Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 1999 (27/05/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 48

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NORMAS LEGALES
DICE: De 11 m2 a 30 m2 DEBE DECIR: De 11 m2 a 30 m2 6843

MORDAZA, jueves 27 de MORDAZA de 1999

las Municipalidades Distritales en materia tributaria, que atenta contra la autonomia de las mismas; Que, "la modernizacion autoritaria es centralista. Concentra cada vez mas el poder. Invade los fueros de otros poderes del Estado. Debilita a los Gobiernos Locales. Busca controlarlos. Invade sus fueros y competencias. Limita las libertades. Invade la autonomia de instituciones y la MORDAZA privada de los ciudadanos. La modernizacion democratica es descentralista. Transvasa poder. Desconcentra. Fortalece y promueve la autonomia e independencia de las instituciones del Estado. Fortalece a los Gobiernos Locales. Respeta sus fueros y competencias. Promueve la organizacion de las instituciones de la sociedad civil. Respeta las libertades y los derechos civiles y humanos de los ciudadanos. Los Gobiernos Locales, segun la nueva Constitucion gozan de autonomia economica, administrativa y politica. Es preciso que lo expresado en la Constitucion no se convierta en letra muerta y que la nueva Ley Organica de Municipalidades desarrolle los preceptos constitucionales, de forma tal que los Gobiernos Locales se conviertan en verdaderos protagonistas de la modernizacion de nuestro pais" (Andrade MORDAZA Alberto. Temas Municipales. Pags. 9 y 10. Gaceta Juridica, 1997); Que, finalmente cabe senalar que la Municipalidad Distrital de Chaclacayo en ejercicio de la autonomia politica, economica y administrativa, reconocida por la Constitucion Politica del Estado, emitira las respectivas disposiciones municipales, que dentro del MORDAZA constitucional y legal vigente, permitan regular los asuntos de indole tributaria, cuya competencia se encuentra reconocida por la Constitucion Politica del Estado; En uso de las atribuciones conferidas por el Art. 109º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; ORDENA: Articulo 1º.- DECLARAR la inaplicabilidad de la Ordenanza Nº 211 de fecha 28 de enero de 1999 de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA en la jurisdiccion de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo, en el extremo que sujeta a ratificacion las ordenanzas que en materia tributaria aprueba el Concejo Municipal de Chaclacayo, por lo expuesto en la parte considerativa de la presente ordenanza. Articulo 2º.- SOLICITAR al Poder Ejecutivo la modificacion del inciso c) del Art. 32º del D.S. Nº 094-92-PCM, por vulnerar su actual texto la autonomia de las Municipalidades Distritales. Articulo 3º.- DISPONER que la Secretaria General remita MORDAZA certificada de la presente ordenanza a la Presidencia de la Republica, al Congreso de la Republica, a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, a la Defensoria del Pueblo, a la Contraloria General de la Republica, al INDECOPI y al Tribunal Fiscal. Articulo 4º.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente ordenanza a todas las dependencias administrativas de la Municipalidad Distrital de Chaclacayo. Dispensado del tramite de aprobacion del acta. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Alcaldesa 6919

En el Articulo Decimo Tercero

208% UIT

0.8% UIT

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO
Aprueban prorroga de amnistia otorgada para el pago del Impuesto Predial y Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Relleno Sanitario
ORDENANZA Nº 013-99/MVMT MORDAZA MORDAZA del Triunfo, 17 de MORDAZA de 1999 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO POR CUANTO: En sesion ordinaria de Concejo de fecha 17 de MORDAZA de 1999, bajo la Presidencia del senor MORDAZA Distrital, Dr. MORDAZA Ipenza Pacheco; y asistencia de los senores Regidores, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA C., Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA Yrribarren MORDAZA, Srta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Sr. MORDAZA MORDAZA Rios; se trato sobre la Ordenanza Nº 010-99/MVMT de fecha 15 de MORDAZA de 1999 sobre la prorroga de la Amnistia Tributaria; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 010-99/MVMT de fecha 15 de MORDAZA de 1999 se concede la prorroga de una Amnistia Tributaria en favor de los contribuyentes de la jurisdiccion del distrito de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, a partir del 15.ABRIL.99 hasta el 14.MAYO.99, para el pago de los tributos de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Relleno Sanitario, de 1994 a 1998; Que, los contribuyentes vienen mostrando especial responsabilidad, lo que justifica se prorrogue el plazo del mismo en forma prudencial y equitativa; De conformidad con los Articulos 36º, Inc. 3) y 110º de la Ley Nº 23853 - Organica de Municipalidades; asi como Decreto Legislativo Nº 776 sobre Tributacion Municipal; y con el MORDAZA unanime de los senores Regidores; se aprobo la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- APROBAR la prorroga de la Ordenanza Nº 010-99/MVMT de fecha 15 de MORDAZA de 1999, hasta el 30 de junio de 1999. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Oficina de Rentas y Unidad de Imagen Institucional, respectivamente, el estricto cumplimiento de la presente ordenanza. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA IPENZA MORDAZA MORDAZA 6918

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
FE DE ERRATAS ORDENANZA Nº 146-99-CDSB-C Por Oficio Nº 120-99-CDSB-SG la Municipalidad de San MORDAZA solicita se publique Fe de Erratas de la Ordenanza Nº 146-99-CDSB-C, publicada en nuestra edicion del dia 22 de MORDAZA de 1999, en la pagina 173466.

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