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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 1999 (02/09/1999)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 22

Pág. 177368 NORMAS LEGALES Lima, jueves 2 de setiembre de 1999 iniciar sus operaciones de almacenes generales destinados al depósito y conservación de productos nacionales e importados, y asimismo, por la citada Resolución fue autorizada a operar con Certificados de Depósito y Warrants; Que la empresa recurrente ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica lo solicitado; Estando a lo informado por la Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica mediante Informes Nºs. 494-99-LEG y 656-99- LEG; y por el Intendente de Instituciones Financieras "D" según Informe Nº ASIF "D"-147-OT/99; y, a lo opinado por la Superinten- dencia Adjunta de Banca; De conformidad con lo dispuesto en la Tercera Disposición Final y Complementaria de la Ley General del Sistema Finan- ciero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintenden- cia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar la renuncia de la empresa Al- macenes de Depósito S.A., ALDESA a operar como Almacén Financiero y emitir o prorrogar Warrants. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTIN NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros 11166 Autorizan a empresa de seguros el traslado de agencia ubicada en el dis- trito y provincia de Chiclayo RESOLUCION SBS Nº 0778-99 Lima, 19 de agosto de 1999 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por SUL AMERICA COMPAÑIA DE SEGUROS S.A., para que se le autorice el traslado de su agencia ubicada en Av. Balta Nº 665 oficina 204, distrito y provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, al nuevo local sito en Av. Balta Nº 608 oficina 308, dentro de la misma demarcación; y, CONSIDERANDO: Que el numeral 2.2 de la Circular Nº S-569-97 de fecha 29 de setiembre de 1997 establece que las empresas de los sistemas financiero y de seguros clasificadas en categorías de riesgo A o B sólo tendrán que comunicar previamente a esta Superintenden- cia la apertura, conversión, traslado o cierre de sus oficinas; Que la empresa solicitante se encuentra clasificada en la categoría de riesgo B; Estando a lo opinado por la Intendencia de Instituciones de Seguros "B" de la Superintendencia Adjunta de Seguros, me- diante Informe Nº 036-99-ISB; y, De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 32º de la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros; y en virtud de la facultad delegada en la Resolución SBS Nº 003- 98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar a SUL AMERICA COMPAÑIA DE SEGUROS S.A., el traslado de su agencia ubicada en Av. Balta Nº 665 oficina 204, distrito y provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque, al nuevo local sito en Av. Balta Nº 608 oficina 308, dentro de la misma demarcación. Regístrese, comuníquese y publíquese. NESTOR CORROCHANO MORAL Superintendente Adjunto de Seguros 11177 Autorizan reducción y aumento simul- táneo de capital social de institución bancaria en el marco de proceso de reorganización simple RESOLUCION SBS Nº 0790-99 Lima, 20 de agosto de 1999EL SUPERINTENDENTE DE BANCA Y SEGUROS VISTA: La solicitud presentada por el Banco Wiese Ltdo., con el propósito que se le autorice la reducción de su capital social a fin de incrementar el monto de las provisiones genéricas y específi- cas requeridas así como el simultáneo aumento del mismo por aportes en efectivo y por el aporte de un bloque patrimonial que se segregará del Banco de Lima - Sudameris, en el marco de un proceso de Reorganización Simple. CONSIDERANDO: Que, la Junta General de Accionistas del Banco Wiese Ltdo. celebrada el 12 de julio de 1999 acordó implementar un progra- ma de Reorganización Simple el cual incluye el aporte al Banco Wiese Ltdo. de un bloque patrimonial segregado del Banco de Lima Sudameris, conforme a lo acordado en Junta General de Accionistas del Banco de Lima - Sudameris, celebrada el día 28 de junio de 1999; Que, en la precitada Junta General de Accionistas del Banco Wiese Ltdo., se aprobó la reducción de su capital social, sin devolución de aportes a sus accionistas, mediante la disminu- ción a prorrata del valor nominal de las acciones comunes y preferentes representativas del capital suscrito y pagado de la sociedad del monto actual de S/. 1,57 (uno y 57/100 soles) a la cifra que se obtenga del producto de US$ 0,18 por el tipo de cambio compra que el Banco tenga vigente para sus operaciones de cambio en dólares el día 3 de setiembre de 1999, importe que se aplicará a incrementar las utilidades retenidas, para que con cargo a las mismas, el Banco constituya provisiones adicionales; Que, en la misma Junta General se acordó la realización de un simultáneo aumento del capital social por el importe total equivalente en nuevos soles a la suma de US$ 271 696 542,00 (doscientos setentiún millones seiscientos noventiséis mil qui- nientos cuarentidós y 00/100 dólares americanos), el mismo que es cubierto mediante aportes en efectivo por un importe total equivalente, en nuevos soles, a la suma de US$ 52 318 042,00 (cincuentidós millones trescientos dieciocho mil cuarentidós y 00/100 dólares americanos y por el aporte del bloque patrimonial segregado del Banco de Lima Sudameris por el importe equiva- lente en nuevos soles de US$ 219 378 500,00 (doscientos dieci- nueve millones trescientos setentiocho mil quinientos y 00/100 dólares americanos); Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 62º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, en adelante la Ley General, todo aumento de capital social que pretenda realizar una empresa integrante del sistema financiero en forma diferente al aporte en efectivo, capitaliza- ción de utilidades así como reexpresión del capital como conse- cuencia de ajustes integrales contables por inflación, requiere de la previa autorización de esta Superintendencia; Que, de igual manera, es necesaria la autorización previa de esta Superintendencia conforme lo señala el Artículo 64º de la precitada Ley General, en todos los casos de reducción de capital solicitada por una empresa integrante del sistema financiero; Estando a lo informado por el Departamento Legal y la Intendencia de Instituciones Financieras "C" mediante los In- formes Nºs. 629-99-Leg y ASIF"C"-156-OT/99 respectivamente, y con la opinión favorable de las Superintendencias Adjuntas de Banca y de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en los Artículos 62º y 64º de la Ley General, y en uso de las atribuciones que le confiere el Artículo 349º de la misma norma; RESUELVE: Artículo Unico.- Autorizar al Banco Wiese Ltdo., en el marco de un proceso de Reorganización Simple, la reducción y aumento simultáneo del capital social, en los términos expues- tos en la parte considerativa de la presente Resolución, debiendo el Banco remitir a este Organismo la minuta que lo formaliza para que sea debidamente autenticada con el sello oficial de esta Superintendencia para su elevación a escritura pública, debién- dose insertar en el contenido de la misma el texto de esta Resolución para su inscripción en el Registro Público correspon- diente. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTIN NARANJO LANDERER Superintendente de Banca y Seguros 11179 Autorizan a empresa bancaria la aper- tura temporal de oficinas en el depar- tamento de Arequipa RESOLUCION SBS Nº 0795-99 Lima, 23 de agosto de 1999