Norma Legal Oficial del día 28 de mayo del año 1999 (28/05/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

MORDAZA, viernes 28 de MORDAZA de 1999

NORMAS LEGALES

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asi como en la Convencion de MORDAZA sobre Relaciones Consulares; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: 1º.- Reabrir el Consulado del Peru en Jartum, Republica de Sudan. 2º.- Nombrar Consul Ad Honorem del Peru en la MORDAZA de Jartum, Republica de MORDAZA, al senor MORDAZA Toutunji, con jurisdiccion en todo el pais. 3º.- Extenderle las Letras Patentes correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 6999

este servicio al sector Salud y a otros que lo requieran, a fin de conseguir una administracion publica agil y eficiente. Articulo 4º.- La direccion del Proyecto Especial estara a cargo de un Consejo Directivo cuyos integrantes seran nombrados mediante Resolucion Suprema refrendada por el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion y por el Ministro del Sector correspondiente. El Consejo Directivo estara conformado por: - Un representante del Presidente de la Republica, quien lo presidira; - Un representante del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion; - Un representante del Ministerio de Educacion; - Un representante del Ministerio de Salud; - Un representante del Ministerio de Economia y Finanzas. La direccion ejecutiva del Proyecto Especial estara a cargo de un Coordinador Tecnico designado por Resolucion Suprema refrendada por el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion. Articulo 5º.- El Proyecto Especial estara a cargo del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion. Articulo 6º.- Los organismos e instituciones publicas estan obligados a prestar la colaboracion que sea requerida por el Proyecto Especial para el cumplimiento de sus fines. Articulo 7º.- El Proyecto Especial financiara sus actividades con cargo a los ingresos previstos en el Articulo 208º del Decreto Supremo Nº 06-94-TCC. Articulo 8º.- El Proyecto Especial podra celebrar convenios con organismos internacionales para la administracion de los recursos que le asignen para su funcionamiento. Articulo 9º.- Por Resolucion Suprema refrendada por el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, se dictaran las disposiciones complementarias necesarias y se aprobara la Estructura Organica y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Proyecto Especial. Articulo 10º.- El regimen de prestacion de servicios aplicables al personal del Proyecto Especial sera el de la actividad privada. Articulo 11º.- El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticinco dias del mes de MORDAZA de mil novecientos noventa y nueve. MORDAZA FUJIMORI FUJIMORI Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA JOY WAY MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 6996

MTC
Crean Proyecto Especial de Infraestructura Informatica y de Telecomunicaciones para la Educacion, Salud y otras areas, que ejecutara acciones en zonas de preferente interes social
DECRETO SUPREMO Nº 015-99-MTC EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, el avance de la tecnologia en el MORDAZA de las telecomunicaciones permite su aplicacion a diversos sectores, tales como salud, educacion, justicia, y en el apoyo a la administracion de justicia en general; Que, uno de los objetivos trazados por el Gobierno es que los sectores rurales, inclusive de las zonas mas alejadas del territorio, accedan tambien a los servicios educativos, de salud y de administracion publica; Que, el Gobierno esta llevando a cabo, con la cooperacion del sector privado, los programas pilotos experimentales INFOESCUELA, para educacion primaria; EDURED, para educacion secundaria; y, el Programa Piloto de Educacion a Distancia; Que, de otro lado, diversas instituciones tanto estatales como privadas, han presentado proyectos para la experimentacion de modelos de informatica educativa a favor de la educacion publica; Que, en vista de lo expuesto es conveniente crear un Proyecto Especial encargado de planear, coordinar y ejecutar acciones necesarias para establecer una infraestructura de telecomunicaciones adecuada en las zonas de preferente interes social; De conformidad con el inciso 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; DECRETA: Articulo 1º.- Crease el Proyecto Especial de Infraestructura Informatica y de Telecomunicaciones para la Educacion, Salud y otras areas, encargado de planear, coordinar y ejecutar las acciones necesarias para establecer una infraestructura de telecomunicaciones adecuada en las zonas de preferente interes social. Articulo 2º.- El Proyecto Especial debera, en una primera etapa, realizar principalmente las siguientes acciones: - Modernizacion de la comunicacion satelital de las redes de radio y television de propiedad del Estado. - Instalacion de los centros de recepcion teleeducativa. - Inclusion en la Red Nacional Informatica Educativa de los centros de educacion secundaria publicos. - Produccion y distribucion de programas interactivos y videos educativos. Articulo 3º.- En una MORDAZA etapa el Proyecto Especial debera realizar las acciones necesarias para ampliar

Otorgan concesion a empresa para la prestacion de los servicios publicos portadores de larga distancia nacional e internacional
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 225-99-MTC/15.03 MORDAZA, 24 de MORDAZA de 1999 Vista la solicitud presentada por TELLINK S.A., sobre otorgamiento de concesion para la prestacion de los servicios publicos portadores de larga distancia nacional e internacional en la Republica del Peru; CONSIDERANDO: Que, conforme al TUO de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 006-94TCC y sus modificatorias, y el Decreto Supremo Nº 007-97MTC, corresponde a este Ministerio las atribuciones y facultades de administrar, asignar y controlar, entre otros, los servicios publicos portadores de larga distancia nacional e internacional, asi como las atribuciones referidas al otorgamiento de las concesiones de estos, las que se perfec-

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