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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 1999 (25/11/1999)

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Pág. 180528 NORMAS LEGALES Lima, jueves 25 de noviembre de 1999 CONSIDERANDO: Que, el Programa Mundial de Alimentos de las Naciones Unidas - PMA mediante Cartas Nºs. 460- PMA-99 de fecha 6 de octubre de 1999, hace de conoci- miento al Programa Nacional de Asistencia Alimenta- ria - PRONAA el arribo del Vapor "POTRERILLOS" al puerto del Callao, el cual trae en calidad de donación la cantidad de 840 Tm. netas de Arveja amarillas parti- das para el Proyecto PER-5162, para su distribución directa; Que, el 13 de junio de 1968 se suscribe el Acuerdo Básico entre el Gobierno del Perú y el Programa Mundial de Alimentos de las Naciones Unidas, sobre asistencia del Programa Mundial de Alimentos; Que, en el marco del referido Acuerdo Básico con fecha 15 de setiembre de 1993 el Programa Mundial de Alimentos de las Naciones Unidas - PMA y el Gobierno del Perú suscribieron el Plan de Operaciones para ejecutar el Proyecto "Rehabilitación Ecológica de Peque- ñas Cuencas Hidrográficas de la Zona Andina" PER 5162; Que, mediante Decreto Ley Nº 21942 se establece que las mercancías donadas provenientes del extranjero, con- signadas entre otros, a Instituciones y Organismos Públi- cos, así como las donadas por concepto de Cooperación Técnica Internacional y las consignadas a Instituciones Privadas debidamente acreditadas en sus respectivos sec- tores, orientadas a fines asistenciales o educacionales en forma gratuita, gozarán de tratamiento preferencial en el Despacho por las Aduanas de la República y estarán libres de pago de derechos específicos y adicionales consolidados en el Arancel de Aduanas, no siendo requisito para estos casos, la expedición de Resolución Liberatoria, ni Licencia Previa de Importación; Con las visaciones de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, Gerencia de Recursos Alimentarios, Geren- cia de Operaciones, Gerencia de Asesoría Jurídica, Geren- cia General Técnica y de la Gerencia General Administra- tiva; y, De conformidad a lo establecido en el Decreto Legisla- tivo Nº 719, Decreto Ley Nº 21942, Decretos Supremos Nºs. 127-91-PCM y 020-92-PCM, Resolución Suprema Nº 508- 93-PCM, Resolución de Contraloría Nº 112-98-CG, y Reso- lución Ministerial Nº 111-97-PROMUDEH y; estando a las facultades conferidas al Presidente del Consejo Direc- tivo en el inciso n) del Artículo 20º del Reglamento de Organización y Funciones de PRONAA, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-98-PROMUDEH; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la donación procedente del Pro- grama Mundial de Alimentos de las Naciones Unidas, consistente en: PUERTO: CALLAO TONELADAS TONELADAS VALOR VALOR PRODUCTO PROYECTO BRUTAS NETAS FOB US$ CIF US$ Arveja amarilla PER 5162 843.360 840.000 294,000.00 346,555.73 Artículo 2º.- Utilizar el referido volumen de alimentos en el marco del Plan de Operaciones del Proyecto "Reha- bilitación Ecológica de Pequeñas Cuencas Hidrográficas de la Zona Andina" PER 5162. Artículo 3º.- Agradecer al Programa Mundial de Ali- mentos de las Naciones Unidas por su importante contri- bución. Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución a la Superintendencia Nacional de Aduanas (SUNAD), a la Contraloría General de la República (CGR) y a la Secreta- ría Ejecutiva de Cooperación Técnica Internacional (SEC- TI) de la Presidencia del Consejo de Ministros, dentro de los términos de Ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL VARA OCHOA Presidente del Consejo Directivo 14587RELACIONES EXTERIORES Delegan facultades para suscribir con- trato de préstamo sobre "Programa de Equipamiento Básico Municipal" con el Banco de Cooperación Internacio- nal del Japón RESOLUCION SUPREMA Nº 532-99-RE Lima, 24 de noviembre de 1999 Visto el Memorándum (DIC) Nº 1263, de 22 de no- viembre de 1999, de la Oficina de Cooperación Interna- cional del Ministerio de Relaciones Exteriores; Debiendo suscribirse el contrato de préstamo sobre "Programa de Equipamiento Básico Municipal" por ciento cincuenta millones de dólares (US$ 150'000,000), con el Banco de Cooperación Internacional del Japón (JBIC); De conformidad con lo establecido en el inciso g) del Artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, de 28 de diciembre de 1992, y el Decreto Supremo Nº 517, de 5 de noviembre de 1954; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: 1.- Delegar en la persona del señor Víctor Aritomi Shinto, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en Japón, las facultades suficientes para suscribir en representación del Gobierno del Perú, el contrato de prés- tamo sobre "Programa de Equipamiento Básico Munici- pal" por ciento cincuenta millones de dólares (US$ 150'000,000), con el Banco de Cooperación Internacional del Japón (JBIC). 2.- Extender los Plenos Poderes correspondientes al señor Víctor Aritomi Shinto, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en Japón. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Ing. Alberto Fujimori Presidente Constitucional de la República FERNANDO DE TRAZEGNIES GRANDA Ministro de Relaciones Exteriores 14676 Autorizan al INICTEL el pago de cuota por participación en programa de desarrollo de las telecomunicaciones de la UIT RESOLUCION SUPREMA Nº 533-99-RE Lima, 24 de noviembre de 1999 VISTO: El Oficio Nº 466-99-MTC/INICTEL-OD, del 9 de no- viembre de 1999, del Instituto Nacional de Investigación y Capacitación de Telecomunicaciones (INICTEL), en el que solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores, la autorización, en vía de regularización, del pago de la cuota año 1999 por su participación en el Programa de Desarro- llo de las Telecomunicaciones de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT); CONSIDERANDO: Que, el Artículo 14º numeral 14.3 de la Ley Nº 27013, Ley de Presupuesto del Sector Público para 1999, permite a las Entidades del Sector Público pagar, con cargo a sus