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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE MAYO DEL AÑO 1999 (27/05/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 39

Pág. 173609 NORMAS LEGALES Lima, jueves 27 de mayo de 1999 Oficina Descentralizada, sean empleados exclusivamen- te para los fines que fueron asignados o adquiridos. e) Evitarán actos que comprometan su transparencia y neutralidad. f) No obligarán ni inducirán al personal que se en- cuentra a su cargo, a cometer actos que transgredan las normas electorales, legales o administrativas, cuya es- tricta aplicación le corresponde cautelar. g) No contratarán para el servicio de la Oficina Des- centralizada, a sus parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad y por razón de matrimonio. h) Brindarán un trato justo e igualitario a la ciudada- nía, con cortesía, amabilidad y buena educación. De igual forma observarán buen trato y lealtad hacia los superio- res y compañeros de trabajo, haciendo prevalecer el principio que rige a ONPE, ser servidores de la comuni- dad. i) Directa o indirectamente, ni para sí ni para terceros, solicitarán, aceptarán o admitirán dinero, dádivas, bene- ficios, regalos, favores, promesas, agasajos u otras venta- jas para hacer retardar o dejar de hacer tareas relativas a sus funciones. j) Están obligados a denunciar ante su superior y/o las autoridades correspondientes, los actos delictivos o de inmoralidad de los que tuviera conocimiento con motivo o en ocasión del ejercicio de sus funciones. k) Están impedidos de realizar, en su centro de traba- jo, actividades ajenas a las funciones asignadas o que no cuenten con la autorización correspondiente. l) Están obligados a permanecer en su circunscripción electoral, excepto cuando su desplazamiento a otra haya sido debidamente autorizado. Artículo 3º.- Son normas de conducta personal de todo jefe de la Oficina Descentralizada de Procesos Elec- torales: a) Cuidar que su vida privada sea conducida con decoro y honradez. b) Que su presentación personal, esté de acuerdo a las circunstancias en que desempeñan las funciones. c) Que su concurrencia a determinados lugares no comprometa su imagen personal. Artículo 4º.- Las normas de este Código de Etica, son de estricto cumplimiento también para los Supervisores Electorales y personal de la ODPE, en lo que fuere de aplicación. Artículo 5º.- El incumplimiento e infracciones a las normas contenidas en el presente Código de Etica, darán lugar a la declaración de falta de idoneidad ética para desempeñar funciones en la Oficina Nacional de Procesos Electorales, sin perjuicio de las acciones legales y admi- nistrativas que podrían derivarse de tal acción. Artículo 6º.- La aplicación de lo dispuesto en el artí- culo anterior corresponde a la Jefatura Nacional de la ONPE, luego del informe que debe emitir la Gerencia de Control Interno y Auditoría. 6805 COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Encargan el Despacho de la Fiscalía Suprema de Control Interno a magis- trado adjunto RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 377-99-MP-CEMP Lima, 26 de mayo de 1999VISTO Y CONSIDERANDO: El Oficio Nº 419-99-MP-F.SUPR.C.I. cursado por el doctor Dante Augusto Oré Blas, Fiscal Supremo Provi- sional de la Fiscalía Suprema de Control Interno, comu- nicando que del 24 al 28 de los corrientes, realizará una visita ordinaria de control al Distrito Judicial de Ayacu- cho y que el doctor Jorge Eduardo Maldonado Vergara, Fiscal Adjunto Supremo quedará a cargo de su Despacho; y estando al Acuerdo Nº 3254 adoptado por unanimidad por la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público en sesión de la fecha, con dispensa de la lectura del acta, dejándose constancia que el señor doctor Pedro Pablo Gutiérrez Ferreyra, Fiscal Supremo Titular y Miembro de la Comi- sión Ejecutiva del Ministerio Público, se encuentra de licencia; y en uso de las atribuciones conferidas por las Leyes Nºs. 26623, 26695, 26738 y 27009; SE RESUELVE: Artículo Primero.- En vía de regularización, encar- gar del 24 al 28 de mayo de 1999 el Despacho de la Fiscalía Suprema de Control Interno al doctor Jorge Eduardo Maldonado Vergara, Fiscal Adjunto Supremo, por la visi- ta del Fiscal Supremo Provisional al Distrito Judicial de Ayacucho. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presen- te resolución a los señores, Presidente de la Corte Supre- ma de Justicia de la República, Presidente del Consejo de Coordinación Judicial, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Presidente de la Comisión Ejecutiva del Poder Judicial, Jefe de la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Secretario Ejecutivo de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público y Titular del Pliego, Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalía Supre- ma de Control Interno y del Fiscal mencionado en el artículo precedente, para los fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. BLANCA NELIDA COLAN MAGUIÑO Fiscal Suprema y Presidenta de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público ANGEL RAFAEL FERNANDEZ HERNANI BECERRA Fiscal Supremo (P) - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público MARIO DAVID ZEGARRA MARIÑAS Secretario Ejecutivo - Miembro de la Comisión Ejecutiva del Ministerio Público 6907 Dan por concluida designación de ma- gistrada adjunta provisional a que se refieren las RR. Nºs. 854-94-MP-FN y 069-99-MP-CEMP RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 378-99-MP-CEMP Lima, 26 de mayo de 1999 VISTO Y CONSIDERANDO: El Oficio Nº 416-99-MP-F.SUPR.C.I de fecha 21 de mayo de 1999, cursado por el doctor Dante Augusto Oré Blas, Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalía Suprema de Control Interno, remitiendo el Informe Nº 002-99-MP- F.SUPR.C.I-C.A.V.E., suscrito por el doctor Pedro Abra- ham Chávez Riva Castañeda, Fiscal Adjunto Supremo, Presidente de la Comisión "A" de Procesos de la Fiscalía Suprema de Control Interno y los actuados correspon- dientes, respecto a la Visita Extraordinaria efectuada en la Décimo Quinta Fiscalía Provincial Penal de Lima, en