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Pág. 180526 NORMAS LEGALES Lima, jueves 25 de noviembre de 1999 RESOLUCION SUPREMA Nº 520-99-EF Lima, 24 de noviembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 519-99-EF/ 15.01, se aceptó la renuncia del doctor Dante Rodríguez Dueñas al cargo de Miembro del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN, en representa- ción del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vi- vienda y Construcción; Que, en tal sentido, es necesario designar al representante del Ministerio de Transportes, Comu- nicaciones, Vivienda y Construcción, en dicho Consejo Directivo; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 26917; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a la señorita Lorena Alcázar Valdivia como miembro del Consejo Directivo del Organis- mo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público - OSITRAN, en representación del Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Cons- trucción. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República ALBERTO BUSTAMANTE BELAUNDE Presidente del Consejo de Ministros EFRAIN GOLDENBERG SCHREIBER Ministro de Economía y Finanzas ALBERTO PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construcción 14673 EDUCACION Autorizan viaje de Director del INC a Brasil para participar en evento cultu- ral sobre música, cine y libro en Amé- rica Latina y el Caribe RESOLUCION SUPREMA Nº 162-99-ED Lima, 20 de noviembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Cultura de Brasil ha organizado el "Encuentro de Ministros de Cultura y Responsables por políticas Culturales de América Latina y del Caribe sobre música, cine y libro en América Latina y en el Caribe", que se llevará a cabo en Salvador, Bahía, Brasil, del 18 al 20 de noviembre del 1999; Que, se ha cursado la invitación al Director Nacional del Instituto Nacional de Cultura, para que asista y participe en el referido evento, cuyos organizadores asu- men el costo de estadía; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legisla- tivo Nº 560, el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510, y los Decretos Supremos Nºs. 053-84-PCM modificado por el 074-85-PCM y el Decreto Supremo Nº 031-89-EF; Estando a lo acordado;SE RESUELVE: Artículo 1º.- AUTORIZAR, el viaje en comisión de servicio, del señor Luis Orlando REPETTO MALAGA, Director Nacional del Instituto Nacional de Cultura, a la ciudad de Salvador, Bahía, Brasil, del 17 al 21 de noviem- bre de 1999, para los fines a los que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se afectarán con cargo al Presu- puesto del Instituto Nacional de Cultura, de acuerdo al siguiente detalle: pasajes US$ 951.08 y tarifa CORPAC US$ 25.00. Artículo 3º.- La presente Resolución no da derecho a exoneración de impuestos o derechos arancelarios de nin- guna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FELIPE GARCIA ESCUDERO Ministro de Educación 14670 Declaran improcedente impugnación contra resolución relativa a cese tem- poral de servidor de la USE 05 de San Juan de Lurigancho RESOLUCION SUPREMA Nº 163-99-ED Lima, 24 de noviembre de 1999 Visto, el Expediente Nº 17327-99 y demás actuados en 19 folios útiles; y, CONSIDERANDO: Que, don Héctor Gilmar CASTILLO HERNANDEZ, servidor administrativo del C.E.I. Nº 70 de la jurisdicción de la USE 05 de San Juan de Lurigancho, solicita la nulidad de la Resolución de Secretaría General Nº 317-98- ED, de fecha 19 de junio de 1998, expedida por el Secreta- rio General del Ministerio de Educación, por delegación de funciones del Ministro de Educación, según la Resolución Ministerial Nº 316-95-ED; Que, analizada la documentación adjunta se despren- de que mediante la Resolución de Secretaría General impugnada, se declaró infundado el recurso de revisión que el recurrente interpuso contra la R.D. Nº 03955-97, de fecha 24.10.97, la misma que declaró infundada su apela- ción y que confirmó los términos y alcances de la R.D. USE 05 Nº 0486-97, de fecha 20.3.97, que lo sancionó con cese temporal del servicio por seis (6) meses, sin goce de remuneraciones, por los hechos irregulares y faltas incu- rridas durante su gestión como Tesorero (e) de la ex USE 03 de San Juan de Lurigancho, en los años 1995 y 1996; Que, se ha verificado que el servidor recurrente fue sancionado administrativamente, al haberse comprobado que en su condición de Tesorero actuó irregularmente girando cheques a su nombre y a nombre de otros trabaja- dores que prestaban servicios en la sede de dicha USE, para luego destinarlo al pago a diversos proveedores; accionar que implica el manejo indebido de los fondos públicos, contraviniendo las normas de los Sistemas de Abastecimiento y Tesorería que determinan que todo pago por la adquisición de bienes y servicios debe ser ejecutado necesariamente mediante cheque a nombre del proveedor; hechos irregulares que configuran faltas administrativas previstas en los incisos a), d) y j) del Artículo 28º de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobada por Decreto Legislativo Nº 276; Que, el hecho de que posteriormente la autoridad judicial lo haya eximido de responsabilidad penal en torno a los presuntos delitos de corrupción de funcionarios y de falsificación de documentos, que le fueron imputados por el Fiscal Provincial por su intervención en tales irregula- ridades, no lo exime de la falta administrativa en la que ha incurrido, toda vez que de acuerdo a lo establecido por el