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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1999 (25/11/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 5

Pág. 180527 NORMAS LEGALES Lima, jueves 25 de noviembre de 1999 Artículo 153º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, la acción administrativa correctiva que se adopte contra servidores públicos es independiente de la responsabilidad civil o penal en que pudieran incurrir; Que, de otro lado, teniendo en cuenta que con la Resolución de Secretaría General Nº 317-98-ED, ha que- dado agotada la vía administrativa respecto al acto admi- nistrativo sancionatorio adoptado contra el recurrente, no resulta viable nuevas reclamaciones; por lo tanto, resulta improcedente la nulidad deducida; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legis- lativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Unico.- Declarar IMPROCEDENTE la soli- citud de nulidad formulada por don Héctor Gilmar CASTI- LLO HERNANDEZ, contra la Resolución de Secretaría General Nº 317-98-ED, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, dándose por agotada la vía administrativa. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FELIPE GARCIA ESCUDERO Ministro de Educación 14671 MITINCI Califican a persona jurídica como Empresa Ferial Internacional RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 061-99-MITINCI-VMINCI Lima, 8 de noviembre de 1999 Vista la solicitud s/n, sobre calificación de "Empresa Ferial Internacional", presentada por la empresa "THAIS CORPORATION S.A.C.", con domicilio legal en la avenida Laredo N° 443, Santiago de Surco, Lima. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 1° literal c) del Decreto Ley Nº 21700 Ley General de Ferias y Exposiciones Internacionales, las empresas feriales podrán organizar ferias y exposiciones interna- cionales en el país previa autorización de este Ministe- rio, en tanto que su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-77-CO/CE, establece que la correspondiente calificación será otorgada vía Resolu- ción Viceministerial; Que, las ferias internacionales constituyen una alter- nativa para fomentar la producción y el intercambio de bienes y servicios en el país, para difundir adelantos tecnológicos, científicos y muestras culturales, así como para promover el turismo en la zona; Que, la empresa "THAIS CORPORATION S.A.C.", ha cumplido con los requisitos exigidos en la Ley General de Ferias y Exposiciones Internacionales y en su Reglamento para ser calificada como tal; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 21700, su Reglamento aprobado mediante Decreto Supre- mo Nº 006-77-CO/CE, sus normas modificatorias y com- plementarias, los Decretos Supremos Nºs. 001 y 002-92- ICTI-DM y la Resolución Ministerial Nº 043-92-ICTI/DM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Calificar a la empresa "THAIS CORPO- RATION S.A.C.", como "Empresa Ferial Internacional", debiendo circunscribir su ámbito de actuación al objeto social contenido en sus Estatutos, y a la normatividad de la materia. Artículo 2º.- La presente calificación, se otorga por el tiempo que este Ministerio considere conveniente, deacuerdo al cumplimiento de dicha empresa de las exigen- cias y requisitos que garanticen la realización de cada evento ferial, de acuerdo a lo que establece los dispositivos legales vigentes, pudiendo ser revocada en cualquier mo- mento de mediar causa justificada. Artículo 3º.- Procédase a la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, y en uno de mayor circulación del lugar donde operará la empresa ferial internacional. Regístrese y comuníquese. ALFREDO FERRERO DIEZ-CANSECO Viceministro de Integración y Negociaciones Comerciales Internacionales 14597 INTERIOR Conceden nacionalidad peruana a ciudadano chino RESOLUCION SUPREMA Nº 0680-99-IN-1606 Lima, 24 de noviembre de 1999 Vistos, la solicitud y documentos presentados por don: Chi Men LUI LIU, de nacionalidad China, sobre otorga- miento de Nacionalidad Peruana por Naturalización, que obran en el expediente Nº 31455 del 28.OCT.98; CONSIDERANDO: Que, se cumplen los requisitos exigidos por el Art. 52º de la Constitución Política del Perú, Ley de Nacionalidad Nº 26574 del 3.ENE.96 y su Reglamento, Decreto Supremo Nº 004-97-IN del 23.MAY.97, Ley de Simplificación Admi- nistrativa Nº 25035 del 11.JUN.89 y Ley Orgánica del Ministerio del Interior, Decreto Legislativo Nº 370; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Conceder la Nacionalidad Peruana por Naturalización a don Chi Men LUI LIU, y proceder a su inscripción en el Registro respectivo. Artículo 2º.- Extender al interesado el Título de Na- cionalidad correspondiente, previa presentación de la Es- critura Pública en la que conste la renuncia a su naciona- lidad de origen. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República CESAR SAUCEDO SANCHEZ Ministro del Interior 14674 PROMUDEH Aceptan donación que será utilizada en el marco de plan de operaciones de proyecto sobre rehabilitación ecológi- ca de cuencas hidrográficas de zona andina RESOLUCION PRESIDENCIAL Nº 508-99-PRONAA/P Lima, 19 de noviembre de 1999 VISTA: La propuesta de la Gerencia de Planificación y Presu- puesto, formulada mediante Memorándum Nº 952-99- GPP-PRONAA, de fecha 28 de octubre de 1999; y,