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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1999 (14/11/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 4

Pág. 180246 NORMAS LEGALES Lima, domingo 14 de noviembre de 1999 sesenta y uno (61) del Museo Nacional de Antropología, Arqueo- logía e Historia del Perú y treinta y cuatro (34) del Museo Nacional de la Cultura Peruana; Que, mediante Informe Nº 617-99-INC/DCNRPCM la Direc- ción del Centro Nacional de Registro del Patrimonio Cultural Mueble del Instituto Nacional de Cultura, opina favorablemente por la prórroga de permanencia temporal fuera del país del 15 de noviembre de 1999 al 15 de noviembre del 2000, de los bienes culturales pertenecientes al Patrimonio Cultural de la Nación, cuya relación se adjunta en el Anexo Nº 01 para ser exhibidos en el Museo de Leoben en Austria; Que los doscientos treinta y seis (236) bienes culturales pertenecientes al Patrimonio Cultural de la Nación, se encuen- tran debidamente asegurados por la Póliza de Seguro Nº A 509453201 contra todo riesgo por la Empresa de Seguros ALLIANZ ELEMENTAR; Que, constituye una de las funciones del Instituto Nacio- nal de Cultura, cautelar y difundir el Patrimonio Cultural de la Nación, tanto en el país como en el extranjero, por lo que esta Institución recomienda autorizar la prórroga de salida temporal de las piezas arqueológicas a que se refiere la presente Resolución; De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 6º, 7º y 13º de la Ley Nº 24047 - Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación, Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Legisla- tivo, Decreto Ley Nº 25762 - Ley Orgánica del Sector Educación, modificada por la Ley Nº 26510, Decreto Supremo Nº 50-94-ED - Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Cultura; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la prórroga de permanencia tem- poral fuera del país y el traslado de la Abadía de Daoulas - Francia a Leoben - Austria, a partir del 15 de noviembre de 1999 hasta el 15 de noviembre del 2000, de doscientos treinta y seis (236) piezas arqueológicas pertenecientes al Patrimo- nio Cultural de la Nación, mencionadas en el Anexo Nº 01 de la presente Resolución, para ser exhibidos en la exposición "Dioses, Pueblos y Tradición del Perú" que se llevará a cabo en el Museo de Leoben - Austria. Artículo 2º.- El Instituto Nacional de Cultura adoptará las medidas más adecuadas para verificar las características, estado de conservación y autenticidad de las piezas pertenecientes al Patrimonio Cultural de la Nación a que se contrae la presente Resolución, tanto a su traslado de Francia a Austria, como a su retorno al país. Artículo 3º.- Designar al Arqueólogo Jesús Briceño Rosa- rio, Jefe del Departamento de Arqueología del Instituto Na- cional de Cultura de La Libertad, como Comisario de las piezas que conforman la muestra materia de la presente Resolución, quien cumplirá las labores de verificación del traslado de la Abadía de Daoulas - Francia a Leoben - Austria, retorno al país y traslado hasta los lugares de origen, e informará sobre el estado de su conservación, el resultado y los pormenores de la exhibición, a la Dirección General de Patrimonio Monumental y Cultural del Instituto Nacional de Cultura. Los gastos que ocasione el viaje y estadía del Comi- sario serán íntegramente cubiertos por el organizador, salvo, los gastos ocasionales hasta cien Dólares Americanos o su equivalente en moneda nacional, que previa rendición de cuentas serán asumidos por el Instituto Nacional de Cultura. Artículo 4º.- Los gastos que se deriven del embalaje, fletes, seguros, trámites, traslados de los Bienes Culturales y cualquier otro egreso que se origine por el traslado de Francia a Austria y retorno de los bienes del Patrimonio Cultural de la Nación a quese refiere la presente Resolución serán íntegramente cubiertos por la Municipalidad de Leoben - Austria. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FELIPE GARCIA ESCUDERO Ministro de Educación 14269 ENERGIA Y MINAS Imponen servidumbres de acueductos, embalses, obras hidroeléctricas y de tránsito a favor de ELECTROSUR S.A. RESOLUCION MINISTERIAL Nº 592-99-EM/VME Lima, 15 de octubre de 1999 Visto, el Expediente Nº 11095898, que incluye los documentos con Registros Nºs. 1216193, 1220547 y 1235541, presentado por Electricidad del Perú S.A. - ELECTROPERU S.A., solicitando la imposición de las servidumbres de acueductos, embalses, obras hidroeléctricas, y de tránsito para la custodia, conservación y reparación de las obras e instalaciones en la Laguna Yanacocha - Palcán, ubicada en el distrito de Huayllay, provincia de Pasco, departamento de Cerro de Pasco; CONSIDERANDO: Que, ELECTROPERU S.A., empresa concesionaria de gene- ración de energía eléctrica, en mérito de las Resoluciones Supre- mas Nºs. 058-94-EM y 059-94-EM de fecha 3 de octubre de 1994, ha solicitado la imposición de las servidumbres de acueductos, embalses, obras hidroeléctricas, y de tránsito para la custodia, conservación y reparación de las obras e instalaciones en la Laguna Yanacocha - Palcán; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispuesto por los incisos a), e) y f) del Artículo 110º y siguientes de la Ley de Concesiones Eléctricas (Decreto Ley Nº 25844) y el Artículo 220º y siguientes de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe favorable Nº 266-99-EM/DGE; Con la opinión favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Imponer las servidumbres de acueductos, embal- ses, obras hidroeléctricas, y de tránsito para la custodia, conserva- ción y reparación de las obras e instalaciones en la Laguna Yanaco- cha - Palcán, ubicada en el distrito de Huayllay, provincia de Pasco, departamento de Cerro de Pasco, a favor de Electricidad del Perú S.A. - ELECTROPERU S.A.; con carácter permanente de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empre- sa, conforme a los siguientes cuadros: Exp./Código Descripción de la Area de Servidumbre Propietarios Tipos Servidumbre de Terreno 11095898 Laguna Yanacocha- Comunidad Tierras Palcán Campesina de aptas para Santa Bárbara pastoreo 3)Obras Hidroeléctricas Area: 67005,132 m2 de (instalaciones y obras Coordenadas UTM: Carhuacayán de afianzamiento hídrico) Y1 : Este: 359634.287 Norte: 8770722.955 y Y1a: Este: 359505.578 Norte: 8770809.874 Empresa Y1b: Este: 359754.652 Norte: 8771173.756 Comunal Los Y10: Este: 359867.535 Norte: 8771052.139 Andes de Palcán 4) Embalses Area: 1570437,781 m2 (mayor área inundable) Artículo 2º.- Los propietarios de los predios sirvientes no podrán construir obras de cualquier naturaleza ni podrán realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Artículo 3º.- ELECTROPERU S.A., deberá adoptar las me- didas necesarias a fin de que los predios sirvientes no sufran daño ni perjuicio por causa de la servidumbre, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Artículo 4º.- ELECTROPERU S.A., deberá velar permanen- temente para evitar que en la faja de servidumbre se ejecute cualquier tipo de construcción.Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigencia el día de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE CHAMOT Ministro de Energía y Minas 13583