Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 1999 (10/11/1999)


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EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 10 de noviembre de 1999 ORDENANZA

El Concejo Municipal de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Ordinaria de fecha 25 de setiembre de 1999, por mayoria con las abstenciones de los Regidores MORDAZA Carigga de Cabrejos y MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- PRORROGAR el Beneficio de Regularizacion Tributaria en el distrito de MORDAZA MORDAZA, otorgado por Ordenanza Municipal Nº 009-99-MDSR, y a su vez prorrogado durante los meses de junio, MORDAZA, agosto y setiembre con sendos Acuerdos de Concejo pertinentes. Articulo Segundo.- ESTABLECER solo para el extremo que se refiere a los intereses y moras de las deudas tributarias vencidas al 31 de diciembre de 1998, de la referida Ordenanza Nº 009-99-MDSR, una rebaja del siguiente modo: A.- A las deudas tributarias abonadas durante el mes de octubre del presente ano, se les rebajara el 50% del total de las moras e intereses. B.- A las deudas tributarias abonadas durante el mes de noviembre del presente ano, se les rebajara el 40% del total de las moras e intereses. C.- A las deudas tributarias abonadas durante el mes de diciembre del presente ano, se le rebajara el 30% del total de las moras e intereses. Articulo Tercero.- Quedan subsistentes los demas extremos de la Ordenanza Nº 009-99-MDSR, en tanto no se opongan al articulo precedente. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza regira hasta el 31 de diciembre de 1999. Articulo Quinto.- La Oficina de Rentas queda encargada del cumplimiento del presente dispositivo sin perjuicio de emitir un informe evaluativo sobre la aplicacion de este beneficio durante el presente ano. Registrese, comuniquese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 13699

Articulo 1º.- Concedase hasta el 30 de noviembre de 1999 la condonacion de intereses y multas generadas por concepto de la Tasa de Licencia de Funcionamiento hasta el mes de noviembre de 1999. Articulo 2º.- El beneficio establecido en el Articulo 1º de la presente Ordenanza comprende tambien a las Resoluciones de Determinacion, Ordenes de Pago y Resoluciones de Multa Tributaria que se encuentren en via ordinaria o coactiva. Articulo 3º.- Aquellos contribuyentes que hayan interpuesto recurso de Reclamacion o Apelacion, para acogerse al beneficio deberan presentar previamente ante la Municipalidad un desistimiento de su pretension. Articulo 4º.- Los contribuyentes que hubieren suscrito convenio de fraccionamiento podran acogerse al beneficio establecido en el Articulo 1º, debiendo la Administracion deducir de las cuotas del Convenio de Fraccionamiento solo los intereses y multas generadas por la Tasa de Licencia de Funcionamiento. Si de la aplicacion de la presente Ordenanza resulta un monto mayor, la diferencia no podra ser objeto de devolucion y/o compensacion de pago. Articulo 5º.- Si la cobranza se encuentra en la via coactiva, el beneficio se extendera hasta el 30% de las Costas Procesales y de los Gastos Administrativos generados. Articulo 6º.- Encarguese a la Oficina de Administracion Tributaria y Rentas el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo 7º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 14085

CONVENIOS INTERNACIONALES
De conformidad con lo dispuesto por el Articulo 6º de la Ley Nº 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores, mediante Oficio RE. (GAB) Nº 0-3-A/60 comunica la entrada en vigencia de los siguientes instrumentos internacionales: Proyecto GCP/PER/035/NET "Apoyo a la Estrategia Nacional para el Desarrollo Forestal" entre el Gobierno del Peru y la Organizacion de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentacion (FAO) Fue ratificado mediante Decreto Supremo Nº 056-99RE, publicado en el Diario Oficial El Peruano, al igual que el texto, el 30 de octubre de 1999. Entro en vigencia el 3 de setiembre de 1999. Proyecto GCP/PER/036/NET "Manejo Integrado de Plagas Agricolas en los Principales Cultivos Alimenticios en el Peru", entre el Gobierno del Peru y la Organizacion de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentacion (FAO) Entro en vigencia el 3 de setiembre de 1999. Fue ratificado mediante Decreto Supremo Nº 057-99-RE, publicado en el Diario Oficial El Peruano, al igual que el texto, el 2 de noviembre de 1999. 14028

MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA
Otorgan beneficio de condonacion de intereses y multas generadas por concepto de la Tasa de Licencia de Funcionamiento
ORDENANZA Nº 026-99-MDB Bellavista, 30 de octubre de 1999 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA POR CUANTO: El Concejo Municipal, en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, con el MORDAZA unanime de los senores Regidores, y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta; y, en ejercicio de las atribuciones conferidas por los Articulos 10º y 36º de la Ley Nº 23853 - Organica de Municipalidades; aprobo la siguiente:

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