Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 1999 (10/11/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 10 de noviembre de 1999

Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que requiera el cumplimiento de la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA SEGURA; MORDAZA VILLAR; MORDAZA ARCE; MORDAZA CANELO; DE MORDAZA CANO; TRUJILLANO, Secretario General 14075

MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal Supremo (P) - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARINAS Secretario Ejecutivo - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico 14064

COMISION EJECUTIVA Sancionan con destitucion a servidores de la Direccion Regional Oriente DEL MINISTERIO Pucallpa PUBLICO RESOLUCION DE LA PRESIDENCIA DEL
Designan magistrada de la Fiscalia Provincial Mixta de Parinacochas, Distrito Judicial de MORDAZA
RESOLUCION DE LA COMISION EJECUTIVA DEL MINISTERIO PUBLICO Nº 892-99-MP-CEMP MORDAZA, 8 de noviembre de 1999 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante la plaza de Fiscal Provincial de la Fiscalia Provincial Mixta de Parinacochas, Distrito Judicial de Arequipa; y reuniendo los requisitos de ley la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ccana, Fiscal Adjunta Provincial Provisional de la Fiscalia Provincial Mixta de Islay, para ocupar dicha plaza; por necesidad de servicio la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico adopta por unanimidad el Acuerdo Nº 7339 en sesion de la fecha, con dispensa de la lectura del acta, dejandose MORDAZA que la senorita doctora MORDAZA MORDAZA Colan Maguino, Fiscal Suprema Titular y Presidenta de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico, no se encuentra presente por motivo de comision de servicio; y en uso de las atribuciones conferidas por las Leyes Nºs. 26623, 26695, 26738 y 27009; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluida la designacion de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ccana, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional de la Fiscalia Provincial Mixta de Islay, Distrito Judicial de MORDAZA, materia de la Resolucion Nº 1253-93-MP-FN de fecha 26 de octubre de 1993. Articulo Segundo.- Designar a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ccana, como Fiscal Provincial Provisional de la Fiscalia Provincial Mixta de Parinacochas, Distrito Judicial de Arequipa. Articulo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente resolucion a los senores, Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Presidente del Consejo de Coordinacion Judicial, Presidente de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, Presidente del Consejo Nacional de la Magistratura, Secretario Ejecutivo de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico y Titular del Pliego, Fiscal Supremo Provisional de la Fiscalia Suprema de Control Interno, Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, Fiscal Superior Encargado de la Gestion de Gobierno Delegada por la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico en el Distrito Judicial de MORDAZA, y Fiscal designada, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA FERREYRA Fiscal Supremo - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 784-99-INPE-P MORDAZA, 8 de noviembre de 1999 VISTO, el Informe Nº 189-99-INPE-CPPAD de fecha 29 de octubre de 1999 de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario; Que, mediante Resolucion de la Presidencia Nº 699-99-INPE-P de fecha 1 de octubre de 1999, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 1 de octubre de 1999, se instaura MORDAZA administrativo disciplinario a los servidores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Tesorero y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Jefe de Informatica y Suplente, para la firma de cheques de la Direccion Regional Oriente ­ Pucallpa, en torno al cobro indebido del cheque Nº 02099929, por el monto de S/. 1,100.15 Nuevos Soles, cargos que se encuentran especificados en la Resolucion de Apertura senalada precedentemente; Que, del descargo presentado por el servidor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Tesorero de la Direccion Regional Oriente - Pucallpa, argumenta en su defensa que efectivamente con fecha 28 de febrero de 1998, giro a su nombre el cheque Nº 02099929, por cuanto la mencionada Cuenta se mantenia una recaudacion de ingresos que no correspondia a retenciones legales, por lo que a fines del mes de MAR.98, con la intencion de realizar el extorno lo hizo efectivo, no habiendo sido utilizado dicho dinero en provecho propio, manteniendolo en custodia por el tiempo necesario hasta determinar su destino real, con lo que se permitia justificar la no Conciliacion R-2 VS Recaudacion Mensual - Ingresos Propios T-5 de enero a setiembre 98 U.E.004-DRO-P y alcanzar los objetivos y metas programadas, asi como la informacion al Tesoro Publico, devolviendo el total del monto segun Empoce Nº 6919054 del 19.ABR.99, adjunta como medios probatorios fotocopias del T-5 al 31.DIC.97 y 31.MAR.99, Informacion de Ingresos por MORDAZA de Financiamiento diferente de Recursos Ordinarios, informacion procesada por la Direccion General de Tesoro Publico del MEF, Direccion General de Auditoria y Desarrollo del INPE; sin embargo analizado el descargo del servidor procesado, se desprende que los argumentos vertidos y las instrumentales presentadas no son suficientes para levantar los cargos formulados en su contra, basandose en afirmaciones carentes de veracidad, con la finalidad de evadir su responsabilidad, toda vez que en autos ha quedado demostrado que dicho servidor actuo indebidamente en el desempeno de sus funciones, autogirandose el 27.FEB.98 el cheque Nº 02099929, haciendolo efectivo el 21.MAR.98 y manteniendo en su poder hasta el 19.ABR.99, fecha en que realizo el empoce Nº 6919054, cuando ya no se desempenaba como Tesorero de la Direccion Regional Oriente - Pucallpa, tal como se desprende del Oficio Nº 006-99-INPE-DROP/OPLD-TP de fecha 19 de MORDAZA de 1999, al haber tomado conocimiento que el Director Regional, mediante Memorandum Nº 072-99-INPE/ DROP-D, dispuso que se efectue una investigacion

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