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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1999 (10/11/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 26

Pág. 180120 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 10 de noviembre de 1999 de 1998, eligió como primer miembro suplente ante el Jurado Nacional de Elecciones al señor doctor Emilio Alipio Montes de Oca Begazo, por lo que debe llamarse al mencionado magistrado para que asuma el cargo de Pre- sidente del Jurado Nacional de Elecciones; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 179º y 180º de la Constitución Política del Perú y el Artículo 19º de la Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar la vacancia del cargo de Presidente del Jurado Nacional de Elecciones que ostenta el señor doctor Luis Edmundo Serpa Segura, a partir del 16 de noviembre de 1999. Artículo Segundo.- Llamar al señor doctor Emilio Alipio Montes de Oca Begazo, elegido primer miembro suplente por la Corte Suprema de la República, para que asuma el cargo de Presidente del Jurado Nacional de Elecciones a partir del 17 de noviembre de 1999, por vacancia del titular, a fin de completar el período que finalizará el 16 de junio del año 2002. Artículo Tercero.- Expresar al señor doctor Luis Edmundo Serpa Segura el reconocimiento y gratitud institucionales por los importantes servicios prestados como Presidente del Jurado Nacional de Elecciones, des- tacando el abnegado y valioso trabajo con que ha dirigido este supremo tribunal electoral. Artículo Cuarto.- Poner en conocimiento del señor Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Repú- blica la presente resolución, para los fines consiguientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. BRINGAS VILLAR; MUÑOZ ARCE; HERNANDEZ CANELO; DE VALDIVIA CANO; TRUJILLANO, Secretario General 14072 Declaran que regidora del Concejo Distrital de Agallpampa, provincia de Otuzco, debe continuar en ejercicio del cargo RESOLUCION Nº 1740-99-JNE Lima, 9 de noviembre de 1999 Visto, el Oficio Nº 108-99/MDA, recibido el 25 de octubre de 1999, remitido por Gilmer Contreras Espejo, alcalde del Concejo Distrital de Agallpampa, provincia de Otuzco, departamento de La Libertad, quien comunica que el citado Concejo ha declarado la vacancia del cargo de regidora que desempeña Alicia del Carmen Pesantes Rosas, por estar incursa en la causal de vacancia estable- cida en el Artículo 26º numeral 5) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, para que se nombre al reem- plazante con arreglo a ley; CONSIDERANDO: Que, es atribución de los concejos municipales, decla- rar la vacancia del cargo de alcalde o regidor, por las causales previstas en los Artículos 23º, 26º, 38º modificado por la Ley Nº 26483, 88º de la Ley Orgánica de Municipa- lidades Nº 23853, y demás pertinentes; Que, el Concejo recurrente no ha adjuntado a su comunicación el expediente completo con los instrumentos probatorios que acrediten que la regido- ra Alicia del Carmen Pesantes Rosas haya incurrido en la causal de vacancia que se le hace cargo; de conformidad con lo previsto por el Artículo 27º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, modifica- do por el Artículo 1º de la Ley Nº 26491; no habiendo remitido a este órgano electoral: a) las constancias certificadas de notificación a Alicia del Carmen Pesan- tes Rosas con la firma de recepción o del uso decualquier otro medio eficaz que permite el Código Procesal Civil; tales como, la notificación por interme- dio del juez o notario, publicación de edictos o mensa- jes por radio o televisión; que acredite en forma feha- ciente que la citada regidora tuvo conocimiento de la convocatoria a cada una de las sesiones de concejo, debiendo mediar entre la convocatoria y la sesión cuando menos dos días hábiles, de conformidad con lo dispuesto por los Artículos 39º y 43º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; b) la constancia certifi- cada de notificación a la citada regidora del acuerdo de concejo que declara la vacancia de su cargo con la firma de recepción o utilizando cualquier medio per- mitido por el Código Procesal Civil, a fin de no vulne- rar el derecho de defensa que le asiste; y, c) la certifi- cación del concejo en la cual conste que el acuerdo que declaró la vacancia de la regidora Alicia del Carmen Pesantes Rosas ha quedado consentido o ejecutoriado; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atri- buciones; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar inadmisible la solicitud de Gilmer Contreras Espejo, alcalde del Concejo Distrital de Agallpampa, provincia de Otuzco, departamento de La Libertad, respecto al nombramiento de reemplazante por vacancia del cargo de regidora de Alicia del Carmen Pesantes Rosas, por no haberse remitido la documenta- ción completa requerida para el caso. Artículo Segundo.- Declarar que Alicia del Car- men Pesantes Rosas continúa desempeñando el cargo de regidora en el Concejo Distrital de Agallpampa, provincia de Otuzco, departamento de La Libertad, conforme a ley. Artículo Tercero.- Las autoridades políticas y poli- ciales prestarán las garantías suficientes para el cumpli- miento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SERPA SEGURA; BRINGAS VILLAR; MUÑOZ ARCE; HERNANDEZ CANELO; DE VALDIVIA CANO; TRUJILLANO, Secretario General 14073 Convocan a candidatos no proclama- dos para que asuman cargos de regi- dores de los Concejos Provincial de Grau y Distrital de José Luis Busta- mante y Rivero RESOLUCION Nº 1741-99-JNE Lima, 9 de noviembre de 1999 Visto, el Oficio Nº 264-99-A-MPG-CH, recibido el 26 de octubre de 1999, remitido por Evert Huamán Zea, alcalde del Concejo Provincial de Grau, quien comunica la decla- ratoria de vacancia del cargo de regidor que venía desem- peñando Genaro Sucapuca Portillo, por haber sido sen- tenciado por la comisión de delito doloso; y, solicita se nombre al reemplazante conforme a ley; CONSIDERANDO: Que, en el caso de autos, el concejo referido, en sesión ordinaria de fecha 15 de octubre de 1999, con el voto aprobatorio de la mayoría del número legal de sus miembros; cinco votos a favor de un total de ocho integrantes, acordó declarar la vacancia del cargo de regidor de Genaro Sucapuca Portillo, por estar incurso en la causal de vacancia establecida en el Artículo 26º numeral 3) concordante con el Artículo 23º numeral 9) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, con- forme aparece de fojas 3 a 6;