Norma Legal Oficial del día 14 de noviembre del año 1999 (14/11/1999)


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MORDAZA, MORDAZA 14 de noviembre de 1999

NORMAS LEGALES

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Disponen crear Comision Consultiva de Comercializacion
DECRETO DE ALCALDIA Nº 13-99 Pueblo Libre, 8 de noviembre de 1999 Que son funciones especificas de la Municipalidad en materia de abastecimiento y comercializacion de productos el otorgar licencias de apertura de establecimientos comerciales y de actividades profesionales y controlar su funcionamiento de acuerdo a ellas, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 68º Inc. 7) de la Ley Nº 23853, Ley Organica de Municipalidades; Que, es politica de la actual gestion municipal lograr el ordenamiento, relanzamiento y modernizacion del distrito conservando sus valores turisticos e historicos, que han hecho que se le denomine MORDAZA de Los Libertadores; Que, es necesario adoptar las medidas que permitan incentivar la politica de inversion dentro de la jurisdiccion del distrito y asi poder alcanzar los objetivos trazados, integrandonos dentro del Circuito Turistico y Comercial de nuestra MORDAZA capital; Que, es necesario contar con un organo consultivo que colabore con las funciones de los organos pertinentes de la municipalidad, la que debera estar integrada por funcionarios ediles y comerciantes; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 111º y de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853 en uso de las facultades conferidas mediante el inciso 6) del Articulo 47º de la acotada; DECRETO: Articulo Primero.- Crease la Comision Consultiva de Comercializacion, la misma que colaborara con la Municipalidad para lograr el desarrollo economico de los establecimientos comerciales formales en la jurisdiccion del distrito; y que estara integrada por: - Un Regidor de la Municipalidad, quien la presidira; - Tres Funcionarios de la Municipalidad; y, - Cuatro Representantes de los Comerciantes. Articulo Segundo.- Las funciones legislativas y de fiscalizacion son inherentes a los Organos competentes de la Municipalidad, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 23853. Articulo Tercero.- El presente Decreto de Alcaldia entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA M. TACCHINO D. MORDAZA 14137

MUNICIPALIDAD PROVINCIAL LA MAR SAN MORDAZA
Inician procedimiento disciplinario a ex servidores y servidores de la municipalidad
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 105-99-MPLM-SM/A San MORDAZA, 9 de noviembre de 1999 VISTO: El Informe Nº 002-99-MPLM-SM/CPPAD, de fecha 8 de noviembre de 1999 presentado por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios (CPPAD) de la Municipalidad Provincial de La Mar - San MORDAZA, solicitando la Instauracion de MORDAZA Administrativo Disciplinario a servidores y ex servidores; y estando a lo recomendado en el Examen Especial practicado a la Municipalidad Provincial de La Mar - San MORDAZA, periodo 1993 a 1995 y aspectos puntuales del ano 1996, mediante Informe Nº 00199-CTAR-AYAC/PE-GRCI-CEEMPL-SM, emitida por la Gerencia Regional de Control Interno del CTAR MORDAZA por encargo de la Contraloria General de la Republica - Sede Regional Huancayo, mediante Oficio Nº 582-97-CG/SHU. CONSIDERANDO: Que, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios (CPPAD) a traves de su Informe Nº 002-99-MPLM-

SM/CPPAD, ha recomendado a la Alcaldia que se proceda a la apertura de MORDAZA Administrativo Disciplinario correspondiente contra ex servidores y servidores de la Municipalidad por la comision de faltas disciplinarias detectadas en el Examen Especial practicado a la Muncipalidad, periodo ano 1993 a 1995 y aspectos puntuales ano 1996, en la cual se determina que existe responsabilidad administrativa de los siguientes ex servidores y servidores, asi se tiene; Que, al senor MORDAZA MORDAZA Huacre, ex trabajador nombrado, que ostento indistintamente los cargos de Administrador y Tesorero en el ano de 1993 a 1996, segun el Informe del Examen Especial se le imputa los siguientes cargos: 1) Incumplimiento de las Normas Generales del sistema de Abastecimiento; 2) Inexistencia de Control en el MORDAZA de Adquisicion y Distribucion de los materiales de construccion y bienes de activo fijo en el periodo de 1993 a 1995 por S/. 621,186.50; 3) Inexistencia de Mecanismos de control de combustible adquiridos en el periodo de 1993 a 1995; 4) Bienes Muebles e inmuebles que no se encuentran considerados en el inventario fisico de los bienes Patrimoniales; 5) Irregularidad administrativa en la ejecucion de gastos del Programa del Vaso de Leche que no se encuentran establecidas dentro de las normas legales por S/. 455,569.68; 6) Ejecucion de obras por administracion directa incumpliendo la Resolucion de Contraloria Nº 195-88-CG; 7) Adquisicion de materiales de construccion cuya utilizacion no se vislumbra en las obras ejecutadas por S/. 3,500.00; 8) Adquisicion de trabajos de taller de carpinteria y cerrajeria con precios sobrevalorados para las diferentes obras por S/. 26,127.00; 9) Plano catastral urbanistico de San MORDAZA, elaborado en el periodo presupuestal 1993, no se encuentra en los archivos de infraestructura; 10) Contrato de trabajo de construccion de la plaza principal de San MORDAZA con un anticipo del 50% del costo total de la obra; 11) Anticipo fondo para pago en efectivo, MORDAZA chica pendientes por rendir durante los ejercicios presupuestales 1993, 1994 y 1995 por el importe de S/. 591,219.95; 12) Gastos indebidos por concepto de celebraciones, agasajos y festejos durante el ejercicio presupuestal 1994 por S/. 1,986.00; 13) Comprobantes de pago que carecen de sustento legal durante el ejercicio presupuestal 1994 y 1995 por S/. 18,653.00; 14) Desfases administrativos en la ejecucion de gastos durante el ejercicio presupuestal 1993 y 1994 por S/. 88,560.80; 15) Adquisicion de bienes al margen del Reglamento Unico de Adquisiciones (RUA) D.S. Nº 065-85-PCM, por S/. 6,290.97 - ejercicio 1993; 16) Giro de Cheques al margen de los dispositivos del Sistema de Tesoreria por S/. 40,000.00 del ejercicio presupuestal 1993; 17) Anticipo, fondo para pagos en efectivo, MORDAZA chica pendientes de rendicion durante el ejercicio presupuestal 1996 por S/. 1,030.00; 18) Incorrecta aplicacion de disposiciones legales en el otorgamiento del beneficio de aguinaldos y escolaridad de los funcionarios, servidores y regidores de la Municipalidad Provincial La Mar - San MORDAZA, durante los anos 1993 a 1995, por la suma de S/. 32,252.20; 19) Transgresion del D.S. Nº 062-92-PCM, y la Ley Organica de Municipalidades en el pago de dietas de los regidores, con aprobacion de Concejo y/o disposicion del MORDAZA,motivando pagos indebidos por la suma de S/. 54,681.00; y 20) Aprobacion de incrementos remunerativos sin sustentacion tecnico - normativo e indebida aplicacion del D.S. Nº 276-91-EF, a favor de funcionarios por S/. 11,198.68 nuevos soles. De los cargos imputados al referido ex servidor se desprende que ha infringido el Articulo 3º incisos a), b), c) y d); y el Articulo 21º incisos a), b) y d) del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, concordante con los Articulos 126º, 127º, 129º, 131º y 132º de su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90PCM, infracciones que constituyen falta disciplinaria tipificada en el Articulo 28º incisos a), d) y h) del Decreto Legislativo Nº 276; Que, la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Cajera, trabajadora nombrada, de acuerdo al informe del Examen Especial se le imputa los cargos: 1) Anticipo fondo para pago en efectivo, MORDAZA chica pendientes por rendir durante los ejercicios presupuestales 1993, 1994 y 1995 por el importe de S/. 591,219.95; y 2) Anticipo para pagos en efectivo, MORDAZA chica pendientes de rendicion durante el ejercicio presupuestal 1996 por S/. 1,030.00 de los cargos imputados se tiene que la servidora ha infringido el Articulo 21º incisos a), b) y d) del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, concordante con los Articulos 126º, 127º, 129º y 132º de su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, infracciones que constituyen falta disciplinaria prevista en el Articulo 28º incisos a) y d) del Decreto Legislativo Nº 276; Que, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Almacenero, trabajador nombrado, conforme el informe del Examen Especial se le imputa los siguientes cargos: 1) Incumplimiento de las Normas Generales del sistema de Abastecimiento; 2) Inexistencia de Control en el MORDAZA de Adquisicion y Distribucion de los materiales de construccion y bienes de activo fijo en el periodo de 1993 a 1995 por S/. 621,186.50; y 3)Inexistencia de Mecanismos de control de combustible adquiridos en el periodo de 1993 a 1995 por 114,494.25 nuevos soles, de los cuales se infiere que el susodicho ha infringido el Articulo 3º incisos c) y d); y el Articulo 21º incisos a), b) y d) del Decreto Legislativo Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, concordante con los Articulos 126º, 127º, 129º y 132º de su reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, hechos que constituyen falta disciplinaria tipificada en el Articulo 28º incisos a) y d) del Decreto Legislativo Nº 276; Que, al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de Abastecimiento, agosto a diciembre de 1995, en calidad de contratado conforme el Informe del Examen Especial se le atribuye los

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