Norma Legal Oficial del día 28 de mayo del año 1999 (28/05/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 28 de MORDAZA de 1999

Articulo 10º, inciso g), establece como una de las funciones y atribuciones del Jefe del SENASA designar a los representantes de dicha institucion ante las respectivas Direcciones Regionales y Subregionales del Ministerio de Agricultura, en concordancia con el Articulo 20º, el cual establece que el Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, cuenta con Organos Desconcentrados a nivel Regional y Subregional; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 070-98-AGSENASA, de fecha 24 de junio de 1998, se designo a la Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Coordinadora Subregional del SENASA - Tacna; Que mediante Resolucion Jefatural Nº 082-97-AG-SENASA, de fecha 31 de diciembre de 1997, se designo, entre otros, al Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Coordinador Subregional del SENASA - Moquegua; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25902 - Ley Organica del Ministerio de Agricultura y por el Decreto Supremo Nº 24-95-AG, Reglamento de Organizacion y Funciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por la Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Coordinadora Subregional del SENASA - Tacna, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2º.- Dar por concluida a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion Jefatural, la designacion del Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Coordinador del SENASA - MORDAZA, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 3º.- Designar a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion Jefatural, al Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Coordinador del SENASA Tacna. Articulo 4º.- Designar a partir de la fecha de publicacion de la presente Resolucion Jefatural, al Ing. MORDAZA MORDAZA MOSTAJO OCOLA, como Coordinador del SENASA - Moquegua. Articulo 5º.- El costo que demande el cumplimiento de la presente resolucion sera con cargo al presupuesto del Servicio Nacional de Sanidad Agraria. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CARBONELL MORDAZA Jefa Servicio Nacional de Sanidad Agraria 6922

bra, matada y quema en los valles de la costa peruana; asimismo, siendo la MORDAZA Disposicion Complementaria del mencionado Texto Unico Ordenado, la que faculta al SENASA para modificar mediante Resolucion Jefatural, las fechas establecidas en el citado articulo, acorde con las condiciones ecologicas, hidrologicas, agrometeorologicas y fitosanitarias que se presentan en los distintos valles de la costa peruana; Que, la Comision Ad Hoc encargada de supervisar el cumplimiento del Reglamento del Cultivo del Algodonero en el MORDAZA de Canete, mediante su Informe Tecnico Nº 001, de fecha 17 de MORDAZA de 1999, ha llegado a la conclusion de que las fechas limites para las labores de siembra, matada y quema, establecidas por el MORDAZA citado Texto Unico Ordenado, para el cultivo del algodonero, no se ajustan a las condiciones termicas e hidrologicas del citado valle; Que en consecuencia, resulta necesario modificar las fechas limites para las labores de siembra, matada y quema de manera definitiva en MORDAZA a las condiciones hidrologicas y agrometeorologicas, a fin de otorgar las mejores condiciones para un optimo desarrollo del cultivo del algodonero en el MORDAZA de Canete; y, Con las visaciones de la Direccion General de Sanidad Vegetal y de la Oficina General de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar las fechas limites de siembra, matada y quema para el cultivo del algodonero en el MORDAZA de Canete, establecidas en el Articulo 3º del Texto Unico Ordenado del Cultivo del Algodonero para los valles de la costa peruana, aprobado por Resolucion Ministerial Nº 25194-AG, tal como se detalla a continuacion: Siembra : 15 agosto al 30 setiembre Matada : 15 MORDAZA al 30 MORDAZA Quema : 1 junio al 30 junio Articulo 2º.- Lo establecido en el articulo precedente entrara en vigencia el dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion. Articulo 3º.- Los infractores a lo dispuesto en la presente resolucion, seran sancionados conforme a lo establecido en el inciso a) del Articulo 31º del TUO del Reglamento del Cultivo del Algodonero para los valles de la costa peruana. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA CARBONELL MORDAZA Jefa Servicio Nacional de Sanidad Agraria 6923

Modifican fechas limites de siembra, matada y quema para el cultivo del algodonero en el MORDAZA de Canete
RESOLUCION JEFATURAL Nº 066-99-AG-SENASA MORDAZA, 26 de MORDAZA de 1999 VISTO: La Carta Nº 008/99-AG-COSAGRA-Canete, de fecha 17 de MORDAZA de 1999, mediante la cual el Comite de Sanidad Agraria - COSAGRA Canete, a traves de su Presidente, Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y Tesorero, Ing. MORDAZA Baumann MORDAZA, solicita que se modifique de manera definitiva las fechas limites de siembra, matada y quema del cultivo del algodonero en el MORDAZA de Canete; El Oficio Nº 677-99-AG-SENASA-LIMA CALLAO y el Informe Nº 013-99-AG-SENASA LIMA-CALLAO-USPIRV, de fecha 18 de MORDAZA de 1999, mediante los cuales la Coordinacion del SENASA Lima-Callao opina favorablemente a lo solicitado por el COSAGRA-Canete; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 3º del Texto Unico Ordenado del Reglamento del Cultivo del Algodonero para los Valles de la Costa Peruana, aprobado mediante Resolucion Ministerial Nº 0251-94-AG y modificada por la Resolucion Ministerial Nº 443-97-AG, fija las fechas de siem-

ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban operacion de endeudamiento externo destinada a financiar parcialmente el Proyecto de Agua Potable y Saneamiento de la MORDAZA de MORDAZA
DECRETO SUPREMO Nº 086-99-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27012, Ley de Endeudamiento Externo del Sector Publico para 1999, se autoriza al Gobierno Central a acordar o garantizar operaciones de Endeudamiento Externo hasta por un monto equivalente a US$ 3 200 000 000,00 (TRES MIL DOSCIENTOS MILLONES Y 00/100 DOLARES AMERICANOS); Que, en el MORDAZA de la citada autorizacion, la Republica el Peru acordara un prestamo con el Kreditanstalt fur Wiederaufbau, Frankfurt am Main -KfW-, hasta por la

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