Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 1999 (17/11/1999)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, miercoles 17 de noviembre de 1999

NORMAS LEGALES
FLOTA VEHICULAR FLOTA OPERATIVA

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: Tres omnibus

2.4. Decreto Supremo Nº 013-99-MTC - Reglamento de Formalizacion de la Propiedad a cargo de COFOPRI. 2.5. Decreto Supremo Nº 001-99-MTC - Reglamento del Fondo Hipotecario de Promocion de la Vivienda. 2.6. Decreto Supremo Nº 014-99-MTC - Estatuto de COFOPRI. 3. DISPOSICIONES NORMATIVAS 3.1. En cumplimiento de lo dispuesto en el Articulo 24º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Promocion del Acceso a la Propiedad Formal, asi como en el Articulo 18º del Reglamento del Fondo Hipotecario de Promocion de la Vivienda, COFOPRI, dentro del MORDAZA de Formalizacion, aprobara el plano perimetrico del terreno identificado con vocacion MORDAZA disponible y sin uso asignado, solicitara su tasacion e inscribira su titularidad sobre el mismo en el Registro Predial Urbano. 3.2. La Tasacion sera efectuada por el Consejo Nacional de Tasaciones - CONATA y estara exonerada de pago alguno, en virtud a lo dispuesto en la Setima Disposicion Final del Reglamento de Formalizacion de la Propiedad a cargo de COFOPRI. 3.3. Realizada la tasacion referida en el numeral anterior, COFOPRI independizara y transferira el area de terreno correspondiente al Fondo Mi Vivienda, mediante el Formulario de Transferencia de Propiedad del Registro Predial MORDAZA, el cual debera ser suscrito por los funcionarios competentes de MORDAZA entidades. 3.4. Para efectos operativos, COFOPRI aprobara mediante Resolucion de Gerencia de Planeamiento y Operaciones, disposiciones compelementarias a la presente Directiva. 14312

: Dos omnibus: VG-3684 (1990), VG-2342 (1992) FLOTA DE RESERVA : Un omnibus: VG-2107 (19990) HORARIOS : Salida de Chincha: A las 03.30 y 04.00 horas. Salida de Lima: A las 08.30 y 09.30 horas.

La Tarjeta de Circulacion Vehicular sera expedida con relacion al ano de fabricacion de los vehiculos ofertados. Segundo.- La presente Resolucion Directoral debera ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano dentro de los treinta (30) dias calendario, siguientes a la fecha de su notificacion. Tercero.- La empresa iniciara el servicio dentro de los (30) dias calendario, improrrogables contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente Resolucion; para lo cual debera contar con lo establecido en el Articulo 17º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, caso contrario se procedera a aplicar lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del Articulo 16º del referido Reglamento. Cuarto.- Encargar la ejecucion de la presente Resolucion a la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 14247

Otorgan concesion a empresa para PODER JUDICIAL prestar servicio publico de transporte terrestre interprovincial de pasajeros Autorizan a procuradora iniciar MORDAZA judicial contra empresa por presunen la ruta Chincha-Lima to incumplimiento de contrato para RESOLUCION DIRECTORAL realizar obras en edificio "Anselmo Nº 2793-99-MTC/15.18 MORDAZA Leon" MORDAZA, 4 de noviembre de 1999
VISTO, el Expediente de Registro Nº 03738010, organizado por la empresa de transportes COSTENO EXPRESS S.A.C., sobre Concesion de Ruta: CHINCHA - MORDAZA y Viceversa e Informe Tecnico Nº 773-99-MTC/15.18.04.1.SCG. de la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la referida empresa, mediante el expediente indicado en vistos, ha solicitado el otorgamiento de la concesion de ruta: CHINCHA - MORDAZA y viceversa, al MORDAZA de lo establecido en el Reglamento del Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Nº 773-99-MTC/15.18.04.1.SCG., se concluye que la referida empresa cumple con los requisitos establecidos en el Articulo 13º del referido Reglamento y senalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99MTC, recomendandose la procedencia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 019-99-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la empresa de transportes COSTENO EXPRESS S.A.C., la concesion de la ruta CHINCHA MORDAZA y viceversa, para prestar Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el periodo de diez (10) anos, contados a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion, de acuerdo con los siguientes terminos:
RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO FRECUENCIA : CHINCHA - MORDAZA y viceversa : CHINCHA : MORDAZA : DIRECTO : DOS DIARIAS

RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL Nº 480-SE-TP-CME-PJ MORDAZA, 15 de noviembre de 1999 VISTO: El Informe Nº 018-97-OIG/PJ, elaborado por la Oficina de Inspectoria General, como consecuencia del Examen Especial efectuado al Area de Infraestructura y Objetivo A Organizacion Administrativa, I Etapa del Poder Judicial, y a lo solicitado por la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial, mediante Oficio Nº 4942-99-PJ-SE/PP; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo senalado por el inciso 14) del Articulo 10º del Texto Unico Ordenado del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Secretaria Ejecutiva de la Comision Ejecutiva del Poder Judicial, modificado por Resolucion Administrativa Nº 029-99-SE-TP-CME-PJ de 14 de enero de 1999, corresponde al Secretario Ejecutivo del Poder Judicial, expedir Resoluciones para el optimo funcionamiento administrativo del citado Poder del Estado; Que, por Resolucion Administrativa Nº 115-98-SE-TPCME-PJ de 18 de marzo de 1998, se autorizo a la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Poder Judicial, para que en defensa y representacion del Estado, promoviera la accion judicial pertinente contra las personas indicadas en la parte resolutiva de la misma; Que, la indicada autorizacion, no comprendio que se promoviera accion judicial contra la empresa PROYECTOS METALICOS Y MECANICOS S.A. PROMMSA INGENIEROS, MORDAZA de caberle responsabilidad por el incumplimiento de sus obligaciones pactadas en el Contrato suscrito para la realizacion de trabajos de estructuras metalicas y otros en el local del edificio "Anselmo MORDAZA Leon" (ex MEF); Que, el Informe del Visto, determina el cumplimiento parcial, MORDAZA y defectuoso del Contrato celebrado con la empresa mencionada, en consecuencia, resulta necesario ampliar el alcance de la parte resolutiva de la citada Resolucion Administrativa Nº 115-98-SE-TP-CME-PJ, para promover la accion judicial

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