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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1999 (17/11/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 6

Pág. 180292 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 17 de noviembre de 1999 5. Elaborar productos pesqueros para la ejecución de progra- mas alimentarios en el ámbito nacional, regional y local. 6. Promover y desarrollar acciones de capacitación y perfec- cionamiento en tecnología pesquera, así como asistir técnica- mente al sector pesquero nacional. 7. Desarrollar y proponer planes de intercambio de conoci- miento y transferencia tecnológica mediante programas de cooperación técnica nacionales e internacionales sobre tecnolo- gía pesquera. 8. Coordinar sus investigaciones con las que realicen las universidades, empresas y entidades públicas y privadas del país. 9. Representar al Sector ante los Organismos Nacionales e Internacionales en el campo de la tecnología pesquera. 10. Ejecutar programas de extensión y difusión mediante la realización de seminarios, cursos y talleres para alcanzar el resultado de los estudios al sector privado, asimismo proyectar la capacidad y el potencial tecnológico de la institución. 11. Prestar servicios de asistencia técnica en materia de dietas acuícolas, evaluando su valor nutritivo y desarrollando nuevas fórmulas alimenticias para las diversas especies mari- nas o continentales. 12. Celebrar convenios y/o contratos con personas naturales o jurídicas nacionales, extranjeras o internacionales para pro- mover la investigación y el desarrollo técnico y científico en asuntos de su competencia. 13. Promover el establecimiento de Centros Pilotos en las principales zonas industriales pesqueras para apoyar la trans- ferencia de tecnología. 14. Apoyar a la industrialización y modernización del sector pesquero y alimentario nacional. B) ADMINISTRATIVAS: 1. Dictar las políticas y normas técnicas en materia de gestión administrativa del ITP. 2. Administrar los recursos materiales, económicos, finan- cieros, el potencial humano, así como la provisión de bienes y servicios que requiere el ITP. 3. Ejecutar el proceso presupuestal y los correspondientes a los sistemas de contabilidad y tesorería gubernamental. 4. Establecer las políticas de comunicaciones, desarrollar los sistemas informáticos y administrar el proceso de trámite docu- mentario y archivo. 5. Desarrollar las actividades de asuntos legales y planea- miento. TITULO SEGUNDO DE LA ESTRUCTURA ORGANICA, FUNCIONES Y ATRIBUCIONES CAPITULO I DE LA ESTRUCTURA ORGANICA Artículo 5º.- La estructura orgánica del Instituto Tecnoló- gico Pesquero del Perú es la siguiente: ORGANOS DE ALTA DIRECCION - Consejo Directivo - Dirección Ejecutiva ORGANO CONSULTIVO - Comité Consultivo ORGANO DE CONTROL - Oficina de Auditoría Interna ORGANOS DE ASESORAMIENTO - Oficina de Asuntos Legales - Oficina de Planificación y Presupuesto ORGANOS DE APOYO - Oficina de Administración - Oficina de Informática - Oficina de Comercialización ORGANOS DE LINEA - Gerencia de Investigación y Desarrollo - Gerencia de Transferencia Tecnológica - Gerencia de Asistencia Técnica - División de MantenimientoCAPITULO II DE LA ALTA DIRECCION Artículo 6º.- La Alta Dirección está conformada por el Consejo Directivo y la Dirección Ejecutiva. DEL CONSEJO DIRECTIVO Artículo 7º.- El Consejo Directivo es el órgano de mayor jerarquía del ITP, encargado de dirigir y supervisar el cumpli- miento de las políticas y actividades de la institución en coordi- nación con el Sector. Artículo 8º.- Son miembros del Consejo Directivo el Presi- dente, el Director Ejecutivo y los Directores, no menores de cinco (5) ni mayores de (7), todos designados por Resolución Suprema a propuesta del Ministro de Pesquería. Artículo 9º.- Son funciones del Consejo Directivo: a) Formular la política de la institución en armonía y coor- dinación con el Ministerio de Pesquería, velando por su cumpli- miento. b) Ejercer la titularidad del pliego presupuestario y delegar sus atribuciones de carácter administrativo y presupuestal en casos que lo estime conveniente. c) Proponer para aprobación del titular del sector pesquería, los planes y estrategias en materia de investigación científica y tecnológica, así como las acciones de asistencia técnica y capa- citación. d) Aprobar el Plan Operativo Institucional; Presupuesto; Balance; Memoria Anual; y los documentos de gestión, como el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), el Cuadro para Asignación de Personal (CAP), el Presupuesto Analítico de Personal (PAP), los Manuales de Organización y Funciones, y demás documentos normativos de gestión. e) Conceder licencia al Presidente del Consejo Directivo. f) Proponer al Ministro de Pesquería la designación de los miembros del Comité Consultivo. g) Designar al Secretario del Consejo Directivo. h) Las demás funciones establecidas en el Decreto Legisla- tivo Nº 92 y otras que se le encarguen por norma expresa. Artículo 10º.- Son funciones del Presidente del Consejo Directivo del ITP. a) Ejercer la representación institucional. b) Convocar y presidir el Consejo Directivo y dirimir las votaciones en caso de empate. c) Velar por el cumplimiento de la política y misión del ITP, aprobados por el Ministerio de Pesquería. d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Consejo Direc- tivo. Artículo 11º.- El Consejo Directivo elegirá entre sus miem- bros a un Vicepresidente, quien reemplazará al Presidente en casos de impedimento, ausencia temporal o licencia. Artículo 12º.- El Presidente o quien haga sus veces deberá convocar al Consejo Directivo cada vez que lo juzgue necesario para los intereses del ITP o cuando lo soliciten, por lo menos cuatro (4) Directores. Artículo 13º.- Habrá quórum en las sesiones del Consejo, cuando asistan por lo menos cuatro (4) de sus miembros y las decisiones se tomarán por mayoría de votos de los concurrentes. Artículo 14º.- Las reuniones y los acuerdos adoptados en las sesiones, constarán en un Libro de Actas debidamente legalizado, a cargo del Secretario del Consejo Directivo. Las actas deberán expre- sar la fecha de la reunión, los nombres de los concurrentes, los asuntos tratados y los acuerdos adoptados. Las actas serán suscritas por los directores asistentes a la reunión respectiva. Artículo 15º.- Los miembros del Consejo Directivo son personal y solidariamente responsables de los acuerdos que se tomen en las sesiones a las que asistan. Si los miembros del Consejo Directivo discrepan en uno o más acuerdos deberán hacerlo constar en el acta respectiva. DE LA DIRECCION EJECUTIVA Artículo 16º.- La Dirección Ejecutiva es el órgano confor- mante de la Alta Dirección encargado de dirigir y supervisar las actividades de los órganos administrativos y técnicos del ITP, y está a cargo de un Director Ejecutivo, quien es el funcionario rentado de mayor jerarquía del ITP. Artículo 17º.- Son funciones del Director Ejecutivo las establecidas en el Art. 12º del D.L Nº 92, así como las siguientes: a) Ejercer la representación legal del ITP. b) Cumplir y hacer cumplir los Acuerdos del Consejo Direc- tivo. c) Planear, organizar, dirigir, coordinar y controlar la ges- tión institucional. d) Someter a la aprobación del Consejo Directivo, los planes, programas , presupuestos, estados financieros, memoria anual, reglamentos y manuales de la institución.