Norma Legal Oficial del día 28 de mayo del año 1999 (28/05/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 28 de MORDAZA de 1999

cionan mediante contrato escrito aprobado por resolucion del Titular del Sector; Que, habiendo verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislacion para el otorgamiento de concesion de los servicios publicos portadores de larga distancia nacional e internacional, la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 106-99-MTC/15.03.UECT, opina que es procedente la solicitud de TELLINK S.A.; Que, estando a lo expuesto en los anteriores considerandos, corresponde otorgar la concesion solicitada, aprobar el contrato de concesion y autorizar su suscripcion; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC, 006-94-TCC, 007-97-MTC, 005-98-MTC, 02098-MTC, 021-98-MTC, 022-98-MTC y 002-99-MTC; Con la opinion favorable del Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones y de la Viceministra de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a TELLINK S.A. concesion para la explotacion de los servicios publicos portadores de larga distancia nacional e internacional, por el plazo de veinte (20) anos, en la Republica del Peru. Articulo 2º.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con TELLINK S.A. para la prestacion de los servicios publicos a los que se refiere el articulo precedente, el cual consta de veintiseis (26) clausulas y un anexo que forman parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones para que, en representacion del Ministerio, suscriba el contrato de concesion que se aprueba mediante la presente Resolucion Ministerial. Articulo 4º.- MORDAZA de la suscripcion del contrato de concesion, TELLINK S.A. debera cumplir con el pago del derecho de concesion, del canon, si corresponde, y de la publicacion de esta resolucion. Articulo 5º.- La concesion otorgada queda sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por la empresa solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias calendario computados a partir de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese.

Que, habiendo verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislacion para el otorgamiento de concesion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 118-99-MTC/ 15.03.UECT, opina que es procedente la solicitud de MORDAZA MORDAZA MORDAZA URBINA; Que, estando a lo expuesto en los anteriores considerandos, corresponde otorgar la concesion solicitada, aprobar el contrato de concesion y autorizar su suscripcion; De conformidad con lo dispuesto por los Decretos Supremos Nºs. 013-93-TCC, 006-94-TCC, 007-97-MTC, 005-98MTC, 022-98-MTC y 002-99-MTC; Con la opinion favorable del Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones y de la Viceministra de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA concesion para la explotacion del servicio publico distribucion de radiodifusion por cable, por el plazo de veinte (20) anos, en el area de cobertura que comprende la MORDAZA MORDAZA de Sausal, del distrito de Chicama, de la provincia de Ascope, del departamento de La Libertad. Articulo 2º.- Aprobar el contrato de concesion a celebrarse con MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para la prestacion del servicio publico al que se refiere el articulo precedente, el cual consta de veinticuatro (24) clausulas y dos (2) anexos que forman parte integrante de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 3º.- Autorizar al Jefe de la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones para que, en representacion del Ministerio, suscriba el contrato de concesion que se aprueba mediante la presente Resolucion Ministerial. Articulo 4º.- MORDAZA de la suscripcion del contrato de concesion, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA debera cumplir con el pago del derecho de concesion, del canon, si corresponde, y de la publicacion de esta resolucion. Articulo 5º.- La concesion otorgada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de concesion no es suscrito por el solicitante en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias calendario computados a partir de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial. Registrese, comuniquese y publiquese.

MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 6958

MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 6959

Otorgan concesion a personas naturales para la prestacion del servicio publico distribucion de radiodifusion por cable
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 226-99-MTC/15.03 MORDAZA, 25 de MORDAZA de 1999

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 227-99-MTC/15.03 MORDAZA, 25 de MORDAZA de 1999 Vista la solicitud presentada por MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA, sobre otorgamiento de concesion para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en la MORDAZA de La Oroya, de la provincia de Yauli, del departamento de Junin. CONSIDERANDO:

Vista la solicitud presentada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sobre otorgamiento de concesion para la prestacion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable en la MORDAZA MORDAZA de Sausal, del distrito de Chicama, de la provincia de Ascope, del departamento de La Libertad. CONSIDERANDO: Que, conforme al TUO de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 006-94TCC y sus modificatorias, y el Decreto Supremo Nº 007-97MTC, corresponde a este Ministerio las atribuciones y facultades de administrar, asignar y controlar, entre otros, el servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, asi como las atribuciones referidas al otorgamiento de las concesiones de este, las que se perfeccionan mediante contrato escrito aprobado por resolucion del titular del sector;

Que, conforme al TUO de la Ley de Telecomunicaciones aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, su Reglamento General aprobado por Decreto Supremo Nº 006-94TCC y sus modificatorias, y el Decreto Supremo Nº 007-97MTC, corresponde a este Ministerio las atribuciones y facultades de administrar, asignar y controlar, entre otros, el servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, asi como las atribuciones referidas al otorgamiento de las concesiones de este, las que se perfeccionan mediante contrato escrito aprobado por resolucion del titular del sector; Que, habiendo verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislacion para el otorgamiento de concesion del servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, la Unidad Especializada en Concesiones de Telecomunicaciones, mediante Informe Nº 150-99-MTC/ 15.03.UECT, opina que es procedente la solicitud de MORDAZA MORDAZA DEL MORDAZA CANGALAYA;

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