadoras y con dos recibos de pago a las empresas. El sorteo público se llevará a cabo entre todas las personas que se encuentren al día en el pago de sus tributos hasta 1998. Las bases del sorteo serán establecidas por la Dirección de Rentas. Artículo Quinto.- TRATAMIENTO ESPECIAL DE DEUDAS DE MERCADOS HASTA 1998 Otorgar a la fecha un tratamiento especial a las deudas administrativas y tributarias de los puestos y tiendas de mercados generadas hasta el 31-12-98. El mismo que será como sigue: