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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE OCTUBRE DEL AÑO 1999 (17/10/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 28

TEXTO PAGINA: 26

Pág. 179432 NORMAS LEGALES Lima, domingo 17 de octubre de 1999 aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM y el Artí- culo 24º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM; SE RESUELVE: Artículo Unico.- PUBLIQUESE, en el Diario Oficial El Peruano, la relación de concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de setiembre de 1999, de acuerdo a la relación adjunta que forma parte inte- grante de la presente resolución y para los efectos a que se contraen los Artículos 125º del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 25º del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE DIAZ ARTIEDA Jefe Institucional Registro Público de Minería 13187 SUNASS FE DE ERRATAS RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA Nº 938-99-SUNASS Mediante Carta Nº 2766-99-SUNASS-OAF-DADA, la Superintendencia Nacional de Servicios de Sanea- miento solicita se publique Fe de Erratas de la Resolu- ción de Superintendencia Nº 938-99-SUNASS, publica- da en nuestra edición del día 8 de octubre de 1999, en la página 179161. . En el Anexo 2, en la unidad de medida de las Metas de Presupuesto de Inversión e Inversión con Recursos Propios; DICE: Miles de S/. DEBE DECIR: S/. 13183 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Declaran procedente cambio de zonificación de terreno ubicado en el distrito de Puente Piedra ORDENANZA Nº 229 EL ALCALDE METROPOLITANO DE LIMA; POR CUANTO: El Concejo en Sesión Ordinaria de 7 de setiembre del año en curso, de conformidad con lo opinado por la Comisión de Desarrollo Urbano en su Dictamen Nº 048- 99-MML-CDU; y, CONSIDERANDO: Que, la Municipalidad Distrital de Puente Piedra mediante Oficio Nº 052-98-DPU-DDU-MDPP de fecha 1de junio de 1998 emitió opinión favorable al cambio de zonificación solicitado; Que, el proyecto de habilitación urbana a ejecutarse por el Fondo de Vivienda de la Marina -FOVIMAR- en el terreno de su propiedad tiene un área de 62,526.00 afectados para Zona de Recreación Pública, y se encuen- tra proyectado para proporcionar viviendas de interés social que beneficiarán a una población estimada entre 10,000 a 30,000 habitantes, y por tanto, de interés local; Que, el Art. 73º de la Ley Orgánica de Municipalida- des Nº 23853 establece que entre las modalidades que pueden imponer las municipalidades a la propiedad privada, se encuentran "la fijación del uso de la tierra de conformidad con la zonificación y los planes reguladores a los que se someterá todo proyecto de urbanización, transferencia o cesión en uso para cualquier fin de terrenos urbanos o suburbanos"; Que, el Instituto Metropolitano de Planificación me- diante Informe Nº 01-99-MML-IMP-DPT del 19 de abril de 1999, en base a lo planteado por el Estudio del Plan Urbano del distrito de Puente Piedra, considera la reubicación del equipamiento educativo dentro de la propiedad de la recurrente en consideración que el proyecto de habilitación urbana para el área del recurso destinada a viviendas para el personal de la Marina de Guerra del Perú, contempla las áreas para los servicios de educación, salud, abastecimientos y otros reglamenta- rios sobre la materia, opina que el cambio de zonifica- ción propuesto es procedente; Que, en el presente caso, es de aplicación lo dispuesto por el Art. 12º de la Ordenanza Nº 134 Reglamentaria de Actualización y Reajuste del Plano de Zonificación Ge- neral de Lima Metropolitana por existir el probado interés local; Aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Unico.- Declarar PROCEDENTE el cam- bio de Zonificación de C2, E1 y H2 a R4 del área de terreno que forma parte de la parcela 4-1 del ex Fundo Shangry-La, ubicada en el distrito de Puente Piedra, provincia y departamento de Lima. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. En Lima, a los doce días del mes de octubre de mil novecientos noventa y nueve. ALBERTO ANDRADE CARMONA Alcalde de Lima 13189 Solicitan renuncia de funcionario pú- blico por hechos relacionados con daños ocurridos en instalaciones del SETAME ACUERDO DE CONCEJO Nº 214 Lima, 14 de octubre de 1999 EL CONCEJO METROPOLITANO DE LIMA; En Sesión de la fecha; y, CONSIDERANDO: La actitud asumida por reporteros y camarógrafos del Canal 7 (Televisión Nacional), medio de comunica- ción masiva de propiedad y al servicio de la educación y cultura de todos los peruanos, ante el ataque y agresión