Norma Legal Oficial del día 28 de mayo del año 1999 (28/05/1999)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 3

MORDAZA, viernes 28 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES

Pag. 173621

suma de DM 20 000 000,00 (VEINTE MILLONES Y 00/100 MORDAZA ALEMANES), destinado a financiar, parcialmente, el Proyecto de Agua Potable y Saneamiento de la MORDAZA de MORDAZA, a ser ejecutado por la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de MORDAZA Sociedad Anonima - E.P.S. Sedacaj S.A.; Que, la indicada operacion de Endeudamiento Externo ha cumplido con los requisitos establecidos en el Articulo 16º de la Ley Nº 27012; Que, sobre el particular han opinado favorablemente la Direccion General de Credito Publico y la Oficina de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 5 y la Ley Nº 27012; y, Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Articulo 1º.- Apruebase la operacion de Endeudamiento Externo a ser acordada entre la Republica del Peru y el Kreditanstalt fur Wiederaufbau, Frankfurt am Main -KfW-, hasta por la suma de DM 20 000 000,00 (VEINTE MILLONES Y 00/100 MORDAZA ALEMANES), destinada a financiar, parcialmente, el Proyecto de Agua Potable y Saneamiento de la MORDAZA de Cajamarca. El prestamo sera cancelado en un plazo total de treinta (30) anos que incluye 10 anos de MORDAZA, mediante cuotas semestrales, sustancialmente iguales y consecutivas, devengando una tasa de interes del 2% anual y una comision de compromiso del 0,25% anual sobre el saldo del prestamo no desembolsado. Articulo 2º.- La Unidad Ejecutora del Proyecto de Agua Potable y Saneamiento de la MORDAZA de MORDAZA sera la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de MORDAZA Sociedad Anonima - E.P.S. Sedacaj S.A. Articulo 3º.- Autorizase al Ministro de Economia y Finanzas o a quien el designe, a suscribir en representacion de la Republica del Peru, el Contrato de Prestamo y de Ejecucion del Proyecto derivado de la operacion de Endeudamiento Externo que se aprueba por el Articulo 1º de esta MORDAZA legal, asi como al Director General de Credito Publico del Ministerio de Economia y Finanzas a suscribir los documentos que se requieran para implementar la citada operacion. Articulo 4º.- El Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion General de Credito Publico, trasladara a la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de MORDAZA Sociedad Anonima - E.P.S. Sedacaj S.A., los recursos provenientes de la operacion de Endeudamiento Externo que se aprueba por el presente dispositivo legal, mediante un Convenio de Traspaso, el cual contara como anexo con un Convenio de Gestion suscrito entre la E.P.S. Sedacaj S.A. y el Ministerio de la Presidencia. El mencionado Convenio de Traspaso sera aprobado por Resolucion Ministerial de Economia y Finanzas. Articulo 5º.- El servicio de amortizacion, intereses, comision y demas gastos que ocasione la presente operacion de Endeudamiento Externo, seran atendidos por el Ministerio de Economia y Finanzas, con cargo a los recursos que para tal efecto proporcionara, oportunamente, la Empresa Prestadora de Servicios de Saneamiento de MORDAZA Sociedad Anonima - E.P.S. Sedacaj S.A. Articulo 6º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas y por el Ministro de la Presidencia. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de MORDAZA de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de la Presidencia 6994

ENERGIA Y MINAS
Aprueban transferencia de Concesion Definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica a favor de empresa
RESOLUCION SUPREMA Nº 074-99-EM MORDAZA, 27 de MORDAZA de 1999 VISTO: El Expediente Nº 14015593-01, organizado por Empresa de Generacion Electrica Cahua S.A. (actualmente denominada Empresa de Generacion Electrica Pariac S.A.) y la solicitud de transferencia de Concesion Definitiva de Transmision de energia electrica a favor de la Empresa de Generacion Electrica Cahua S.A. (Cahua S.A.), constituida como consecuencia de la escision de la primera de las nombradas; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 041-95-EM, de fecha 16 de junio de 1995, se otorgo a Empresa de Generacion Electrica Cahua S.A., Concesion Definitiva para desarrollar actividades de Transmision de energia electrica, que comprende la linea de Transmision C.H. Cahua - S.E. Paramonga Existente, de 138 kV de tension, con dos (2) ternas de 60,35 km. de longitud. En tal virtud, dicha empresa y el Estado Peruano suscribieron el Contrato de Concesion Nº 063-95, elevado a Escritura Publica el 9 de agosto de 1995, quedando inscrito en la Ficha Nº 20 del Registro de Concesiones para la explotacion de los Servicios Publicos del Registro de Propiedad Inmueble de Lima; Que, mediante el documento con Registro Nº 1201256, presentado el 18 de agosto de 1998, la concesionaria solicito a la Direccion General de Electricidad la transferencia de dicha concesion a favor de Empresa de Generacion Electrica Cahua S.A. (Cahua S.A.), sociedad constituida, como consecuencia de la escision de la concesionaria, por Escritura Publica extendida el 1 de diciembre de 1997, cuya MORDAZA se acompana al expediente, e inscrita en la Partida Nº 11025995 del Registro de Personas Juridicas de MORDAZA el 14 de MORDAZA de 1998; Que, de conformidad con los acuerdos adoptados en la Junta General de Accionistas de Empresa de Generacion Electrica Cahua S.A., celebrada el 1 de octubre de 1997, las partes suscribieron el Acta de Transferencia de Concesion Definitiva de Transmision obrante en el expediente, en virtud de la cual, Empresa de Generacion Electrica Cahua S.A. (actualmente denominada Empresa de Generacion Electrica Pariac S.A.), transfiere a favor de Empresa de Generacion Electrica Cahua S.A. (Cahua S.A.) y, esta, asume y acepta hacerse cargo del bloque patrimonial constituido por los activos, pasivos, derechos y obligaciones correspondientes a la actividad de Transmision de energia electrica, incluyendo la Concesion Definitiva de Transmision originalmente otorgada a la primera de las nombradas; Que, los acuerdos contenidos en el acta MORDAZA mencionada, configuran un Acuerdo de Cesion de Posicion Contractual, siendo de aplicacion el Articulo 1436º del Codigo Civil, segun el cual la forma de la transmision, la capacidad de las partes intervinientes, los vicios del consentimiento y las relaciones entre los contratantes se definen en funcion del acto que sirve de base a la cesion y se sujetan a las disposiciones legales pertinentes; Que, habiendo cumplido la concesionaria con presentar una MORDAZA del Testimonio de la Escritura Publica del contrato de Concesion Definitiva de Transmision, debidamente inscrito, dentro del plazo concedido mediante el Oficio Nº 922-98-EM/DGE, del 2 de setiembre de 1998, procede aprobar la transferencia solicitada y tener como titular de la Concesion a Empresa de Generacion Electrica Cahua S.A. (Cahua S.A.), la que debera elevar el Acta de Transferencia a Escritura Publica, incorporando en esta el texto de la presente resolucion e inscribirla en el Registro de Concesiones para la explotacion de los Servicios Publicos del Registro de Propiedad Inmueble de MORDAZA, de conformidad con lo dispuesto en los Articulos 7º y 56º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.